Edificio en condición o régimen de propiedad horizontal. ► propiedad horizontal. || En Costa Rica, conjunto de edificios, por lo general situados en un mismo terreno, que se rige por el régimen de propiedad horizontal. Él vive en el condominio Abrevadero. || Régimen de propiedad en que el dominio pertenece, en común, a dos o más personas. La Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio, 7933 de 28 de octubre de 1999. En su artículo 1, entre otras cosas, establece: El régimen de propiedad en condominio puede aplicarse: a) A los diversos pisos, los locales, las oficinas, los estacionamientos o los departamentos en que se dividan uno o varios edificios, por construirse o construidos en una misma finca o en diversas, ya sea que pertenezcan estos a uno o varios propietarios o concesionarios. […] b) A las distintas edificaciones que se construyan en una sola finca, si habrán de pertenecer a propietarios diferentes. c) A los bienes inmuebles aptos para la construcción, tanto para los lotes o las fincas rurales en que se divida el terreno, como para las construcciones que se levanten en ellos […]. || Copropiedad, en el tanto hay dominio de una cosa en común por dos o más personas o entidades. ► copropiedad. || Dominio que pertenece colectiva e indivisiblemente, con o sin asignación de cuotas entre ellas, a un conjunto de personas, físicas o jurídicas. || En derecho internacional público, ejercicio mancomunado de la competencia territorial, que sobre un mismo territorio ejecutan dos más Estados o países.
Cada condueño de la propiedad de un bien. || Voz sinónima de ‘condueño’. ► condueño (a). || En Costa Rica, titular de una casa o departamento que se encuentran bajo el régimen de propiedad horizontal. ► condominio. propiedad horizontal.
Perdón, exención o liberación de una deuda. || En materia sancionatoria, perdón de un castigo. || En materia tributaria, modo de extinción de la obligación tributaria, consistente en la remisión de la deuda.
Perdón, exención o liberación de una deuda de origen tributario. ► remisión 2. tributo. || Modo de extinción de la obligación tributaria. ► extinción de la obligación tributaria.
Perdonar, eximir o dispensar una pena. || Perdonar, remitir o dispensar una deuda.
La que se realiza cuando, de forma ilegal, se participa en concursos callejeros de velocidad o piques contra uno o varios vehículos. || La que se practica cuando se maneja a una velocidad superior a ciento cincuenta kilómetros por hora. || La que se efectúa bajo la influencia de bebidas alcohólicas. En Costa Rica, en todas las acepciones, la conducción temeraria, conlleva pena de prisión o prestación de servicio de utilidad pública.
Guiar un vehículo. || Llevar o transportar algo o a alguien a un sitio. || Dirigir o gobernar. || Actuar, comportarse o proceder de una forma determinada. Sabía conducirse “en sociedad”.
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