Diccionario

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Term Definition
iniciativo (a)
Que da principio a algo.
inicio
El comienzo o principio de algo. || Origen, causa. || Proyecto, plan. || Instrucción, adiestramiento o formación en una actividad. || Admisión en la práctica de un culto.
inimputabilidad
Incapacidad o imposibilidad de actuar con conocimiento y comprensión de que la conducta realizada, u omitida, no se permite en el ordenamiento jurídico. || Incapacidad para entender que una acción u omisión lesiona un bien jurídico y la imposibilidad de adecuar la conducta a ese entendimiento. > imputable. imputabilidad. imputación. injusto penal. || Inexistencia de relación psíquica entre el individuo y la conducta ilícita. || Situación de aquel al que por razones psíquicas no se le puede atribuir la comisión de un delito, falta o contravención, al no tener condiciones para comprender su accionar y las consecuencias. La enajenación mental y el trastorno mental transitorio son causas de inimputabilidad.
inimputabilidad por enfermedad mental

Inexistencia de relación psíquica entre el individuo y una conducta ilícita en virtud de una alteración del proceso cognitivo, emocional o afectivo que afecta procesos psicológicos básicos y que se consideran anormales respecto al grupo social de referencia del que proviene la persona.

inimputabilidad por grave perturbación
Incapacidad o imposibilidad de actuar con conocimiento y comprensión de la ilicitud de un hecho a causa de un trastorno de orden patológico, psicológico o fisiológico que conlleva una alteración de la percepción de la realidad.
inimputable
Persona humana que al momento de realizar una acción u omisión, no permitida en el ordenamiento jurídico, está incapacitado de comprender el carácter ilícito del hecho, así como la imposibilidad de determinarse acorde a esa comprensión; sea por enfermedad mental o grave perturbación de la conciencia. Al referirse al sujeto inimputable y a la "grave perturbación de la conciencia", el Código Penal de Costa Rica apunta que ésta -la perturbación grave- puede ser ocasionada, o no, por "el empleo accidental o involuntario de bebidas alcohólicas o de sustancias enervantes". > imputable. || Persona que está eximida de responsabilidad penal por no comprender la ilicitud de un hecho delictivo. || Se dice de quien es incapaz de entender que una acción u omisión lesiona un bien jurídico y que se encuentra psíquicamente imposibilitado de adecuar su conducta a ese entendimiento. || Dicho del individuo que está en una situación en que no se le puede atribuir la comisión de un delito, falta o contravención, al no gozar de condiciones para entender su accionar y las consecuencias.
ininteligible
 Que no se puede entender o comprender. > inteligible.
injuria

Conducta punible que comete quien ofende, de palabra o de hecho, en su dignidad o decoro a una persona, sea en su presencia o por comunicación dirigida a ella. “II. […] Según ha expuesto este Tribunal de alzada: "la injuria, la difamación y la calumnia se catalogan como delitos contra el honor, siendo común a los tres la emisión de ofensas o expresiones ignominiosas contra el sujeto pasivo. La injuria se caracteriza y distingue de la difamación, por cuanto las expresiones ofensivas se emiten frente al sujeto pasivo o bien se dirigen a él por medio de comunicaciones escritas, acción que puede realizarse en privado o en público. Por su parte la difamación implica que las especies idóneas para deshonrar o afectar el honor del afectado, se realicen en ausencia de éste ante terceros; o bien se difundan por otros medios como podrían ser escritos o gráficos. La calumnia comparte con los anteriores delitos sus elementos básicos, con la particularidad de que la expresión ofensiva se constituye con la atribución falsa de un delito; por ello, puede señalarse que este último es un delito especial en relación con la injuria y la difamación”. (Voto 379-2015 del Tribunal de Apelación de Sentencia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, Sección Tercera, de 14:10 horas del 16 de junio de 2015)”. (Sentencia del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, III Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, nº 454 de 13:35 h de 6 de junio de 2018). ► calumnia. decoro. difamación. dignidad. ofensa. || Falta o contravención consistente en la inculpación a alguien de un hecho o característica que perjudica o daña su fama o respeto. || Agravio, ultraje u ofensa, con hechos o por palabras, a la dignidad o decoro de una persona. || Expresión o acción que se ejecuta en descrédito o menosprecio de alguien. || Acto o palabra contra justicia y razón. || Daño, mortificación o molestia.

