Diccionario

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Term Definition
error de prohibición indirecto

Error en que incurre el agente al considerar que su acción, si bien prohibida en general, en el caso particular se da una causa de justificación que permite su actuar tal y como lo hace. ► causas de justificación.

error de prohibición invencible

En derecho penal, error que recae sobre la comprensión, o no comprensión, de la antijuridicidad de la conducta y que —en virtud de las circunstancias personales, culturales o sociales— no puede ser superado o esclarecido a pesar de la atención, diligencia o cuidado que el agente disponga. El error de prohibición invencible excluye la responsabilidad penal. ► antijuridicidad.

error de prohibición vencible

En derecho penal, error que recae sobre la comprensión, o no comprensión, de la antijuridicidad de la conducta y que —en virtud de las circunstancias personales, culturales o sociales— puede ser superado o esclarecido con la atención, diligencia, cuidado que el agente disponga. ► antijuridicidad.

error de tipo

Concepto errado, juicio equivocado o falsa representación de la realidad que recae sobre los elementos objetivos del tipo penal. El error de tipo es un error sobre las circunstancias reales o efectivas que sirven de supuesto de hecho del tipo penal [el cazador dispara contra un bulto que él cree que es un venado, pero hiere al compañero de cacería, que fue contra el que en realidad disparó]; no entra en el análisis de la culpabilidad o responsabilidad penal, sino en el de tipicidad.  El error de tipo excluye la tipicidad dolosa. “Welzel distingue entre error de tipo y error de prohibición, resultando que el primero [de tipo] está relacionado con el dolo, eliminándolo, pero manteniendo eventualmente la responsabilidad a título culposo, mientras que el segundo [de prohibición] si es invencible elimina el conocimiento de la antijurididad, mientras que en caso de ser vencible atenúa la culpabilidad, pudiendo dar lugar a una disminución de la pena”. elementos del tipo penal. error de prohibición. tipo objetivo. tipo penal. supuesto de hecho.

error en el golpe

Aberratio ictus. Categoría penal que se refiere a la circunstancia en la que el victimario descarga su acción sobre una persona diferente a la que tenía prevista. Hay error en el golpe cuando el homicida dispara contra la persona que desea ultimar, pero, por mala puntería, mata a otro sujeto que se encuentra cerca.

error en el objeto

Error in objecto. Categoría penal que se refiere a la circunstancia en la que el agente dirige la acción contra cosa u objeto distinto del querido o procurado. El error en el objeto “por lo común trátase de un error accidental que no produce los efectos de la excusa, porque para el tipo es indiferente, en principio, la calidad o las características del objeto material, en cuanto se trate del que está enunciado en él (p.ej., hurtar una brújula creyendo que es un reloj […]). Pero hay casos en que el error in objecto se constituye en error esencial; así ocurre cuando el tipo requiere una determinada calidad o característica del objeto material (p.ej., creer que se ha cercenado una moneda que no tiene curso legal, siendo que el cercenamiento ha recaído sobre una que está en dicho curso)”.

error en la causa

Aberratio causae. Categoría penal que se refiere a la situación que se presenta cuando el resultado perseguido por el autor se produce por causas diferentes a las que él procuraba. Hay error en la causa cuando se lanza a la víctima desde un puente hacia un río con la finalidad de que muera por el golpe; sin embargo el ofendido cae vivo, pero fallece ahogado.

error en la persona

Aberratio delicti. Categoría penal que se refiere a la situación en la que el delincuente se equivoca en cuanto a la persona sobre la que quería delinquir. Hay ‘error en la persona’ cuando el sicario, por confusión, mata al acompañante de la persona que debía asesinar.

error esencial

Juicio falso que versa sobre lo sustancial o la naturaleza de un acto. El error esencial es causa de nulidad.

error in objecto

► error en el objeto.

error in persona

► error en la persona.

error in personae

► error en la persona.

error inevitable

El conocimiento errado, la falsa representación de la realidad o la equivocación que son imposibles de impedir, obviar, soslayar o conjurar. || ► error invencible.

error invencible

Desconocimiento, conocimiento errado, equivocación o falsa representación de la realidad que no pueden ser superados o esclarecidos a pesar de la atención, diligencia o cuidado que la persona ponga.

error judicial

Funcionamiento anormal del aparato judicial que se concreta en una decisión jurisdiccional que priva a una persona de un derecho o interés legítimo y que resulta errónea o contraria a derecho.

error manifiesto

El que es evidente, claro e indiscutible.

error material

Falta o yerro, presente en una comunicación, que se da cuando se dicen o escriben unas palabras por otras; se omiten expresiones necesarias; se equivocan cantidades; o hay descuido en la información que se pretende transmitir, sin que ello signifique una alteración sustancial o decisión diferente de la que se pretendía comunicar.

error material en asuntos penales

Equivocación o yerro consistente en decir algo diferente de lo que se quería comunicar en actuaciones judiciales tendentes a la averiguación de la comisión de un delito, la participación del imputado, su responsabilidad, la imposición de una pena y la determinación de las consecuencias civiles de la conducta. El error material en asuntos penales se puede inferir mediante un ejercicio pragmático del contexto en que se enuncia el discurso.

error vencible

Desconocimiento, conocimiento errado, equivocación o falsa representación de la realidad que pueden ser superados o esclarecidos con la atención, diligencia, cuidado o conocimientos naturales de los que la persona dispone. El contenido del ‘error vencible’ es muy relativo, ya que estará determinado por lo personal y circunstancial de cada caso.

ertofobia
Miedo irracional a sonrojarse.
esapoderar
Quitar, despojar o arrancar a alguien lo que tiene o de lo que se ha apoderado. || Privar a alguien el poder que goza en razón de una actividad o estado psicológico.
escabinado
Tribunal que se compone por jueces profesionales en derecho y ciudadanos sin formación jurídica.
escabino (a)
Juez lego sin formación jurídica que es miembro de un tribunal que también se compone con profesionales en derecho. El escabino participa en juicios orales en el proceso penal y poseen plena independencia y tienen el mismo derecho a voto de los jueces profesionales.
escala
Serie ordenada de cosas de una misma cualidad pero de distintos valores. Escala de tonos. Escala de resistencia. || Lista de personas que son clasificadas según su antigüedad, grado, mérito, ingreso salarial o preparación. || Graduación para medir magnitudes. || Línea recta dividida en partes iguales que representa algún tipo de longitud. || Proporción a que se ajusta un mapa. || Tamaño en que se desarrolla un plan. || En viajes o trayectos, lugar donde se hace parada entre el punto de origen y el de destino. Para ir de San José a Moscú, hice escala en Caracas, Roma y Milán. || Escalera de mano, generalmente de cuerdas. || En música, sucesión de notas.
escala de temperaturas
Manera convencional de graduar un termómetro.