Diccionario usual del Poder Judicial

periculum in mora

‘Peligro en o con la demora’. Locución latina que se refiere al peligro de un daño jurídico devenido del retraso en el dictado de una resolución definitiva. Es presupuesto básico para el dictado de una medida cautelar y busca neutralizar los daños posibles mediante el anticipo provisional de los efectos de la sentencia final. El peligro en la demora, implica […] peligro en la infructuosidad y peligro de tardanza de la resolución principal, que, en términos más simples, no es más que el retraso en la obtención de una sentencia definitiva, y el daño que se produce, precisamente, a causa de este retraso (daño inminente y demora en el proceso principal. fumus boni iuris. medidas cautelares. || Enunciado que vincula a la precaución procesal que se toma para evitar el malogro de lo pedido, ante el temor razonable y objetivamente fundado de alguna de las partes, de que la situación jurídica sustancial resulte gravemente dañada o perjudicada durante el tiempo necesario para el dictado la sentencia final.

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