Diccionario usual del Poder Judicial

juzgado de mayor cuantía

En Costa Rica, juzgados con determinada competencia por materia y territorio que resuelven asuntos cuya cuantía o importe de lo disputado exceden una suma definida por la Corte Suprema de Justicia. "Los juzgados civiles conocerán: 1) De los procesos de mayor cuantía, excepto de los que correspondan al juzgado contencioso-administrativo y civil de hacienda, agrario o juzgado especializado en cobro de obligaciones dinerarias".
©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.