Diccionario usual del Poder Judicial

 

acción de regreso

En materia comercial, actuación que el tenedor o portador de una letra de cambio puede ejercer contra los libradores, aceptantes, endosantes o avalistas, cuando no se le haya pagado en tiempo y forma, con el fin de conseguir el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el documento cambiario. || En materia administrativa, mecanismo reparador de los daños que la Administración sufre, los cuales son causados por el propio personal a su servicio. “Es primordial aclarar que la “acción de regreso contra un servidor público” que reclama, se encuentra regulada en los numerales 203 al 210 de la LGAP, y es con relación a cuando la Administración tuvo que asumir la responsabilidad por aplicación de la solidaridad (que puede responder por todo el resarcimiento por responsabilidad de sus funcionarios) que guarda para con los actos u omisiones de los servidores públicos, le permite cobrar a esa persona servidora pública responsable, previo procedimiento administrativo, las sumas erogadas, en la proporción que le fue atribuible, en virtud de un cobro solidario efectuado”. (Tribunal de Casación de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, N.° 46 de 09:30 h de 17 de febrero de 2022).


acción de simulación

Acción preventiva que pretende una declaración para que se tengan como inexistentes actos aparentes o que representan o imitan lo que no es o fue, con el fin de conseguir la restitución de cosas o derechos al patrimonio de la persona deudora, los cuales han salido de esta de manera ficticia.

acción declarativa

La que pretende que la existencia, inexistencia, modo o fijación de una relación jurídica se declaren judicialmente.

acción declarativa agraria

Acción protectora de un derecho real o cosa de naturaleza agraria que busca la restitución o recuperación de bienes o situaciones por medio de la declaración judicial.

acción en sentido legal

Concepto relativo de carácter normativo que se determina mediante el ejercicio de considerar los hechos valorados y el verbo de la norma aplicable. “No es la unidad natural de una acción la que dice cuándo hay una acción en sentido legal; puede ocurrir, más bien, que una acción en sentido natural constituya legalmente una pluralidad de acciones o que una pluralidad de acciones en sentido natural constituya legalmente una sola acción”. acción. acción en sentido natural.



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