Term | Definition |
---|---|
viceconsulado | Funciones del vicecónsul. || Despacho u oficina del vicecónsul. |
viceministro (a) | Segundo del ministro. En Costa Rica, para efectos del régimen de los servidores del Estado y sus instituciones, al ser cargo de confianza personal del ministro o del presidente, la relación con el Estado no es laboral ni estatutaria. |
vicenal | Lo que ocurre cada veinte años. || Que permanece por veinte años. |
vicepresidencia | Cargo de vicepresidente. || Oficina o despacho del vicepresidente. |
vicepresidente (a) | Funcionario electo por elección popular que, ante ausencia temporal o absoluta, reemplaza al presidente. En Costa Rica, se debe ser costarricense por nacimiento, ser ciudadano en ejercicio, ser del estado seglar y ser mayor de treinta años. En Costa Rica, hay dos vicepresidentes y pueden desempeñar ministerios. |
viceversa | Por lo contrario; cambio o inversión de las cosas. |
viciado (a) | Que tiene un vicio o defecto. El contrato está viciado; puede ser que sea ineficaz. |
viciar | Dañar, menoscabar, corromper, arruinar, sea física o moralmente. || Falsificar o falsear un escrito. || Quitar su eficacia o fuerza a un acto o contrato. || Corromper, pervertir o torcer una costumbre adecuada o un buen modo de vida. || Desnaturalizar el sentido de un decir, de un texto o de una expresión. |
viciarse | Rendirse al vicio. ► vicio. || Adoptar un defecto. |
vicio | Defecto, falta o error que anula o invalida un acto jurídico. El vicio en el contrato. El vicio procesal. || Inclinación a la práctica de conductas que perjudican el cuerpo o el espíritu. El vicio del tabaco. || Defecto o daño físico o moral. || Falta de integridad. || Yerro, equivocación. || Costumbre de hacer el mal. || Afición excesiva de algo que provoca su uso habitual. || Coloquialmente, gran inclinación por una actividad determinada, no necesariamente dañosa. El vicio de la lectura. |
vicio de fondo | Defecto, falta, error o afectación al objeto esencial del acto jurídico. Un consentimiento inválido o la ilicitud del objeto son vicios de fondo. |
vicio de forma | Ausencia o quebranto de algún requisito, legal o convencional, de configuración, composición o condición del acto jurídico. Puede debilitar su eficacia o incluso, anularlo. |
vicio de la cosa | Defecto, falla, deterioro o daño de un bien que lo vuelve impropio para su uso. |
vicio de la sentencia | Defecto de un fallo, pronunciamiento, decisión o disposición que puede tornar inválido o ineficaz lo resuelto. |
vicio del acto administrativo | ► vicios del acto administrativo. |