Diccionario usual del Poder Judicial

saldo en descubierto

En cobros judiciales o juicios ejecutivos —generalmente hipotecarios o prendarios—, parte de una deuda que no alcanzó a ser cancelada en su totalidad; o del total de un dinero debido, resto que no pudo ser pagado al acreedor. Con el decreto del saldo en descubierto, el acreedor puede perseguir otros bienes del deudor. || En materia bancaria, cuenta o crédito que se encuentra con un saldo negativo. saldo. saldo deudor. || En asuntos bancarios, autorización de la entidad financiera para cargar operaciones de débito a una cuenta corriente o depósito a la vista, cuando se tiene un saldo negativo. debe. depósito a la vista. cuenta corriente. saldo. saldo deudor.

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