Term | Definition |
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alfabetizar |
Enseñar a leer y escribir. || Ordenar palabras según la disposición de un alfabeto.
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alfabeto |
Signos o letras de un idioma colocadas según un orden convencional.
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algofobia |
Miedo a experimentar dolores.
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alguien |
Pronombre con el que se hace referencia a una persona sin indicar, por desconocimiento o conveniencia, quién es. || Persona importante. David buscaba ser alguien en esta vida.
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alianza | Acción de unir o asociar para la consecución de un fin. || Conjunto de Estados, naciones o Gobiernos que se han unido. || Tratado o convenio que contiene los términos bajo los cuales se unen o asocian las partes. || Unión jurídica entre dos personas que se establece para mantener vida en común, cooperación, mutuo auxilio y relación de intereses. ► matrimonio. || Parentesco obtenido por matrimonio. || Anillo matrimonial o de compromiso. |
aliar | Unir o asociar para la consecución de un fin. Se alían las personas como se alían los Estados. |
alibí | Coartada. Lo acusaron, pero tenía el alibí de que el día de los hechos no estaba en el país. ► coartada. |
alícuota | Proporcional. |
alienable | Dicho del dominio o derecho que se puede traspasar, transferir o ceder. || Que se puede enajenar. ► enajenar. |
alienación | La acción y el efecto de traspasar, transferir o ceder el dominio. || Proceso por el que se transforma el modo de pensar o hacer, de forma que se actúa de manera contraria a lo que debería ser. || Transformación o cambio devenido de la asunción de modos de pensar o hacer contrarios a los que naturalmente se deberían tener. || Trastorno mental; locura. ► enajenar. |
alienar | Traspasar, transferir o ceder el dominio o un derecho. || Transformar la forma de ser o pensar de manera que el comportamiento sea contrario a lo debido. || Perturbarle o trastornarle a alguien la razón. ► enajenar. |
alieni iuris | Latín. Persona sometida al poder de otra. En el derecho romano, las mujeres, niños y esclavos eran 'alieni iuris'. |
alieni juris | ► alieni iuris. |
alimentación |
Ingestión de alimentos. > alimento. || Suministro de alimentos. > alimento. || Consumo de sustancias propias para la existencia. || Aprovisionamiento de lo necesario para la marcha de un mecanismo o la existencia de algo.
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alimentador (a) |
Persona que provee alimentos. > alimentos.
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alimentante | Quien está en la obligación de proveer alimentos o a dar una prestación alimentaria. ► alimentos. |
alimentar |
Dar nutrimento al cuerpo animal o vegetal. || Procurar la energía para que una actividad o función se desarrolle. || Aprovisionar de lo necesario para la marcha de un mecanismo o la existencia de algo. Alimentar el fuego de la caldera. || Avivar el deseo o ambición por cosas inmateriales. Alimentar una ilusión. || Excitar un sentimiento del ánimo. Alimentar el odio. || Darle a alguien lo necesario para su existencia y desarrollo.
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alimentario (a) | Que es propio, relativo o perteneciente a la alimentación. ► alimentación. pensión alimentaria. |
alimenticio (a) | Que provee de los nutrientes necesarios. El tomate es un fruto muy alimenticio. || Relativo a la alimentación y a los alimentos. |
alimentista |
Persona que recibe o tiene derecho a recibir alimentos.
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alimento | Sustancia nutritiva cuyo consumo, sólido o líquido, aporta a un ser la energía necesaria. ► alimentos. || Cosa que sirve para que alguien o algo existan. El viento es alimento del fuego. |
alimento concentrado | El combinado con otro para balancear los nutrientes y que dada su consistencia, por lo general, es necesario diluirlo. |
alimentos | Asistencias, medios o recursos que se dan en especie o en dinero para que quien los recibe cubra sus necesidades. En sentido jurídico, los alimentos implican sustento, habitación, vestido, asistencia médica, educación, diversión, transporte, conforme a las posibilidades económicas y el capital que le pertenezca o posea quien ha de darlos. Se toman en cuenta las necesidades y el nivel de vida acostumbrado por el beneficiario, para su normal desarrollo físico y síquico. ► pensión alimentaria. |
alimentos pasados y gastos de maternidad |
Enunciado de derecho de familia que engloba el reconocimiento retroactivo de la pensión alimentaria con la condena al pago de gastos de embarazo y maternidad, como consecuencia automática de la declaratoria de paternidad. Declarada la paternidad, la obligación de alimentos pasados y gastos de maternidad se retrotraerá a la fecha de presentación de la demanda. > pensión alimentaria.
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alimentos provisionales |
> pensión alimentaria provisional.
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