| Term | Definition |
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| librador (a) | Persona que ordena a otra —el librado— que pague una cantidad que consta en una letra de cambio. |
| libramiento |
Acción de poner a alguien en una situación en que se encuentre eximido de realizar un trabajo o sufrir un peligro o perjuicio. || Acción y efecto de expedir un mandato o girar una orden de pago. Al amanecer, se dio el libramiento de aquel dictamen. Libramiento de cheque. || Orden de pago escrita para que alguien pague en dinero o entregue determinados bienes.
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| libramiento de cheque sin fondos | Delito consistente en poner a circular un cheque, a sabiendas de que carece de respaldo económico, y oculta ese hecho al que lo recibe o se beneficia. ► cheque. |
| libranza |
Carta que contiene una orden de pago o de entregar determinados bienes.
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| librar |
Colocar a alguien en una situación en que se encuentre eximido de realizar un trabajo o de sufrir un peligro o un mal. || Tener o poner confianza en alguien o algo. || Expedir una orden. || Girar o expedir órdenes de pago. Librar una letra de cambio. Librar un cheque. || Expeler la placenta después del parto. || Encomendar un negocio o actividad.
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| libre |
Que tiene potestad para hacer lo que quiere, según el contexto o condiciones que dispone. || Que tiene la facultad para actuar, o no, de una forma u otra, con la consecuente responsabilidad por los resultados. || Situación en la que se goza de autonomía individual en el pensar o hacer. || Estado en que no se está preso, no se es prisionero o no se encuentra en esclavitud. || Disposición de hacer lo que las leyes permiten y no prohíben. || Condición de hacer todo lo que no perjudique a otro. || Posibilidad de determinarse de forma independiente. || Que no tiene contención ni subordinación. || Circunstancia de quien no está obligado a cumplir un deber. || Realidad de quien goza de una exención o privilegio. || Se dice de quien no se sujeta a convenciones o protocolos. || Condición del Estado, país o nación para regularse por sus propias normas. || Que es independiente. || Se dice del sitio o lugar que no está ocupado. El terreno adyacente a mi propiedad está libre. En el hotel quedan dos habitaciones libres. || En espectáculos o presentaciones masivas, se dice del derecho a asiento o a localidad que no se ha vendido. Los asientos frente al proscenio están libres. || Persona que no está casada. || Se dice de la situación en que no se está en peligro o no se sufre molestia. En el refugio antiaéreo la población se vio libre del peligro de los bombardeos. Apenas pude, salí del colegio y me vi libre de las órdenes de la profesora de química. || Tiempo en que no se trabaja o no se tiene que cumplir una obligación. || > amor libre.
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| libre acceso a los tribunales de justicia |
Garantía del habitante de acudir, sin otras limitaciones que las legalmente dispuestas, al sistema judicial con el fin de declarar y tutelar pretensiones o derechos. > acceso a la justicia. principio de libre acceso a la justicia penal. tutela judicial efectiva.
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| libre albedrío |
Facultad para actuar acorde a la propia razón, voluntad y elección individual.
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| libre comercio | Categoría económica que refiere a la reducción o eliminación de obstáculos para el acceso a la actividad comercial de personas físicas o empresas, mediante la no regulación estatal —o de organizaciones gremiales— de la competencia, precios, condiciones laborales, pautas de contratación o apertura de establecimientos. || Concepto económico de comercio exterior que refiere a la minimización o eliminación de aranceles o barreras comerciales con el fin de facilitar el intercambio de productos entre países. ► tratado de libre comercio. |
| libre competencia | Noción económica que refiere a las condiciones para el libre ejercicio de elección en la producción, oferta y consumo de bienes y servicios. Entraña la idea de que la determinación del precio está definida por la oferta y la demanda; así como la necesaria minimización de factores que obstaculicen el quehacer de oferentes y consumidores. ► ley de la oferta y la demanda. libre comercio. |
| libre contratación | Locución que enuncia la libertad que tienen las partes, al momento de celebrar un contrato, para determinar su objeto, contenido y eventual solución ante desacuerdos o disconformidades, ello a partir de los límites que imponen la ley, el orden público, la moral y las buenas costumbres. |
| libre convicción | Sistema de apreciación probatoria conforme al cual el juez o la autoridad decisora valora los elementos de prueba con amplitud de criterio y autonomía intelectual, sin sujeción a reglas tasadas o de tarifa legal, pero obligada a fundamentar su decisión en criterios de razonabilidad, lógica y experiencia, de acuerdo con las reglas de la sana crítica, y a motivar expresa y suficientemente la resolución. “IV. […] En cuanto al tema y en relación con el artículo 26 de la Ley Orgánica de Notariado; consideró la Sala: "Este artículo no establece un sistema de íntima convicción, como lo alega el accionante, sino el de la libre apreciación de la prueba o libre convicción, que implica que todo se puede probar y por cualquier medio probatorio lícito, sistema de apreciación que no resulta inconstitucional, máxime si tomamos en cuenta que en todo proceso administrativo, la prueba que sirva de fundamento a la resolución debe ser legal, valorada racionalmente y la resolución tiene, en todo caso, que estar debidamente fundamentada. La libertad probatoria que establece el artículo 26 no es irrestricta, todo medio de prueba que se considere en el procedimiento, se analizará de conformidad con criterios de razonabilidad y con las reglas de la sana crítica."(sentencia 3484-94 de las doce horas del ocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro) [sic]”. (Sala Constitucional, N.° 531 de 15:15 h de 30 de enero de 1996). ► prueba. || Según cierta doctrina, sistema de valoración de la prueba con el que se aprecia según conciencia, sin ligarse a los preceptos legales y sin tener que dar razón del convencimiento. Para consideraciones acerca de esta eventual sinonimia o equivalencia, entre ‘libre convicción’ e ‘íntima convicción’, véase el Diccionario panhispánico del español jurídico. https://dpej.rae.es/lema/libre-convicci%C3%B3n . ► íntima convicción. |
| libre empresa |
> libertad de empresa.
