Diccionario

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Term Definition

sentencia oral en materia laboral

En Costa Rica, fallo intelectiva y jurídicamente fundamentado, con requisitos procesales determinados, que resuelve asuntos de orden laboral y es realizado de forma verbal. La Corte Plena en la sesión Nº 29-11 celebrada el 5 de setiembre de 2011, artículo XVIII, aprobó el “Protocolo de manejo de la oralidad en las audiencias de los procesos laborales en Costa Rica”, en el que marca pautas para el dictado de la sentencia oral en materia laboral.

sentencia oral en materia penal

Resolución judicial que decide sobre asuntos penales en cuanto a la condena, absolución, pena, responsabilidades civiles y costas que se realizan de forma verbal. Al tratarse de una sentencia oral en materia penal, resulta indispensable que, de ser un tribunal colegiado, todos los jueces se encuentren presentes al momento de la exposición del fallo, pues solo con la presencia del tribunal en pleno, podrá establecerse que los juzgadores avalaron los fundamentos del fallo expuestos por el juez relator.

sentencia penal

Fallo judicial que resuelve, motivada y razonadamente, acerca del asunto principal y lo accesorio de las cuestiones penales suscitadas entre las partes, lo relativo a la condena o absolución del acusado, las infracciones imputadas, penas solicitadas, responsabilidad civil y costas del proceso. || Resolución judicial en contra de la cual no procede recurso y que decide sobre asuntos penales en cuanto a la condena, absolución, pena, responsabilidades civiles y costas.

sentencia penal extranjera

Resolución que entraña una disposición punitiva o restrictiva de la libertad ambulatoria, la cual se dicta en país diferente del que se pretende que tenga eficacia o efectos. || Fallo judicial que resuelve acerca de cuestiones relativas a infracciones imputadas, condena, absolución, penas, responsabilidad devenida de un hecho punible o costas procesales, el cual es dictado en un país diferente del propio.

sentencia penal juvenil

En Costa Rica, fallo judicial que conlleva una disposición punitiva o restrictiva de la libertad ambulatoria, el cual tiene como sujeto a una persona menor de 18 años y mayor de 12, cuya sanción revierte características particulares determinadas por la legislación nacional e internacional referente a menores de edad. sanción penal juvenil.

sentencia ultra petita

Resolución incongruente en que el fallo concede más de lo pedido por las partes en la demanda o reconvención.

sentenciado (a)

En materia penal, condenado a una pena. || Juicio o proceso que ha finalizado al haber sentencia. sentencia.

sentenciador (a)

Persona o tribunal que dicta una sentencia. sentencia.

sentenciar

Resolver cada uno de los puntos que han sido objeto de un pleito judicial. || Ejercer la función jurisdiccional que tiene por finalidad decidir el derecho mediante una declaración. || Dictaminar, opinar. || Juzgar, decidir o componer un conflicto entre partes. || En materia penal, condenar. || En Costa Rica, reconvenir, advertir con dureza. Mi mamá me tiene sentenciada para que no vuelva a hacer eso. || En Costa Rica, amenazar. Mi papá me sentenció si no saco buena nota en el examen de matemáticas.

sentido

Facultad de percepción sobre los objetos o personas. Los sentidos del ser humano y de otros animales son: la vista, el oído, el olfato, el gusto y el tacto. || Reflexión, pensamiento, aplicación de la inteligencia. Estudiar y leer con sentido. || Que expresa un sentimiento. || Forma propia de entender algo. Si analizamos la situación en ese sentido, tenés razón. || Propósito, objetivo. La presentación de aquel proyecto de ley no tenía ningún sentido. || Significación. Esa idea tiene mucho sentido. || Significado de un término o de un texto. Tené cuidado con lo que decís: esa palabra tiene varios sentidos. Recordemos que sunitas y chiitas les dan diversos sentidos a algunas partes del Corán. || Orientaciones de una vía. Esa es una calle de dos sentidos. || En Costa Rica, cada uno de los huesos parietales. Esteban le pegó por el sentido a Juan, y este se desmayó. sien.

sentido común

Capacidad mínima, que se le atribuye a una generalidad de personas, para analizar, juzgar y decidir. || Buen criterio o razonamiento adecuado. || Concepción práctica de la realidad. || Fórmula indeterminada que expresa un razonamiento basado en un personal saber y entender.

sentimentalismo

Emotividad o sensibilidad excesiva o exagerada.

sentimiento

Sensación física o espiritual. || Estado anímico. Sentimiento de amor. Sentimiento de odio.

