Diccionario usual del Poder Judicial

dominio público

Expresión que se refiere a bienes del Estado o de alguna Administración pública. Los bienes de la municipalidad de Montes de Oca son de dominio público. ► bienes de dominio público. || Conjunto de bienes sujetos a un régimen jurídico que los hace pertenecer o estar bajo la administración de personas jurídicas públicas y que se destinan a fines de utilidad pública. || Locución concerniente a los bienes que toda persona puede hacer uso directo o indirecto de ellos. ► cosas públicas. || Lo referido a bienes que legalmente se encuentran destinados al servicio a la comunidad y que no pueden ser objeto de propiedad privada. El dominio público se refiere a aquellos bienes que “están fuera del comercio de los hombres, por lo cual no pueden pertenecer individualmente a los particulares, ni al Estado, en sentido estricto, por cuanto éste se limita a su administración y tutela”. ► bienes de dominio privado. bienes de dominio público. || Locución que refiere a los bienes que pertenecen a la nación y son partes del patrimonio público. El dominio público trata de bienes cuya titularidad ostenta el Estado en su condición de administrador y se caracterizan por ser imprescriptibles, inembargables, estar fuera del comercio y su uso está sujeto al poder de policía. || Situación de las obras artísticas o intelectuales, cuyos derechos de explotación exclusiva del autor o herederos han vencido, que permite que su presentación, reproducción, edición o uso, sea libre. El uso de la obra de Aquileo Echeverría es de dominio público. || En materia de derechos de autor, en obras literarias, artísticas o científicas, patrimonio intelectual que no tiene restricción en cuanto a su acceso y utilización. Son obras de dominio público aquellas en las que cesó la protección de derechos de autor. ► derechos de autor. || Dicho de la información que todo mundo conoce o puede tener acceso a ella.

©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.