Diccionario usual del Poder Judicial

principio constitucional de cosa juzgada

En materia penal, precepto establecido en la Constitución Política que consigna la imposibilidad de juzgar nuevamente un suceso ya resuelto, cuando hay identidad de persona juzgada; identidad de hechos u objeto del proceso; e identidad de pretensión punitiva. || Canon de la Carta Magna que imposibilita conocer en juicio un asunto en que existe una sentencia firme. cosa juzgada. sentencia firme.

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