Term | Definition |
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adición y aclaración en sede administrativa | Remedios procesales mediante los cuales se le solicita a la autoridad administrativa que dictó una resolución, que añada al pronunciamiento acerca de una pretensión expresamente enunciada que no fue resuelta o que resultó ininteligible, ambigua o contradictoria. ► adición y aclaración. |
adictivo (a) |
Conducta o hábito que realizado con cierta regularidad, crea necesidad o dependencia. || Característica de una droga que, dado su uso repetido, crea necesidad o dependencia.
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adido (a) |
Participio del verbo adir. En materia sucesoria, indica que un bien o la herencia han sido aceptados.
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adir | Aceptar la herencia. ► aceptación de la herencia. |
aditivo (a) |
Compuesto o sustancia que se añade a otra con el fin de cambiar o mejorar su naturaleza.
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ádiva |
Cosa que se da de forma generosa o gratuita. || Cosa que se entrega con la intención de obtener ventajas y otros beneficios.
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adjetivo (a) 1 | Noción que indica que la norma o el conjunto de ellas es de orden procesal o procedimental. El Código Procesal Penal es código adjetivo. |
adjetivo 2 | Que dice acerca de una cualidad. || En gramática, parte de la oración que califica al sustantivo. |
adjudicación | Concesión u otorgamiento que hace la Administración de un contrato administrativo. ► contrato administrativo. || Declaración, dictamen o información de que algo pertenece a una persona. || Entrega de una cosa a alguien. || Atribución de algo a una persona o a una cosa. |
adjudicación de parcelas | En Costa Rica, en el Centro Electrónico de Información Jurisprudencial, descriptor sinónimo de ‘adjudicación de tierras’. ► adjudicación de tierras. |
adjudicación de tierras | Otorgamiento del derecho de propiedad agraria, provisional o permanente, a personas campesinas, establecido por medio de un acto administrativo, sobre tierras susceptibles de ser trabajadas y con la posibilidad de percibir los frutos. Implica un proyecto de desarrollo sustentable y el compromiso de trabajar la tierra adaptado a determinados planes agrícolas. Por lo general, por un tiempo determinado, las tierras no pueden ser objeto de enajenación. ► contrato de adjudicación de tierras. |
adjudicación en la contratación administrativa | Acto administrativo por el cual la Administración finaliza el procedimiento de contratación, posterior valoración, estudio y calificación de las ofertas elegibles, mediante la selección de uno de los oferentes para que asuma la ejecución del contrato administrativo. ► acto administrativo. contratación administrativa. |
adjudicante | En contratos administrativos, la Administración. || Se dice de quien asigna la pertenencia de algo. El adjudicante puede "disponer de lo propio a favor de otros; bien por contar con autoridad para la distribución, reparto o afectación pertinentes". || Persona que declara, dictamina o informa de que algo pertenece a alguien determinado. |
adjudicar | Otorgar la Administración un contrato administrativo. || Asignar la pertenencia de alguna cosa. || Declarar, dictaminar o informar de que algo pertenece a una persona. || Entregar una cosa a alguien. || Atribuir algo a una persona o cosa. || En lo deportivo, ganar. El boxeador se adjudicó el triunfo en el primer asalto. |
adjudicatario (a) |
Persona física o jurídica a quien la Administración otorga un contrato administrativo. || Persona a la que se le asigna la pertenencia de algo.
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adlátere | Persona que habitualmente acompaña a otra. || Subordinado que tiene como función principal acompañar a su superior jerárquico. Cabanellas, contrario a lo que dispone la Academia de la Lengua, sostiene que “adlátere” es barbarismo. ► a látere. || Forma despectiva de referirse al subordinado o adepto servil. |
administración | Gestión y gobierno, por medio de un conjunto de organismos, de intereses y bienes públicos. || Conjunto o cada uno de los organismos de gobierno de un país. || Dirección, observancia, control y fiscalización de las directrices y políticas de las actividades de una organización, empresa o entidad. || En derecho privado, gestión y gobierno de los intereses y bienes de una empresa privada. || Conjunto de oficinas que dirigen una actividad privada. || Oficina donde se administra. || Conjunto de empleados que administran una empresa. || En Costa Rica, período en el que una persona ejerció la presidencia del país. Ese puente se construyó en la administración Carazo. || Cuido o gestión de una cosa o asunto. |
Administración activa | Conjunto de órganos y entes de la función administrativa, que deciden y ejecutan. La administración activa incluye al jerarca del órgano como última instancia. || Función decisoria, ejecutiva, resolutoria, directiva u operativa de la Administración. |
Administración aduanera | Dirección técnica y administrativa de las funciones aduaneras consistente en la emisión de políticas y directrices para las actividades de las aduanas y dependencias relacionadas con estas operaciones. || En Costa Rica, Dirección General de Aduanas. ► Dirección General de Aduanas. |
Administración centralizada |
Tipo de administración que depende en lo gobernativo y decisorio del órgano ejecutivo, Poder central, Poder Ejecutivo o presidente.
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administración con intervención judicial | En Costa Rica, en el Centro Electrónico de Información Jurisprudencial, descriptor sinónimo de ‘administración y reorganización con intervención judicial’. ► administración y reorganización con intervención judicial. |
administración de bienes de sucesiones | Gestión patrimonial de los bienes dejados por un difunto, la cual se realiza entre su muerte y la adjudicación definitiva de estos. Se distinguen la administración testamentaria, legal y judicial. |
administración de bienes del menor |
Facultad de dirigir, conducir, custodiar, gestionar o conservar los bienes, negocios o asuntos económicos de una persona menor de edad.
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administración de cementerios |
Gestión y dirección de camposantos o panteones, así como la determinación de usos y conservación de mausoleos, tumbas, osarios, nichos, fosas o criptas.
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administración de fondos públicos | Gestión de recursos, valores, bienes y derechos de propiedad del Estado, de órganos, empresas o entes públicos. || Manejo de recursos financieros de carácter tributario y no tributario que se generan, obtienen u originan en la producción o prestación de bienes y servicios que realizan entidades de carácter público. |