Diccionario usual del Poder Judicial

medidas cautelares

Conjunto de disposiciones —jurisdiccionales o administrativas— que se adoptan antes de la sentencia para mantener una situación jurídica, proteger una cosa, preservar un bien litigioso o asegurar una expectativa o derecho futuro. El juez adopta las medidas cautelares con el fin de prevenir la eficacia final de la sentencia, y los “presupuestos de fondo necesarios para su adopción son: el interés actual de la petición; la posibilidad de acogimiento de la pretensión principal; el carácter grave, irreparable o difícil de reparar del daño que se pretende evitar; una posición favorable del interés público; control judicial y medios de impugnación; y la temporalidad de la medida”. Los postulados para optar por una medida cautelar son: apariencia de buen derecho (fumus boni iuris) y peligro de demora (periculum in mora). fumus boni iuris. periculum in mora. poder cautelar del juez. || Disposiciones judiciales encaminadas al mantenimiento del juicio y a la efectividad de la sentencia.

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