sentir

Advertir, notar o experimentar sensaciones físicas o espirituales. sensación. || Oír, escuchar. Y en la profundidad de la noche, sintió pasos que se acercaban. || Lamentar, condolerse. Siento mucho que las cosas hayan salido de mala forma. || Opinar, considerar, calificar. Yo siento que la empresa debe tomar otro rumbo. || Intuir o conjeturar que algo determinado va a suceder. Siento que voy a ganar esa licitación. || Verse compelido, generalmente desde un punto de vista moral, a realizar una conducta. Me siento obligado a ir a la vela de mi suegra. || Como adjetivo, opinión. Y esto que acabo de decir, no es más que mi sentir.

sentirse

Experimentar una sensación de bienestar o malestar. || Notarse, mostrarse. Con aquel discurso pudo sentirse el peso intelectual del orador.

separación

División en partes de una cosa. || Distancia que se dispone entre personas y cosas. || Formación en diferentes grupos, de personas o cosas que estaban mezcladas. || Acción y efecto de apartar de un cargo, empleo o trabajo a alguien. || Acción y efecto de apartar a los que pelean. || Acción y efecto de tomar camino distinto del que se tenía previsto. || Acción y efecto de distanciar personas o cosas. || Interrupción de la vida en común de aquellos que vivían juntos. || Renuncia a una asociación. || Interrupción del vínculo matrimonial.

separación de bienes

En materia de familia, régimen por el cual cada cónyuge conserva la titularidad y disposición de los bienes de su propiedad, antes o durante la relación matrimonial.

separación de cuerpos

En materia de familia, interrupción, de hecho o de derecho, de la cohabitación o convivencia entre los esposos. Con la separación de cuerpos, la vida sexual y la unidad de domicilio o residencia de los esposos se ven interrumpidas. || En Costa Rica, situación de hecho, en que los esposos suspenden el débito conyugal, o los convivientes de hecho la vida marital, pero subsiste el vínculo matrimonial o jurídico. La separación de cuerpos puede darse aun cuando los esposos, legales o de hecho, vivan bajo el mismo techo. unión de hecho.

separación de director de entidad descentralizada (a)

En Costa Rica, procedimiento especial en el que se conoce el acto de autoridad, destinado a la separación o remoción definitiva de los cargos titulares, antes del vencimiento del período respectivo, de algún director o presidente ejecutivo de una entidad descentralizada. El conocimiento de la impugnación del acto que dispone la separación de director de entidad descentralizada corresponde, en única instancia, al Tribunal Superior Contencioso Administrativo. entidad descentralizada.

separación de hecho

En Costa Rica, causal de divorcio consistente en la ruptura de la vida en común de los esposos —todavía unidos en matrimonio y no separados judicialmente—, sin que importe el motivo del rompimiento o quién lo haya provocado, por un plazo igual o superior a tres años. Si bien la separación de hecho se caracteriza por la circunstancia de que los esposos viven separadamente, puede existir la ruptura de la vida en común, aun si se mora en la misma casa. vida en común.

separación de presidente ejecutivo de entidad descentralizada (a)

separación judicial

Estado en que los esposos, a pesar de conservar la calidad de cónyuges, están dispensados judicialmente de la vida en común que el matrimonio impone. En Costa Rica, las causales de separación judicial son: las que autorizan el divorcio; el abandono voluntario y malicioso que uno de los cónyuges haga del otro; la negativa infundada de uno de los cónyuges a cumplir los deberes de asistencia y alimentación para con el otro o los hijos comunes; las ofensas graves; la enajenación mental de uno de los cónyuges que se prolongue por más de un año u otra enfermedad o los trastornos graves de conducta de uno de los cónyuges que hagan imposible o peligrosa la vida en común; el haber sido sentenciado cualquiera de los cónyuges a sufrir una pena de prisión durante tres o más años por delito que no sea político; el mutuo consentimiento de ambos cónyuges; y la separación de hecho de los cónyuges durante un año consecutivo, ocurrida después de dos años de verificado el matrimonio. abreviado de separación judicial.

separación judicial por abandono

Exención o dispensa judicial de la vida en común de los esposos, la cual se decreta cuando voluntariamente y con la intención de sustraerse del cumplimiento de los deberes conyugales, se produce el apartamiento o ausencia del hogar por parte de alguno de los cónyuges. abandono voluntario y malicioso.

separación judicial por enajenación mental

Exención o dispensa judicial de la vida en común de los esposos que se decreta cuando, por más de un año, alguno de ellos se ve privado del juicio, sufra locura, su estado mental no le hace responsable de sus actos o padece un trastorno grave de conducta que haga imposible o peligrosa esa vida en común.

separación judicial por mutuo consentimiento

Exención o dispensa judicial que se decreta cuando los cónyuges expresan la voluntad conjunta o vinculada de finalizar la vida en común. La separación judicial por mutuo consentimiento es de naturaleza no contenciosa.