Diccionario

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Term Definition
causa reservada

Condición del proceso cuando en él se puede afectar la intimidad de una persona o ponga en peligro la seguridad nacional. La ‘causa reservada’ es excepción al principio de publicidad. ► principio de publicidad. principio de publicidad del proceso. || En el proceso canónico, el procedimiento que no corresponde ser conocido por un tribunal ordinario.

causa simulada

El motivo o razón que se presenta como verdadera, pero no tiene existencia cierta o real. ► causa falsa.

causa torpe

Acorde a alguna doctrina, causa ilícita. ► causa ilícita. || Motivación para contratar, o el resultado de ella, de carácter inmoral o ilegal. La causa torpe es motivo de la nulidad del contrato.

causahabiente

Persona receptora de bienes o derechos, particularmente en materia de sucesiones. ► sucesión. || Titular de derechos o bienes provenientes de otra persona. || Para alguna doctrina, sinónimo de derechohabiente. ► derechohabiente.

causal

La razón o motivo que origina o provoca algo. || Que expresa causa. causa 2. || Motivo que es la base de algo.

causal de desahucio

Motivo o razón por la que se expulsa o despide, judicialmente dispuesto, a un inquilino o arrendatario de una vivienda, local o edificación. En Costa Rica, la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos (Inquilinato), N.º 7527, en el artículo 121, en cuanto a las causales de desahucio, dispone: “Por el proceso de desahucio establecido en el Código Procesal Civil, se deducirán las acciones que el arrendador promueva por las siguientes causas: a) Expiración del plazo del arrendamiento, […]. b) Extinción del contrato de arrendamiento por expiración del derecho del usufructuario o del fiduciario, […]. c) Resolución del contrato por incumplimiento de las obligaciones del arrendatario, […]. d) Habitación para uso propio o de familiares y nueva construcción, en caso de vivienda de carácter social, […]. desahucio.

causales

► causal.

causales de desahucio
causalidad

Ley o norma de la cual derivan o se producen efectos. || Nexo causal de una acción o fenómeno. causa 2. causalista. || Relación entre dos cosas o hechos por la cual los segundos son previsibles a partir de los primeros. “Históricamente esta noción [causalidad] ha adquirido dos formas fundamentales: 1) la forma de una relación “racional”, por la cual la causa es la “razón” de su efecto que, por lo tanto, es “deducible” de ella. Esta concepción describe a menudo la acción de la causa como la de una “fuerza” que genera o produce necesariamente el efecto; 2) la forma de una relación “empírica” o temporal, por la cual el efecto no es deducible de la causa, pero es previsible a partir de ella, por la constancia y uniformidad de la relación de sucesión. Esta concepción elimina de la relación causa la idea de fuerza. A ambas formas les es común la noción de la previsibilidad unívoca, eso es, infalible, del efecto, a partir de la causa y por lo tanto de la “necesidad” de la relación causal”. (Abbagnano, 1963). || En derecho penal, fenómeno surgido entre una acción u omisión —o cadena de ellas— y, como consecuencia, un resultado que está descrito en un tipo o norma penal. || Causa o principio de alguna cosa.

causalidad adecuada

En Costa Rica, acortamiento del descriptor “teoría de la causalidad adecuada”. “Para eximirse de responsabilidad, el deudor debe entonces demostrar que se ha configurado alguna de las eximentes de responsabilidad. En cuanto a la relación causal, resulta ser una valoración casuística que cabe efectuar a la persona juzgadora debido a la cual, con sustento en las situaciones fácticas, establece un nexo causal entre el menoscabo pretendido y el hecho que la originó o la conducta (u omisión) del agente. Aunque hay varias teorías sobre dicho extremo, la que se ha estimado consecuente con el ordenamiento jurídico es la de causalidad adecuada, de consuno con la cual existe un nexo entre detrimento y conducta o hecho de origen, de modo que cuando el primero se origine, si no necesariamente, al menos con una alta probabilidad según las circunstancias específicas que incidan en la materia, de la segunda”. (Sala Primera, N.° 460 de 09:02 h de 3 de marzo de 2022). ► teoría de la causalidad adecuada. teoría de la causalidad adecuada en materia comercial.

causalista

Se dice del vínculo entre una causa y su efecto, en particular entre la culpa o dolo y el perjuicio causado. || En doctrina, persona o idea que se decanta por la igualdad o equivalencia de todas las causas que para efectos de analizar un resultado.causalidadteoría de la causalidad adecuada. teoría de la equivalencia de las condiciones.

causante

Que es origen, motivo o razón de algo. || Persona de quien procede, emana o deriva un derecho que otro tiene. || En asuntos sucesorios o hereditarios, persona fallecida cuya muerte origina la sucesión. ► sucesión. || En materia tributaria, contribuyente. ► contribuyente.

causar

Producir, originar un efecto. || Ser motivo de un resultado. || Ser razón o fuente de para que suceda algo.

causas de exculpación

► causa de exculpación.

causas de inculpabilidad

► causa de inculpabilidad.

causas de justificación
cautela

Prudencia, reserva o precaución para evitar o prevenir daños o dificultades.

cautelar 1

Preventivo, que se anticipa a un daño o perjuicio. || Que se destina  a asegurar la consecución de algo. Medida cautelar. ► medidas cautelares.

cautelar 2

Prevenir, anticiparse a un daño o perjuicio. || Destinar algo para la consecución de un fin.

cautivar

Aprisionar, apresar a alguien. || Privar de libertad al enemigo en la guerra. || Agradar grandemente. Me cautiva su personalidad. || Influir mucho mediante el atractivo físico o moral.

cautiverio

Situación de aprisionamiento. || Privación de libertad realizada por el enemigo en la guerra. || Estado de privación de libertad de los animales que no están domesticados. El traficante de animales tenía lapas y cotorras en cautiverio.

cautividad

► cautiverio.

cautivo (a)

Prisionero, preso. || Privado de libertad por el enemigo en guerra. || Se dice del animal, no domesticado, que es privado de libertad. || En lenguaje comercial, referido al cliente o a una masa de ellos, el que guarda fidelidad a un establecimiento o a una marca. Cliente cautivo. ► cliente (a).

cauto (a)

Que actúa con prudencia, reserva o precaución.

caza

Salida para buscar, perseguir o esperar animales para matarlos. "El artículo 2 de la Ley N.º 7317 [Ley de conservación de la vida silvestre] define la caza como una actividad y no como un tipo de resultado, al establecer que caza es una acción, con cualquier fin, de acosar, apresar o matar animales silvestres. Los tipos penales citados son aplicables con solo que el sujeto activo desarrolle una actividad con la que pretenda acosar, apresar o matar animales. La aplicación de estas disposiciones no exige, forzosamente, la captura o la muerte, efectiva, de los animales. En virtud de las dificultades que suscita la persecución y represión de estas actividades, el legislador optó por crear un tipo penal que reprimiera no sólo las acciones consumadas sino también, las que se desarrollen con la inequívoca intención de acosar o cazar animales. La represión en estos casos, se extendió a las actividades encaminadas al acoso o persecución de animales. El perjuicio al bien jurídico tutelado se produce desde el momento en que el sujeto activo ejecuta acciones con las que acosa o persigue las presas." (Sentencia del Tribunal Superior de Casación Penal, N.º 919 de  14:00 h de 12 de noviembre de 1996). || Captura de animales. || Conjunto de animales muertos o capturados después de una cacería. ► cacería. || Acecho o persecución.