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| libre mercado |
Sistema económico y comercial, basado en la libre competencia, en el que el precio de bienes y servicios está determinado por la oferta y la demanda entre oferentes y consumidores. > ley de la oferta y la demanda. libre comercio. libre competencia.
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| libre valoración de la prueba | Regla de apreciación probatoria que posibilita apreciar las pruebas según el libre convencimiento y sin tener que darles un valor o credibilidad determinados por la ley. ► apreciación en conciencia. íntima convicción. libre convicción. principio de libertad probatoria. principio de libertad probatoria en materia penal. principio de libre convicción. principio de libre convicción del juez penal (a). principio de libre valoración de la prueba. valoración de la prueba. |
| librepensador (a) |
Persona que pretende un criterio independiente de dogmas políticos, religiosos, tradicionales, ideológicos o filosóficos. || El que no asienta su razón en criterios religiosos o sobrenaturales.
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| librepensamiento |
Doctrina que propugna por la independencia intelectual de dogmas políticos, religiosos, tradicionales, ideológicos o filosóficos. || Criterio que defiende para la razón la independencia de criterios religiosos o sobrenaturales.
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| librero (a) 1 | En Costa Rica, mueble con tablas o compartimentos para poner libros. || Persona cuyo oficio es vender libros. |
| librero (a) 2 | En Costa Rica, entre guardas, particularmente en condominios, persona que durante el día libre del titular lo sustituye en el puesto. |
| libro | Conjunto de hojas de papel —o de material en el que se pueda imprimir— que contiene textos, signos o imágenes. || Obra literaria, científica, técnica o de índole intelectual, cuya extensión puede formar un volumen. Para mí, la palabra ‘libro’ es de las más bellas del idioma español. || Contenido intelectual de una obra escrita dispuesto en un volumen. Este es un libro muy interesante. || Soporte electrónico que contiene los textos o demás cosas que pudieran ser publicadas en un registro material. || División en que se fraccionan obras impresas —o digitalmente dispuestas— de gran tamaño. || En ciertos países, y para efectos legales, impreso que tiene más de 49 páginas. || En asuntos gerenciales, documentación en la que se registran diferentes acuerdos o disposiciones. || En contabilidad, documentación que acredita los debes, haberes y, en general, las cuentas. || ahorcar los libros. Abandonar los estudios o una carrera. |
| libro apócrifo | Libro cuya autoría se le atribuye falsamente a un creador determinado. || El que la autenticidad del nombre del autor es dudosa. || Entre los cristianos, textos de la Biblia cuya legitimidad no acepta el canon.
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| libro de actas |
Conjunto de escritos en que se anotan las deliberaciones y acuerdos de una junta o reunión. Por lo general, las corporaciones, compañías, sociedades, asociaciones y parlamentos deben tener un libro de actas.
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| libro de cabecera |
El que se tiene al lado de la cama a fin de leerlo o consultarlo con frecuencia. || El libro favorito.
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| libros contables |
> libros de comercio.
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| libros de comercio |
Libros que los comerciantes y los agentes mercantiles deben confeccionar o llevar, por disposición legal o conveniencia administrativa, en los que se registran las operaciones y negocios que se realizan durante un tiempo determinado. Los libros de inventarios y balances, como libros de comercio que son, permiten conocer la situación patrimonial de la empresa.
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