| Term | Definition |
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| acostar |
Tender o colocar a alguien o algo en posición horizontal. Acueste al herido para revisarlo. Acueste la viga en esos soportes. || Tender a alguien en posición horizontal para que descanse, duerma o se recupere. Voy a acostar a los niños. || Arrimar o aproximar una cosa a otra. Acueste ese saco en la esquina. || Tener relaciones sexuales. || En asuntos de marinería, llegar a la costa.
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| acostarse | Tenderse o colocarse en posición horizontal. || Tenderse en posición horizontal para descansar, dormir o recuperarse. || Mantener relaciones sexuales. || En vehículos o naves, inclinarse por razones de fuerza física. En esa curva el carro tiende a acostarse. || acostarse con las gallinas. ► gallina. |
| acreditación | Acción y resultado de dar crédito, seguridad o fe de lo dicho o hecho por alguien. || Confirmación de la verdad de una circunstancia, acontecimiento o hecho. || Prueba o evidencia de lo que se tiene por demostrado. El caso estaba tan claro que no era necesaria mayor acreditación. || Documento que testimonia que una persona tiene atribuciones para desempeñar determinado cargo o realizar determinada función. ► credencial. |
| acreditado (a) | En materia comercial, mercantil o financiera, persona, física o jurídica que pacta u obtiene un crédito. || Persona que está autorizada para representar o actuar en nombre de otra. La embajadora acreditada en Moscú es una excelente funcionaria. || Que tiene una fama o reputación determinada. |
| acreditante | En materia comercial, mercantil o financiera, persona, física o jurídica que concede un crédito. || En derecho internacional, se dice de quien expide las cartas credenciales. El Estado acreditante no fue lo suficientemente expedito. ► cartas credenciales. || Quien da credibilidad o demuestra la autenticidad de algo. |
| acreditar |
Dar crédito, seguridad o fe del dicho de alguien. || Confirmar como cierta una circunstancia, acontecimiento o hecho. || Probar; tener por demostrado. || Dar testimonio documental de que una persona tiene atribuciones para determinada función. || En materia comercial, abonar.
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| acreedor (a) | Persona que tiene derecho a pedir el cumplimiento de una deuda u obligación. || Quien es beneficiario de una obligación legalmente contraída a su favor por otra persona. || El que es merecedor de algo. Así como Juan es acreedor del aplauso, Julio es acreedor de la más agria crítica. |
| acreedor alimentario legal (a) | Persona a la que la ley le confiere el derecho a exigir lo necesario para subsistir a quien, en virtud de parentesco consanguíneo, matrimonio o divorcio, está obligado a ello. Según el caso, los padres o los hijos pueden ser acreedores alimentarios legales. |
| acreedor común (a) | Acreedor quirografario o simple. ► acreedor quirografario (a). |
| acreedor con privilegio especial (a) | El que tiene primacía sobre otros acreedores para percibir su crédito, pero únicamente sobre determinados bienes. |
| acreedor con privilegio general (a) | El que tiene primacía sobre otros acreedores para percibir su crédito sobre la generalidad de los bienes del deudor. |
| acreedor de la herencia (a) | |
| acreedor de la masa (a) | El que surge después de la declaración de una quiebra. |
| acreedor del heredero (a) | Acreedor del que heredó. No hay que confundir el acreedor del heredero con el acreedor hereditario. |
| acreedor del quebrado (a) | El que tiene un crédito con anterioridad a la declaración de una quiebra. ► quiebra. |
| acreedor escriturario (a) | El que tiene un crédito que consta en escritura pública. ► escritura pública. |
| acreedor hereditario (a) | O acreedor de la herencia. Acreedor del causante de una sucesión que, por no haber cobrado en vida del deudor, reclama el pago a los herederos. |
| acreedor hipotecario (a) | |
| acreedor mancomunado (a) | El que en unión de otro, tiene un crédito contra uno o varios deudores. |
| acreedor ordinario (a) | |
| acreedor pignoraticio (a) | |
| acreedor prendario (a) | Persona a quien se le da una cosa, con carácter de mera posesión, en prenda —como forma de asegurar el crédito— para que una vez satisfecha la deuda, la devuelva. |
| acreedor privilegiado (a) | Persona con un derecho, en caso de que los bienes del obligado sean insuficientes, a que su crédito sea preferido o se anteponga al de otros. En algunas legislaciones, el Estado es acreedor privilegiado en lo que respecta a impuestos vencidos y no pagados. |
| acreedor propietario (a) | Acreedor que tiene acción real sobre una cosa de la cual ya posee el dominio. ► acreedor privilegiado (a). |
| acreedor quirografario (a) | O acreedor común o simple. El que únicamente posee un documento privado en el que consta la deuda. El acreedor quirografario carece de privilegios para el cobro de lo que se le adeuda. |