Term | Definition |
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equipo de trabajo |
Grupo organizado de personas que, bajo una dirección, aportan su fuerza de trabajo, conocimientos y capacidades para la consecución de un objetivo o fin.
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equipo interdisciplinario | En el proceso penal y en relación con peritajes especiales, grupo de expertos que realizan pruebas periciales, psicológicas y médico-legales a víctimas menores de edad o a personas agredidas sexualmente o víctimas de agresión o violencia intrafamiliar. “Lo que se pretende con la conformación de los equipos interdisciplinarios, es impedir la revictimización de las personas ofendidas, concentrando en una misma sesión, las entrevistas que se requieran, y en ese tanto, su eventual incumplimiento carecería de interés para el sentenciado, al no provocársele con ello afectación alguna”. (Sentencia de la Sala Tercera de la Corte, nº 1787 de 09:10 h de 5 de diciembre de 2012). ► peritaje. || Grupo de especialistas en diversas materias, estudios o disciplinas que trabaja para la consecución de un objetivo. |
equipo para pruebas, diagnóstico y/o tratamiento médico |
En Costa Rica, descriptor utilizado por la Sala Constitucional que engloba los fallos que resuelven acerca de los recursos que se interponen ante la denegatoria, por parte de un centro médico, de realizar o suministrar pruebas, diagnósticos o tratamientos clínicos. || Conjunto de instrumentos, artefactos o sustancias aptas para la realización de análisis, dictámenes o procedimientos médicos.
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equis |
Vigésima quinta letra del alfabeto español. > x.
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equivalencia |
Igualdad o paridad en la eficacia, valor, estimación, atribución o categoría de dos o más personas o cosas. || En cuestiones idiomáticas, sinónimo. || Con respecto a lenguas diferentes, traducción cabal. || En geometría, igualdad de áreas o volúmenes de figuras o sólidos.
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equivalente |
Que supone o implica igualdad o paridad en eficacia, valor, estimación, atribución o categoría. || En cuestiones idiomáticas o de traducción, que significa lo mismo o que son muy parecidos en sus significados.
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equivaler |
Ser igual o tener paridad en cuanto a valor, estimación, atribución o categoría. || Contar con igual eficacia o surtir análogo efecto o resultado. || En lo idiomático y en traducción, poderse decir lo uno o lo otro.
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equivocación |
Acción de tomar por correcto o cierto lo que no lo es. || Efecto de tener una cosa por otra. || El resultado de incurrir en error o desacierto. || Consecuencia de un yerro. || Cosa hecha con incorrectamente.
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equivocar |
Tomar por correcto o cierto lo que no lo es. || Tener una cosa por otra. || Incurrir en error o desacierto. || Errar en una decisión. || Hacer que alguien falle, se confunda o yerre. || Parecerse mucho una o varias cosas entre sí. Esos calcetines se equivocan con tus zapatos.
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equívoco (a) |
Que puede ser entendido o interpretado en diversos sentidos. || Ambiguo. || Acción que permite varios juicios o posibilidades de análisis. || Término cuya significación se ajusta a diferentes cosas. Ejemplo de palabras equívocas, cuyo significado determina el contexto, son 'banco', 'merengue' y 'sangría'. || En retórica, figura que consiste en utilizar términos que poseen diferentes significaciones de manera que pueda haber confusión. || > equivocación.
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erario | Tesoro nacional. || Fisco. || Hacienda pública. || Lugar donde se guarda el tesoro público. |
ere |
Erre.
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erga omnes | Locución en latín que, libremente traducida, significa 'frente a todos' o 'para todos'. Se utiliza para referirse a la disposición que afecta a todas las personas y no solo a las involucradas en una situación concreta. Las resoluciones de la Sala Constitucional costarricense tienen carácter 'erga omnes'. ► inter partes. |
ergo | En la argumentación silogística, conjunción ilativa que significa ‘por tanto’, ‘luego’, ‘pues’. |
eritreo (a) |
Propio o natural de Eritrea.
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erogación |
Gasto de dinero. || Pago, desembolso dinerario. || Distribución o reparto de bienes.
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erogar | En Costa Rica, gastar el dinero. || Distribuir o repartir bienes. |
erógeno (a) |
Que produce excitación sexual. || Que es sensible a la excitación sexual. Se ha escrito mucho acerca de las zonas erógenas.
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erótico (a) | Perteneciente o relativo al placer sensual en relación con lo sexual. || Que excita el placer sensual en relación con lo sexual. || Se dice de la expresión artística del amor sexual. || Inclinación grande o impetuosa por el poder, el dinero o la fama. || Se dice del autor que crea a partir del género que toca lo sensual y lo sexual. |
erotismo | Placer sensual en relación con lo sexual. || Cualidad de la creación o representación de contenido sensual en relación con lo sexual. || Expresión estética del amor sexual. |
errar |
Equivocarse, engañarse, confundirse. || No acertar, no atinar. || Incurrir en error. > error. || Andar de una parte a otra sin tener un rumbo o destino determinado. || Dejar volar la imaginación.
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errar el tiro |
> tiro.
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erre | Nombre de la decimonovena letra del alfabeto español. ► r. || erre doble. Nombre del signo ortográfico rr. |
error | Vicio del consentimiento que se produce por un juicio equivocado de buena fe. El error, eventualmente, puede anular un acto jurídico, si afecta su objeto o algún elemento esencial. || En derecho penal, desconocimiento, conocimiento errado o falsa representación de alguno o de todos los elementos del delito. ► delito. || Criterio falso. || Juicio equivocado. || Asunción de un concepto que diverge de la verdad, o de la realidad, sin que exista intención de mentir. || Discordancia entre lo que se cree y la realidad de los hechos o cosas. || Inadecuada representación intelectiva de la realidad. || Conducta equivocada. || Acción incorrecta o improcedente. || Cosa que se hace de forma contraria a como se debía. || Diferencia entre un resultado y la previsión que se tenía como cierta. |
error como causa de inculpabilidad | Juicio equivocado, criterio falso o conocimiento errado que elimina la reprochabilidad de la actitud subjetiva del autor ante el hecho antijurídico. ► antijuridicidad. delito. error de prohibición. inculpabilidad. reprochabilidad. |