Diccionario usual del Poder Judicial

dedicación exclusiva

Acuerdo entre la Administración y un servidor público, en el cual este se compromete a no desempeñar ninguna labor, de forma privada, que tenga relación con el trabajo que realiza en la entidad, a cambio de un sobresueldo. Con la dedicación exclusiva la Administración se asegura que el funcionario dedicará todo su tiempo y esfuerzo a las labores encomendadas. || Régimen laboral que la Administración, por interés público o convenio con un funcionario, establece la exclusividad laboral de este, en cuanto a funciones y esfuerzos, a cambio de un plus salarial. || Compromiso que adquiere un funcionario con una entidad Administrativa para dedicarle todo esfuerzo laboral o profesional, con la obligación de abstenerse en forma particular y remunerada de ejercer actividades relacionadas con sus funciones.
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