Term | Definition |
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principio constitucional de cosa juzgada | En materia penal, precepto establecido en la Constitución Política que consigna la imposibilidad de juzgar nuevamente un suceso ya resuelto, cuando hay identidad de persona juzgada; identidad de hechos u objeto del proceso; e identidad de pretensión punitiva. || Canon de la Carta Magna que imposibilita conocer en juicio un asunto en que existe una sentencia firme. ► cosa juzgada. sentencia firme. |