Diccionario

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Term Definition
postor (a)

Persona que ofrece precio en una subasta. licitador (a). || mayor postor. Persona que en una subasta o en un remate, hace la mejor puja. || mejor postor. Persona que en una subasta o en un remate, realiza la puja más ventajosa.

postor (a)

Persona que ofrece precio en una subasta. ► licitador. || mayor postor. Persona que en una subasta o en un remate, hace la mejor puja. || mejor postor. Persona que en una subasta o en un remate, realiza la puja más ventajosa.

postrado (a)

Arrodillado o acostado a los pies de alguien en señal de ruego, veneración o respecto. || Rendido, vencido o derribado. || Humillado. || Sin fuerzas o salud. || Debilitado.

postrar

Arrodillarse o acostarse a los pies de alguien en señal de ruego, veneración o respeto. || Rendir, vencer o derribar algo. || Humillar o humillarse. || Quitar fuerzas o salud. || Debilitar.

postulación

La acción y el efecto de Enunciar una proposición para que sea admitida como base para un razonamiento ulterior. || Defensa o apoyo de una idea. || Acción y efecto de proponer a alguien para un cargo. || Pedimento o solicitud de algo, generalmente una donación.

postulación procesal

Categoría que indica que para comparecer y actuar válidamente en el proceso se requiere la representación y asistencia de un abogado o procurador. Requiérase a la parte actora a fin de que en 5 días comparezca en el procedimiento con la debida postulación procesal.

postulado

Proposición o enunciado que se admite para que sea base de un razonamiento o demostración posteriores. || Idea, principio o precepto que es asumido por una persona u organización. La lucha de clases es uno de los preceptos del marxismo.

postular

Enunciar una proposición para que sea admitida como base para un razonamiento ulterior. || Defender o apoyar una idea. || En Costa Rica, proponer a una persona para un cargo. || Pedir o solicitar algo, generalmente donaciones.

postura

Actitud u opinión respecto a un asunto determinado. || Colocación o disposición corporal de personas o animales. || Precio ofrecido por un eventual adquiriente. || En apuestas, cantidad apostada. || Plantar árboles o vegetales. || Acción de poner huevos.

posverdad

Tergiversación o alteración intencional de una realidad que, mediante manipulación o apelación a las emociones o creencias, pretende afectar o repercutir en la opinión de un conglomerado social o en determinar sus actitudes. El ‘Oxford English Dictionary’ [acerca de la posverdad] apunta que es una situación en que “los hechos objetivos son menos determinantes que la apelación a la emoción o a las creencias personales en el modelaje de la opinión pública”.

 

potencia

Capacidad para producir un efecto o ejecutar algo. || Poder para hacer. || Fuerza para hacer. || Impulso extraordinario. || Cantidad de energía que se produce y consume por unidad de tiempo. || Fuerza motriz de una máquina o sistema. || Nación, Estado o país soberano con un gran poder militar, político o económico que hace que tenga la posibilidad de sobreponerse a otro. || Entidad poseedora de mucha influencia. || Se dice del entendimiento, de la voluntad o de la memoria. || Capacidad para llegar a ser. Ese jugador tiene la potencia para llegar a ser un magnífico centro delantero. || Coloquialmente, capacidad del hombre, o del macho, de tener una erección que permita la relación sexual. || En matemáticas, producto resultante de la multiplicación, por sí misma una o más veces, de una cantidad o expresión.

potestad

Poder que se tiene sobre una cosa. || Dominio o jurisdicción sobre alguien o algo. || Posibilidad de mandar u ordenar. || patria potestad. ► autoridad parental.

potestad administrativa

Poder, autoridad o jurisdicción que tienen las Administraciones públicas. Administración pública.

potestad administrativa de anulación del acto

Posibilidad de las Administraciones de accionar contra un acto propio —firme y creador de algún derecho subjetivo— cuando este sea declarado como lesivo a los intereses públicos, económicos o de otra naturaleza. En cuanto a la potestad administrativa de anulación del acto, “La potestad de la anulación de los propios actos, por parte de la misma Administración, en tratándose actos declaratorios de derechos, es limitada. La potestad administrativa de anulación de los propios actos sólo [sic] se encuentra autorizada para los casos en los que concurre una nulidad absoluta, evidente y manifiesta. Que, sin perjuicio de los objetivos específicos de la anulación de un acto que presenta una nulidad absoluta, evidente y manifiesta, en un caso concreto, el ejercicio de la misma constituye una aplicación concreta de la Justicia Administrativa”. (Procuraduría General de la Republica, dictamen N.° 301 de 3 marzo de 2003). acto propio. intangibilidad de los actos propios. teoría de los actos propios.

