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Term Definition
divulgación de secretos

Delito contra el ámbito de intimidad, que reprime a quien teniendo noticias de un secreto, cuya difusión o manifestación pueda causar daño, las revele sin justa causa. En la divulgación de secretos, el conocimiento ha de venir del estado, oficio, empleo, profesión o arte del autor. La conducta se agrava si el que realiza el hecho es funcionario público o profesional; en este caso, puede también imponerse pena de inhabilitación para el ejercicio de cargos y oficios públicos o de profesiones titulares. secreto (a). || Delito que comete el funcionario público que revele, descubra o manifieste hechos, actuaciones o documentos que legalmente deben quedar vedados al conocimiento público.

divulgar
Poner de manifiesto o exponer algo al público. || Hacer pública alguna situación. || > propalar.
doblar

Aumentar algo en el doble de lo que era; duplicar. || Volver o aplicar una parte sobre otra parte de un todo. Doblar la hoja del libro. Doblar la carta.  || Torcer algo de manera que se le da forma curva. || Tener el doble de edad que alguien o algo. || Someter a alguien, mediante fuerza o convencimiento, a que considere o haga lo contrario a lo que piensa o normalmente realiza. || Cambiar la dirección que se trae al llegar a una esquina o intersección. Al llegar al cruce, doblá a la derecha. || En asuntos cinematográficos, televisivos, radiales, de video o escénicos, sustituir la voz y el decir de quien interpreta a otra lengua o, en ocasiones, a la misma. || En cine o televisión: Sustituir al actor o a la actriz en determinadas escenas, por alguien de características físicas similares. || En relación con campanas, tocar a muerto. || En ajedrez, colocar en una columna, dos peones, o más, del mismo jugador.

doblar la cabeza
> cabeza.
doble

Dos veces la cantidad o cosa con la que se relaciona. Doble esfuerzo. Doble trabajo. || En operaciones bursátiles: Compra o venta de valores, al contado, y reventa o recompra, a corto plazo. || Que comprende dos términos o elementos semejantes. Con tu llegada hay una doble alegría: los obsequios y tu presencia. || Se dice de la cosa que se acompaña de otra semejante para la consecución de un objetivo. Una doble cadena para las llantas del vehículo. || En relación con la personalidad: insincera, hipócrita, falsa. || En relación con campanas: Toque por los muertos. || En determinadas escenas de producciones cinematográficas, televisivas o escénicas, persona que sustituye al actor o de la actriz.

doble barra de final
En música, signo que indica el final de una partitura.
doble barra vertical
> barra doble vertical.
doble conformidad
> principio de doble conformidad.
doble erre
> erre.
doble instancia

Principio que consigna el derecho a recurrir un fallo judicial ante un juez o tribunal superior. ► derecho a recurrir el fallo. segunda instancia. || En la administración judicial y la Administración pública, existencia de un nivel o grado superior ante el cual se puede recurrir una resolución.

doble nacionalidad

Posesión, por parte de una misma persona, de los derechos y deberes políticos, civiles y jurídicos de dos países. || Estatus político, civil y jurídico de la persona que es reconocida como natural, a un tiempo, por dos o más países.

doble representación

Falta penal y ética que comete el abogado o mandatario judicial que, después de haber asistido o representado a una parte, asume sin el consentimiento de esta, simultánea o sucesivamente la defensa o representación de la contraria en la misma causa. abuso de la profesión de abogado (a). intereses contrapuestos. patrocinio infiel.

doble salario

Fórmula que indica la situación en la que se percibe más de un salario por el desempeño simultáneo de más de un cargo remunerado en la Administración pública. En Costa Rica, en general, existe prohibición legal de percibir doble salario. ► salario.

doble tracción
> tracción.
doble u
Vigésima cuarta letra del alfabeto español. > w.
doble v
Vigésima cuarta letra del alfabeto español. > w.
doble valoración
En derecho penal, valorar nuevamente elementos ya considerados por el legislador en el tipo penal.> prohibición de doble valoración. || Valorar dos veces.
doble valoración

En derecho penal, valorar nuevamente elementos ya considerados por el legislador en el tipo penal. ► prohibición de doble valoración. || Valorar dos veces.

docencia
Práctica y ejercicio de quien se dedica a enseñar.
docente

Que pertenece, concierne o es relativo a la enseñanza. carrera docente. || Que enseña. || Dicho de la persona que se dedica a enseñar. servidor docente (a). || Profesor, maestro, educador.

doctrina

Idea u opinión de uno o más autores acerca de un asunto determinado. “El apoyo doctrinal sustenta el razonamiento del tribunal, mas no lo sustituye. Una sentencia que se sustentara únicamente en citas doctrinarias, sin relacionarlas con la normativa aplicable y sin partir de los hechos acusados, no puede considerarse adecuadamente fundamentada, mas no sucede así en el caso bajo examen. Si bien la doctrina no es fuente de producción del derecho, sí es una fuente de información. Como en cualquier disciplina, quien se dedique al ejercicio del derecho, más aun, quien tenga la función de administrar justicia, ha de estar informado sobre las diferentes corrientes doctrinarias, independientemente de que las comparta o no lo haga. El estudio dedicado sobre un tema ha permitido en algunos casos enmendar errores en la aplicación de una norma, lo que en modo alguno significa inseguridad o falta de certeza jurídica. La información que a través del estudio de la doctrina se obtiene ha de ponderarse a la luz del propio ordenamiento y del dinamismo de la realidad a la que serán aplicadas, y en modo alguno es pertinente aquella que violenta el contenido de la norma. En el presente caso el fallo enuncia varias posiciones doctrinarias en cuanto a la autoría, para terminar reforzando con una de ellas la solución dada al caso. El apoyo doctrinario de ninguna manera debe sustituir el razonamiento del tribunal, sino complementarlo, como se realizó en este caso”. (Sala Tercera, N.º 820 de 11:25 h de 18 de setiembre de 2003). || Conjunto de saberes, criterios y razonamientos que es sustentado por una persona o por un grupo de ellas. || Idea, norma o principio del que se parte para la acción. || Conjunto de creencias. La doctrina cristiana. || Sistema o norma científica. || Paradigma o método particular. || Enseñanza, instrucción, saber que se le da a alguien.

doctrina de la evolución de las capacidades volitivas de las personas menores de edad

Idea que sostiene que las personas menores de edad, conforme crecen, van alcanzado mayor madurez, de manera que debe aumentar también su intervención, o su poder de decisión, en los asuntos donde se vean afectados sus intereses.

doctrina de los actos propios
> intangibilidad de los actos propios.
doctrina de protección integral de la persona menor de edad

Conjunto de políticas y programas que busca proteger y salvaguardar, de una forma armónica y completa, a niños, niñas y adolescentes. ► protección integral de la persona menor de edad.

doctrina del levantamiento del velo social

Expresión sinónima de ‘teoría del levantamiento del velo social”. teoría del levantamiento del velo social.