Diccionario usual del Poder Judicial

derecho de petición

Facultad de todo ciudadano para exponer individual o colectivamente ante la Administración —o persona de derecho privado que ejerza alguna actividad de interés público—, un asunto de naturaleza pública por el cual se tenga interés y que se quiera un particular resultado. “No son objeto del derecho de petición aquellas solicitudes, quejas o sugerencias para cuya satisfacción el ordenamiento jurídico establezca un procedimiento administrativo específico”. Se encuentran fuera del derecho de petición los secretos de Estado. derecho de respuesta.

 

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