| Term | Definition |
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| alienable | Dicho del dominio o derecho que se puede traspasar, transferir o ceder. || Que se puede enajenar. ► enajenar. |
| alienación | La acción y el efecto de traspasar, transferir o ceder el dominio. || Proceso por el que se transforma el modo de pensar o hacer, de forma que se actúa de manera contraria a lo que debería ser. || Transformación o cambio devenido de la asunción de modos de pensar o hacer contrarios a los que naturalmente se deberían tener. || Trastorno mental; locura. ► enajenar. |
| alienar | Traspasar, transferir o ceder el dominio o un derecho. || Transformar la forma de ser o pensar de manera que el comportamiento sea contrario a lo debido. || Perturbarle o trastornarle a alguien la razón. ► enajenar. |
| alieni iuris | Latín. Persona sometida al poder de otra. En el derecho romano, las mujeres, niños y esclavos eran 'alieni iuris'. |
| alieni juris | ► alieni iuris. |
| alimentación |
Ingestión de alimentos. > alimento. || Suministro de alimentos. > alimento. || Consumo de sustancias propias para la existencia. || Aprovisionamiento de lo necesario para la marcha de un mecanismo o la existencia de algo.
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| alimentador (a) |
Persona que provee alimentos. > alimentos.
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| alimentante | Quien está en la obligación de proveer alimentos o a dar una prestación alimentaria. ► alimentos. |
| alimentar |
Dar nutrimento al cuerpo animal o vegetal. || Procurar la energía para que una actividad o función se desarrolle. || Aprovisionar de lo necesario para la marcha de un mecanismo o la existencia de algo. Alimentar el fuego de la caldera. || Avivar el deseo o ambición por cosas inmateriales. Alimentar una ilusión. || Excitar un sentimiento del ánimo. Alimentar el odio. || Darle a alguien lo necesario para su existencia y desarrollo.
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| alimentario (a) | Que es propio, relativo o perteneciente a la alimentación. ► alimentación. pensión alimentaria. |
| alimenticio (a) | Que provee de los nutrientes necesarios. El tomate es un fruto muy alimenticio. || Relativo a la alimentación y a los alimentos. |
| alimentista |
Persona que recibe o tiene derecho a recibir alimentos.
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| alimento | Sustancia nutritiva cuyo consumo, sólido o líquido, aporta a un ser la energía necesaria. ► alimentos. || Cosa que sirve para que alguien o algo existan. El viento es alimento del fuego. |
| alimento concentrado | El combinado con otro para balancear los nutrientes y que dada su consistencia, por lo general, es necesario diluirlo. |
| alimentos | Asistencias, medios o recursos que se dan en especie o en dinero para que quien los recibe cubra sus necesidades. En sentido jurídico, los alimentos implican sustento, habitación, vestido, asistencia médica, educación, diversión, transporte, conforme a las posibilidades económicas y el capital que le pertenezca o posea quien ha de darlos. Se toman en cuenta las necesidades y el nivel de vida acostumbrado por el beneficiario, para su normal desarrollo físico y síquico. ► pensión alimentaria. |
| alimentos pasados y gastos de maternidad |
Enunciado de derecho de familia que engloba el reconocimiento retroactivo de la pensión alimentaria con la condena al pago de gastos de embarazo y maternidad, como consecuencia automática de la declaratoria de paternidad. Declarada la paternidad, la obligación de alimentos pasados y gastos de maternidad se retrotraerá a la fecha de presentación de la demanda. > pensión alimentaria.
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| alimentos provisionales |
> pensión alimentaria provisional.
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| allanamiento 1 | Registro policial de un domicilio, autorizado por una autoridad judicial competente. El juez fundamenta el dictado del allanamiento con base en la solicitud del fiscal. || Entrada policial a un domicilio, permitido por una autoridad competente, con el fin de cumplir una orden judicial. || Entrada en una casa que no es propia o en la que legalmente no se habita, en contra de la voluntad del ocupante legal. || En derecho procesal, avenimiento a las pretensiones de la parte contraria. Allanamiento a la demanda. || Consentimiento, resignación o conformación. |
| allanamiento 2 | Acción y efecto de hacer que algo quede plano o llano. |
| allanamiento a la demanda |
Reconocimiento que la persona demandada hace de la procedencia de las pretensiones deducidas en su contra. En ciertos casos se puede entender el allanamiento a la demanda como una confesión. > allanamiento del demandado.
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| allanamiento a la demanda en materia de familia | Reconocimiento que la persona demandada hace de la procedencia de las pretensiones deducidas en su contra, y que es analizado por quien juzga bajo la óptica de la protección especial que el Estado otorga a la familia. |
| allanamiento de lugares en asuntos de familia |
En Costa Rica, trámite expedito mediante el cual el juez o la jueza dicta el allanamiento con la finalidad de ejecutar una orden de apremio corporal por falta de pago de una pensión alimentaria; cuando es necesario salvaguardar la vida de personas que sean víctimas de una situación de violencia intrafamiliar, así como para garantizar la integridad física, sexual, patrimonial o psicológica de la persona afectada; y cuando el Patronato Nacional de la Infancia lo solicita con el interés de salvaguardar la estabilidad física y emocional de las personas menores de edad. > allanamiento.2.
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| allanamiento de morada |
Delito consistente en entrar o permanecer en una morada ajena, sin el permiso del ocupante legítimo. > violación de domicilio.
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| allanamiento del demandado |
Acto mediante el cual la parte demandada admite la legitimidad de las pretensiones del demandante. Es expreso cuando el reconocimiento es categórico en cuanto a los hechos y el derecho invocado en la demanda; y tácito, cuando el demandado deposita la cosa o ejecuta y cumple con el acto reclamado. El allanamiento del demandado puede ser parcial o total.
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| allanamiento en materia contencioso-administrativa | Reconocimiento que un administrado o la Administración pública hace de la procedencia de las pretensiones deducidas en su contra. En el allanamiento en materia contencioso- administrativa, si se allana la Administración pública, deberá presentarse el acuerdo o la resolución adoptada por el órgano competente. |