Term | Definition |
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principio de finalidad de la sanción penal | En materia penal, postulado que establece la orientación de la razón o propósito que justifica la imposición una pena por parte del Estado. El principio de finalidad de la sanción penal rige en cuanto a los fines rehabilitadores, resocializadores o retributivos. ► finalidad de la pena. función de la pena. pena. sanción penal. || En materia penal juvenil, regla que establece que el fin de la sanción a menores —en el marco de la prevención especial y prevención general— es de carácter primordialmente educativo. En cuanto al principio de finalidad de la sanción penal, tribunales costarricenses han dico: “II. […] Dentro del Derecho Penal Juvenil la finalidad que tiene primordialmente la sanción es de carácter educativo (Art. 123 de la Ley de Justicia Penal Juvenil), lo que se relaciona dentro de la teoría de la pena con la prevención especial positiva. Por supuesto que [sic] a pesar del carácter preponderante de dicho fin, no puede desconocerse que la sanción penal juvenil también desempeña una función de prevención general, lo que no es desconocido por la Ley de Justicia Penal Juvenil, al hacer referencia a la finalidad “primordialmente educativa” (Art. 123), lo que implica que no es exclusivamente educativa (Cf. Llobet Rodríguez, Javier. Fijación…, pp. 121-144). En el caso concreto (...) no se dejan de considerar aspectos de carácter preventivo ajenos al principio educativo. (Tribunal de Casación Penal, N.° 1185 de 14:30 h de 25 de noviembre de 2008). ► fijación de la sanción penal juvenil. función de la sanción penal juvenil. prevención especial. prevención especial negativa. prevención especial positiva. prevención general. prevención general negativa. prevención general positiva. |