potestad certificadora

Parte de la actividad del Estado, depositada en notarios autorizados, consistente en extender certificaciones concernientes a inscripciones, expedientes, resoluciones, actos públicos, documentos o piezas privadas que tengan efectos públicos. ► acta notarial. notario (a). notario público (a). certificación notarial.

potestad de imperio

Poder fundamental de la Administración que le permite crear obligaciones o suprimir derechos del particular sin el consentimiento de este. La potestad de imperio “resalta la necesidad de lograr el fin público a toda costa, pues su carácter imperativo se explica como un medio para vencer la residencia del particular en los casos en que tiene que colaborar al logro de dicho fin y no lo hace. De este poder de imperio dimanan otros que también revelan una superioridad de la Administración frente al particular, incompatibles con el principio de igualdad”. (Ortiz Ortiz: Tesis de Derecho Administrativo, 1998). || Se dice de la supremacía del Estado, referido al poder que ostenta, en sus relaciones con los particulares. || Poder de los jueces o autoridades jurisdiccionales para conocer acerca de un asunto, decidir sobre él y que se ejecute lo fallado. || Poder supremo que posibilitad decretar, dictar y estipular. || Suma o aunamiento de todos los poderes que conforman un sistema de mando. || Poder hegemónico de mandar u ordenar.

potestad de legislar

En Costa Rica, en el Centro Electrónico de Información Jurisprudencial, descriptor sinónimo de ‘potestad legislativa’. potestad legislativa.

potestad de policía

Poder que posibilita ejercer la función de policía.función de policía. poder de policía.

potestad disciplinaria

Poder que permite aplicar un determinado régimen sancionatorio o correctivo, ante lo que reglamentaria, estatutaria o legalmente se instituye.

potestad disciplinaria del patrono

En Costa Rica, en el Centro Electrónico de Información Jurisprudencial, descriptor sinónimo de ‘poder disciplinario del patrono’. poder disciplinario del patrono.

potestad disciplinaria en el empleo público

Poder que permite aplicar un determinado régimen sancionatorio o correctivo, debidamente instituido, a una labor, puesto o cargo, con carácter permanente, que se desempeña al servicio del Estado. Con respecto la potestad disciplinaria en el empleo público, se ha dicho: “La potestad disciplinaria, la ejerce el jerarca con la finalidad de controlar el comportamiento jurídico, técnico y ético de los servidores bajo su mando, por lo que de verificarse un incumplimiento y cuando así fuere procedente, el jerarca impondrá aquellas sanciones que estén determinadas por la ley”. (Procuraduría General de la República, dictamen 235 de 3 de setiembre de 2015). empleo público.

potestad legislativa

Poder o facultad para elaborar y dictar o aprobar leyes. ley.

potestad reglamentaria

Manifestación de la función administrativa que posibilita la determinación de normas de carácter general, subordinadas a la ley, que producen efectos jurídicos. reglamento. || Capacidad o posibilidad de dictar reglamentos.

potestad reglamentaria de la Administración pública

Manifestación de la función de las administraciones públicas que posibilita la determinación de normas de carácter general, subordinadas a la ley, que producen efectos jurídicos, y que tienden a organizar y regular la prestación de servicios y la disposición administrativa de la entidad. “[L]a potestad reglamentaria [de la Administración pública] es una función típica de la Administración Pública tendiente a organizar y regular la prestación de servicios y su organización administrativa, por lo que se trata del ejercicio de potestades que se orientan a la consecución de sus fines y en ese tanto, debe estar sometida al principio de legalidad que la rige, entendiendo entones que como potestad administrativa en el tanto desarrolle potestades de imperio, debe estar autorizada por ley de forma expresa, sin que pueda pensarse que la misma pueda ser presumida”. (Tribunal Contencioso Administrativo, Sección I, N.º 142 de 27 de noviembre de 16:05 h de 16:05).

potestad reglamentaria del Poder Ejecutivo

Manifestación de la función del Gobierno y las dependencias de la Administración pública que posibilita la determinación de normas de carácter general, subordinadas a la ley, que producen efectos jurídicos, y que tienden a organizar y regular la ejecución de las leyes. || Capacidad o autoridad del Poder Ejecutivo de dictar reglamentos. ► reglamento.