Diccionario usual del Poder Judicial

trabajador de confianza (a)

Aquel que realiza funciones de dirección, inspección, vigilancia, fiscalización o que se relaciona con trabajos personales del patrón. Por lo general, cuando se habla de ‘trabajador de confianza’, la ley determina quiénes lo son, y la categoría dependerá de las funciones desempeñadas y no de la denominación que se le dé al puesto. empleado de confianza (a).

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