Diccionario usual del Poder Judicial

acoso sexual

Conducta sexual indeseada por quien la recibe, generalmente reiterada y que tiene efectos perjudiciales en las condiciones materiales, desempeño o cumplimiento laboral o educativo, así como en el estado de bienestar personal. El acoso sexual se caracteriza, generalmente, por ser un conjunto de acciones sexuales no recíprocas, la existencia de coerción sexual y sentimientos de desagrado de la víctima. En el acoso sexual “las conductas buscan la satisfacción sexual del sujeto activo o bien la degradación sexual del sujeto pasivo, colocándole, de una manera u otra, en un contexto sexual no querido”. La conducta grave que ocurre una sola vez y que daña a la persona perjudicada puede ser considerada acoso sexual. hostigamiento sexual en centro de enseñanza. hostigamiento sexual en relaciones de empleo.

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