| Term | Definition |
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| acusación formal | Acto procesal mediante el cual el órgano competente —en Costa Rica, el Ministerio Público— presenta ante una autoridad judicial la imputación de la comisión de un delito o acto punible, con el fin de iniciar los procedimientos para determinar la responsabilidad penal. ► principio de imputación. || Acción de poner en conocimiento de una autoridad jurisdiccional la eventual comisión de un hecho sancionable.
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| acusado (a) | Persona contra la que se dirige una acusación. ► acusación. imputado (a). || Que es perceptible más de lo normal. Entró a la sala con acusada desfachatez. |
| acusador (a) | Persona que acusa o dirige la acusación. ► acusación. acusar. || ente acusador. Entidad encargada de formular y presentar una acusación. ► acusación. Ministerio Público. |
| acusar | Atribuir a alguien la comisión de un crimen, delito, falta, contravención, infracción o quebrantamiento de una norma. || Denunciar una conducta contraria a un orden normativo. || Exponer en un proceso los cargos contra la persona acusada y las pruebas existentes. || Informar el recibo de algo. || Señalar a una persona como agente de una acción reprochable. || Señalar la comisión de un hecho reprochable. || Reprender a alguien. || Manifestar un estado físico o psíquico. A la mitad de la carrera, Juan acusaba muestras de cansancio. Después de conocer de aquella muerte, la mujer acusó una fuerte depresión. || Mostrar el efecto de un golpe recibido. Con valentía acusó el golpe. |
| acusar la conciencia | ► conciencia. |
| acusar recibido | |
| acusar recibo | Avisar, anunciar o poner en conocimiento, generalmente de un remitente, de que se ha recibido y conocido el contenido de una carta, oficio, correo electrónico u otro soporte informativo. |
| acusatorio (a) | Perteneciente a la acción de poner en conocimiento de una autoridad jurisdiccional la eventual comisión de un delito y de quién supuesta o posiblemente lo perpetró. ► sistema acusatorio. || Relativo a la imputación de un delito, falta o contravención. |
| acuseta |
Persona que gusta acusar, por lo general con intensiones aviesas.
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| ad causam* | En materia procesal, locución en latín que significa ‘a efectos del proceso específico o concreto’. |
| ad effectum videndi* | Locución en latín que significa ‘a efecto de tenerlo a la vista’. La expresión “ad effectum videndi”, en el ámbito judicial, por lo general se utiliza para pedir, desde algún despacho, un expediente o documento, con el fin de que la autoridad respectiva —usualmente el juez— lo asuma como elemento de convicción para resolver acerca de algo que se pide. |
| ad honórem | Locución latina españolizada que remite a lo que se hace sin retribución o pago. ► pro bono publico. || Dicho de lo realizado solo por la honra. |
| ad látere | Locución utilizada por ‘adlátere’. ► adlátere. |
| ad litem |
Latín que refiere a lo que se vincula con un proceso o pleito judicial.
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| ad portas* | Latín que significa 'en la puerta'. Figurativamente se utiliza para indicar que algo está muy pronto a acaecer. Luis está 'ad portas' de graduarse. || Locución que apunta que una petición se rechaza sin entrar a analizarla. ► rechazo ad portas. |
| ad quem* | Locución latina españolizada que significa “al cual”, “para cual”. Indica el tribunal al cual se recurre contra la resolución del juez inferior, o a quo. ► a quo. || Referido a días, momento resolutorio a partir del cual cesan determinados efectos. El dictado de la sentencia es el diez ad quem de la prisión preventiva. |
| ad solemnitatem* | Locución latina que significa ‘para solemnidad’ y se refiere al requisito de forma que la ley impone para que una resolución o acto jurídicos tengan validez o efecto constitutivo de un derecho. |
| ad valorem* | Locución españolizada que significa ‘según su valor’. ► impuesto ad valorem. |
| adaptación | Adecuación, acomodación o ajuste de algo a otra cosa. || Acción y efecto de amoldar una cosa a otra. || Modificación, giro, cambio o transformación de una obra artística o científica para facilitar o posibilitar su difusión. || Modificación de algo para que realice funciones distintas de aquellas para las que fue hecho. || Habituación a diferentes circunstancias, condiciones o medios. || En biología, proceso por el cual un organismo vivo se acomoda al medio ambiente y a sus cambios. |
| adaptación social | Noción criminológica, sociológica, política y psicológica que se refiere al proceso por el cual una persona, o grupo de ellas, modifica sus modelos, pautas o esquemas de comportamiento para adecuarse a las normas dominantes o vigentes en el medio social en que vive. |
| adaptación, traducción, modificación y compendio sin autorización de obras literarias o artísticas | En Costa Rica, delito que comete la persona que adapte, transforme, traduzca, modifique o compile obras literarias o artísticas protegidas, sin autorización del autor, el titular o el representante del derecho, de modo que pueda resultar perjuicio. |
| adaptar | Adecuar, acomodar o ajustar algo a otra cosa. || Amoldar una cosa a otra. || Hacer que algo realice funciones distintas de aquellas para las que fue hecho. || Modificar o darle forma distinta a una obra artística o científica con el fin de facilitar o posibilitar su difusión. || Acostumbrarse, habituarse o familiarizarse a diferentes circunstancias, condiciones o medios. |
| adecuación |
Ajuste o acomodamiento de una cosa o persona a otra.
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| adecuación de penas | En Costa Rica, procedimiento seguido para que la pena total impuesta a una persona condenada no exceda el límite máximo de 50 años de prisión, cuando existan varias sanciones dictadas en forma separada. |
| adecuado (a) |
Apto, apropiado o acorde a las circunstancias o fines.
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