Diccionario usual del Poder Judicial

reconocimiento del imputado (a)

En Costa Rica, actividad procesal establecida como medio de prueba tendente a la identificación de una persona acusada; o para determinar que quien la menciona la conoce o la ha visto. El reconocimiento del imputado consiste en solicitar a la persona inculpada que escoja colocarse entre otros sujetos, de aspecto físico semejante a sí, y que quien está llamado a reconocer diga si entre los presentes se halla la que mencionó y, en caso afirmativo, la señale con precisión. ► identificación del imputado (a). identificación inmediata.

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