| Term | Definition |
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| precepto afirmativo | Norma que manda hacer algo. |
| precepto de derecho | Locución sinónima de ‘precepto legal’. ► precepto legal. || En determinados contextos, locución sinónima de ‘principios generales de derecho’. ► principios generales del derecho. || Por antigua usanza, en la antigua Roma y expuestos por Ulpiano, los preceptos fundamentales. Los preceptos de derecho son: Vivir honestamente, no hacer daño, dar a cada uno lo suyo. En latín: ‘iuris praecepta sunt haec: honeste vivere, alterum non laedere, suum cuique tribuere’. |
| precepto legal | Norma legal o disposición de derecho positivo. |
| precepto negativo | Norma que manda no hacer algo. |
| preceptor (a) | Persona que enseña. || Que es maestro o profesor. |
| preceptuar | Dar o dictar normas u órdenes de obligado cumplimiento. |
| preciado (a) | Precioso. || De gran estimación. || Excelente, de calidad superior. |
| preciar | Apreciar. ► apreciar. || Alabarse, exaltarse. |
| precinta |
Tira sellada que se coloca en los cierres de una cosa para evitar que se abra antes de tiempo o por persona no autorizada. || Tira, por lo general de latón, que se utiliza en construcción para reforzar o afirmar junturas o estructuras endebles. || Tira de cuero que coloca en las esquinas de cajones o muebles para darles firmeza.
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| precintar |
Sellar los cierres de algo para evitar que se abra antes de tiempo o que se haga por persona no autorizada. || Poner un sello o cinta en un cierre, cerradura o pasador con el fin de saber si fue abierto o no. || Asegurar las junturas de una cosa con una tira de cualquier material.
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| precinto |
Ligadura o sello que se dispone en los cierres de una cosa, con el fin de que se conozca si fue abierto o no. || Dispositivo o señal con que se cierra algo para evitar que sea abierto por persona no autorizada o antes de tiempo.
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| precinto electrónico para control aduanero | En Costa Rica, elemento o dispositivo informático de seguridad, que posibilitan el control de las mercancías extranjeras, en tránsito por las rutas habilitadas, que no han pagado los impuestos correspondientes. || En Costa Rica, en el Centro Electrónico de Información Jurisprudencial, descriptor sinónimo de ‘precintos, sellos y marchamos para el control aduanero’. ► precintos, sellos y marchamos para el control aduanero. |
| precintos, sellos y marchamos para el control aduanero | Categoría que comprende el conjunto de elementos o dispositivos de seguridad que posibilitan el control de las mercancías extranjeras, en tránsito por las rutas habilitadas, que no han pagado los impuestos correspondientes. En cuanto a los precintos, sellos y marchamos para el control aduanero la legislación costarricense dispone: “Los dispositivos de cierre deben presentar la seguridad necesaria, de tal forma que no permita la extracción o introducción de mercancías sin dejar huellas visibles de violación de los precintos aduaneros, sellos o la estructura del vehículo o unidad de transporte". ► control aduanero. marchamo electrónico para control aduanero. |
| precio | Contraprestación dineraria. || Valor en dinero en que se aprecia o estima algo. || Cantidad monetaria que se pide o da por un bien o servicio. || En derecho penal, circunstancia agravante consistente en perpetrar un delito a cambio de una suma de dinero. || Se dice del esfuerzo o costo que se realiza para la consecución de una cosa o situación. |
| precio cierto | Suma determinada de dinero. || En un contrato, suma que se debe pagar y que está establecida por las partes. || Importe o cuantía de un monto que se deja al arbitrio de una persona determinada. || Suma fijada para determinar el valor de una cosa cierta. ► cosa cierta. || En caso de bienes muebles, valor en el mercado de la cosa, el día que se hace referencia a ella. |
| precio corriente | El que se considera normal, usual, frecuente o habitual, según el lugar y el momento de referencia. |
| precio de transferencia | Contraprestación dineraria o valor fijado que pactan dos o más empresas del mismo grupo empresarial para el intercambio de bienes, servicios o derechos, entre ellas. ► empresas vinculadas. grupo de interés económico. |
| precio fijo | Cantidad que se pide y que, señalada en una mercancía, no admite discusión en cuanto a rebajos. |
| precio incierto | El que no ha sido establecido o que comporta duda en cuanto al mismo. Si el precio es incierto, las partes pueden sujetarse al precio corriente del bien o servicio. |
| precio justo | En filosofía, lo que debe ser la cabal retribución por el trabajo y el valor intrínseco de los bienes. ► justo precio. |
| precio público | Prestación dineraria que las Administraciones exigen como contraprestación por un servicio determinado. |
| precios de transferencia | |
| precluir | Agotarse o extinguirse una facultad o derecho para realizar un acto procesal, en virtud del transcurso del plazo legal. || Impedir la renovación de una etapa procesal ya clausurada. |
| preclusión | Agotamiento o extinción de una facultad o derecho para realizar un acto procesal. || Dicho de la institución jurídica que impide renovar una etapa procesal ya clausurada. |
| preclusivo (a) |
Que determina la extinción o el agotamiento de la facultad para efectuar una actividad procesal.
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