Diccionario usual del Poder Judicial

vivienda digna

Concepto social que alcanza la idea de que las condiciones generales del sitio en que se vive se pueden aceptar y usar sin desdoro o menoscabo de la estimación propia o ajena. La noción de vivienda digna contiene -además de la calidad de los materiales de la construcción y servicios básicos-, accesibilidad al lugar, áreas de recreo, zonas verdes, zonas comerciales, iluminación pública, seguridad y proximidad a centros educativos y de salud. Incluye la seguridad jurídica de la tenencia del bien.
©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.