Term | Definition |
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aeronavegabilidad |
Capacidad y aptitud para la navegación aérea. ► navegación aérea. |
aeronavegación |
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aeropirata |
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aeroplano |
Vehículo de locomoción aérea provisto de planos o alas de sustentación.
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aeropuerto |
Terreno dotado de pistas para el despegue y aterrizaje de aeronaves, así como de instalaciones permanentes para la regulación del tráfico aéreo, además del despacho de pasajeros y carga. || Puerto de entrada y salida para el tráfico aéreo donde se realizan trámites de aduanas y migración.
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aeropuerto marítimo |
El provisto de las condiciones para amarar. || El que se encuentra en una jurisdicción marítima.
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aeropuerto privado |
El adquirido o construido por entidades o individuos particulares. Requieren para su funcionamiento de la autorización del Gobierno central.
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aeropuerto público |
El de utilidad y servicio público cuya administración es de índole civil.
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aeropuertos nacionales |
Los autorizados y ubicados en el territorio nacional o en alguna de las jurisdicciones del país.
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aerosol |
Técnica química que mantiene suspendidas, en el aire u otro gas, sustancias pulverizables. || Tarro metálico que contiene un líquido almacenado a presión y que está provisto de un dispositivo que permite la expulsión pulverizada.
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afán |
Deseo vehemente. || Anhelo ardoroso. || Trabajo excesivo. || Prisa.
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afanador (a) |
Persona que roba o hurta. || Quien sustrae bienes ajenos. || Trabajador esforzado, sobre todo el de actividades físicas.
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afanar |
Robar, hurtar. || Sustraer lo ajeno. || Trabajar con ahínco.
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afasia |
Disfunción en la corteza cerebral que trastorna el habla.
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afectación |
Carga, gravamen u obligación. || Destino de algo a un fin particular. Mis ahorros están afectados para el estudio de mis hijos. || El resultado de atañer o incumbir a alguien alguna cosa o asunto. A mi esposa y a mí, nos interesa la afectación del patrimonio familiar de nuestra casa. || Menoscabo o influencia desfavorable. La afectación que sufrió esa víctima no es mesurable. || Pretensión extravagante consistente en falta de sencillez y naturalidad. La manera de escribir de ese artista está cargada de afectación. || Alteración o cambio en algo o alguien. |
afectación del patrimonio del bien de familia |
► afectación del patrimonio familiar. |
afectación del patrimonio familiar |
En Costa Rica, en derecho de familia, institución proteccionista caracterizada por la inembargabilidad e indisponibilidad del inmueble que es la residencia de la familia. Respecto a la afectación del patrimonio familiar, Pantoja Murillo apunta: “El bien deja de ser susceptible de embargo o ejecución por deudas posteriores a su inscripción, ni siquiera en caso de concurso o quiebra. Tampoco es posible constituir sobre él garantías u otro tipo de transacciones excepto en los casos expresamente autorizados por la ley. Así, se afecta la propiedad que, en su ejercicio pasa a sufrir limitaciones que ordinariamente no existen. El bien no puede ser vendido ni gravado por su propietario sin autorización judicial e igualmente afecta la garantía sobre obligaciones del titular, pues no puede ser embargado o subastado con excepción de obligaciones hipotecarias previas, de obligaciones posteriores asumidas por ambos cónyuges […]”. ► afectación. familia. patrimonio familiar. diligencias de utilidad y necesidad. |
afectación familiar |
► afectación del patrimonio familiar. |
afectar |
Cargar, gravar o imponer una obligación. || Destinar algo a un fin particular. || Atañer, incumbir. || Perjudicar, dañar o menoscabar. || Actuar con falta de sencillez y naturalidad. || Impresionar a alguien. || Alterar o cambiar algo o a alguien. |
afectivo (a) |
Relativo a las diferentes inclinaciones del ánimo; generalmente refiere al amor o al cariño. ► afecto. |
afecto 1 |
Bien sujeto a una carga, gravamen u obligación. || Trabajador destinado a laborar en determinada dependencia. || Pasión o inclinación del ánimo. || Partidario de una idea o persona. Por aquellos años era afecto al partido comunista. |
afecto 2 |
Pasión del ánimo determinada por el cariño o el amor. || Inclinación o cariño hacia una persona, animal o cosa. |
afeminado (a) |
Hombre que tiene gestos o conductas que se consideran propias de mujer. || Conducta del hombre que semeja a la de las mujeres en general. || Que aparenta o semeja ser de mujer.
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afeminar |
Hacer que un hombre adquiera características, físicas, sicológicas o sociales de mujer.
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affectio societatis |
Locución latina que en materia contractual, de sociedades y societaria se refiere a la voluntad libre de varias personas de mantenerse en sociedad. “Affectio societatis” implica el espíritu de colaboración y el derecho al ejercicio del control administrativo de la asociación o sociedad. “Trátase de una disposición anímica, conocida como "affetio societatis" o "animus contrahendae societatis", la cual entraña una convergencia de intereses; una coordinación funcional de prestaciones dirigidas a la obtención del fin común propuesto. He aquí las características de la sociedad en términos generales. La de hecho -a saber, la que aquí interesa-, presenta los mismos rasgos, pero con un defecto de forma, sea, no obstante la voluntad expresa o tácita de los socios en cuanto a su existencia, ésta no consta por escrito. Consecuentemente -y en esto coincide con las irregulares- tampoco aparece inscrita en el Registro Público. Tal defecto determina que los socios puedan pedir en cualquier momento su liquidación, pero no implica la nulidad del contrato tácito que la sustenta. En su desenvolvimiento, la sociedad de hecho queda regulada por las disposiciones generales relativas a las formalmente constituidas. Presenta personalidad jurídica pero menguada, concebida así en virtud de un artificio técnico necesario para regular las relaciones con terceros de buena fe, provenientes de su objetiva existencia.” (Sentencia No 145, de 14,45 horas del 30 de octubre de 1992). Dedúcese de lo transcrito que esa sociedad, a pesar de sus diferencias con la regular, comparte con ésta elementos básicos como son: pluralidad de asociados, aportaciones, participación de todos en las utilidades y un consentimiento calificado, conocido como affectio societatis”. (Sala Primera, N.° 801 de 11:10 h de 18 de octubre de 2002). |