injuria del trabajador (a)

Ofensa de palabra o de hecho que un empleado dirige contra la dignidad o el decoro del patrono, su representante o compañero de trabajo; sea en presencia de la persona ofendida o por medio de comunicación a ella remitida. En el descriptor ‘injuria del trabajador’ encontramos un subtítulo que apunta: ‘Despido justificado de trabajador que insulta y amenaza a su jefe inmediato en horas laborales y frente a sus compañeros de trabajo’. ► ofensa. || Acto o dicho contra justicia o razón, idóneo para alterar el orden o armonía de las relaciones entre el patrono y el subordinado o dependiente. “La injuria como delito y la injuria como causa de disolución del contrato de trabajo son distintas, por más que la primera pueda constituir igualmente origen de la ruptura contractual […]. La injuria laboral configura una noción amplísima que [según jurisprudencia] se aplica así o se invoca para sancionar las faltas de asistencia a las tareas, la detención del trabajador, la falta de puntualidad, la negligencia deliberada, la escasa laboriosidad, la indisciplina, la embriaguez, el incumplimiento de instrucciones […] y hasta la prohibición de fumar  entre otros supuestos de lo que no es la ejemplaridad laboral”.

injuria laboral
> injuria del trabajador.
injuria y calumnia por la prensa
Categoría penal que comprende las conductas de injuria y calumnia cometidas en medios de comunicación masivos. > calumnia. injuria. medios de comunicación masivos. prensa.
injuriador (a)
Persona que agravia, ultraja, con acciones o palabras, la dignidad o decoro de alguien.
injuriar
Agraviar, ultrajar u ofender, con hechos o con palabras, la dignidad o decoro de una persona. || Dañar, perjudicar, menoscabar.
injurias en juicio
> ofensas en juicio.
injurias encubiertas
Las que se efectúan velada, subrepticia y disimuladamente. La caricatura, la insignia ridícula y las alusiones indirectas pueden ser ejemplo de injurias encubiertas.
injurias manifiestas
Las que por su naturaleza se profieren o ejecutan sin simulación o fingimiento y tienen el afán inmediato y directo de agraviar, ultrajar u ofender.
injury
Palabra en inglés que significa daño, perjuicio o detrimento.
injusticia

La acción que es contraria o contraviene a la justicia. ► justicia. || Falta al derecho, a la razón o a la equidad.

injusticia notoria

En materia procesal, iniquidad, atropello o infracción que sufre el litigante que perdió un juicio cuando aquellas circunstancias son patentes, evidentes y acentuadamente apreciables.

injusto (a)
Que actúa de forma que no se da a cada quien lo que corresponde. || Que procede sin asignar a cada uno lo suyo o sin igualdad proporcional. || Que no ajusta su conducta a lo preceptuado por la ley. || Contrario al derecho, razón o equidad. || Contrario a la justicia. > injusto penal.
injusto penal

Categoría doctrinal que enmarca la infracción de una norma punitiva tipificada, por una acción humana antijurídica. La concreción del injusto penal se presenta con una acción humana, típica y antijurídica; sin que se configure la culpabilidad. Conlleva responsabilidad civil. ► acción. antijurídico. antijuridicidad. delito. teoría del delito. tipicidad.

inmatriculación

En derecho registral, inscripción de un bien inmueble que, por vez primera, se hace en un registro de la propiedad. ► principio de inmatriculación.

inmatricular

En derecho registral, inscribir por primera vez un bien inmueble en un registro de la propiedad.

inmediación

Cualidad de lo que es muy cercano o próximo en el tiempo o en el espacio. || Nominación que se refiere a la presencia del juez al momento de la presentación de las pruebas o en diligencias procesales. inmediación de la prueba.

inmediación de la prueba

Principio que consigna la necesidad de que los sujetos procesales reciban la prueba de forma directa, sin alteración y de manera simultánea. "Se dice que en la inmediación [de la prueba], los juzgadores y las partes son insustituibles, precisamente porque es un elemento complejo que está en garantía de una mejor y correcta apreciación de la prueba y que además, se complementa e integra con la posibilidad de interrogar al testigo". principio de inmediación de la prueba.