Diccionario usual del Poder Judicial

 

bienes de la Hacienda pública

> bienes del Estado.

bienes del Estado

Bienes que le pertenecen al Estado, sean de naturaleza pública o privada. > bienes comunes. bienes privados del Estado. bienes públicos. dominio público.

bienes demaniales

Bienes a los que la ley les da un destino para uso público o general. “La doctrina y jurisprudencia constitucional son consistentes en estimar que los bienes demaniales (o bienes dominicales o de dominio público) son aquellos que tienen una naturaleza y régimen jurídico diverso de los bienes privados —los cuales se rigen por el derecho de propiedad en los términos del artículo 45 de la Constitución Política—, en tanto, por expresa voluntad del legislador se encuentran afectos a un destino especial de servir a la comunidad, sea al interés público, y que por ello, no pueden ser objeto de propiedad privada, de modo que están fuera del comercio de los hombres, por lo cual, no pueden pertenecer individualmente a los particulares, ni al Estado, en sentido estricto, por cuanto éste se limita a su administración y tutela. Así, lo que define la naturaleza jurídica de los bienes demaniales es su destino o vocación, en tanto se afectan y están al servicio del uso público, ya que, precisamente se afectan para darles un destino público especial en el que se encuentre comprometido el interés público, en la forma como lo define el artículo 261 del Código Civil: " Son cosas públicas, las que por ley, están destinadas de un modo permanente a cualquier servicio de utilidad general, y aquéllas de que todos pueden aprovecharse por estar entregadas a uso público”. (Sentencia de la Sala Constitucional, n° 2408 de 16:13 h de 21de febrero de 2007). bienes públicos|| Estado de las obras artísticas e intelectuales, una vez vencido el tiempo en que el autor o sus herederos tenían el derecho exclusivo de reproducción, representación o edición.


bienes divisibles

Los que no sufren destrucción ni menoscabo con su división o repartición.

bienes dotales

Los que son parte del patrimonio que la mujer aporta al matrimonio. > dote.

bienes estatales

> bienes del Estado.

bienes fungibles

Bienes muebles de igual valor, estimación, potencia, eficacia y uso. Los bienes fungibles son equivalentes a otros de la misma calidad y cantidad. Los discos de una misma edición musical son bienes fungibles || Bienes que cierta doctrina equipara a los bienes consumibles. ► bienes consumibles.


bienes futuros

Los que no existen en el presente, pero que se espera que vayan a existir. Los productos no nacidos del apareo de esos perros de raza son bienes futuros.

bienes gananciales

Los adquiridos u obtenidos, a título lucrativo u oneroso, por los cónyuges durante la relación de convivencia matrimonial. Los bienes gananciales pertenecen a ambos cónyuges por igual y son susceptibles de división al momento del término de la relación matrimonial. sociedad de gananciales.


bienes incorporales

Los que no son tangibles, visibles o perceptibles. Las servidumbres son bienes incorporales.


Cantidad a mostrar  
©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.