| Term | Definition |
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| daño indirecto | Aquel que surge, en la cadena de causalidad, posteriormente en tiempo o espacio a la comisión del hecho que generó el perjuicio. Se presenta aun cuando su producción fue ajena a la intención o previsión del responsable. El trauma psicológico que sufrió la hija de la víctima fue un daño indirecto. ► daño directo. |
| daño inminente | El que con certeza se espera que ocurra. Ante el aviso de invasión armada el daño es inminente. |
| daño irreparable | Aquel que una vez ocurrido no es posible enmendarlo, corregirlo o mitigarlo. El dragado del río provocó daños ambientales irreparables. |
| daño material | El que incide sobre las cosas o bienes materiales que conforman el patrimonio de la persona. || El que provoca perjuicio corporal cuyo menoscabo puede ser valorado económicamente. |
| daño material derivado de hecho punible | El que comprende el menoscabo o lesión corporal, la disminución pecuniaria o los beneficios patrimoniales dejados de percibir, como consecuencia de un delito. || Perjuicio corporal como consecuencias de un hecho delictivo. ► daño material. |
| daño material derivado de relación laboral | Menoscabo, pérdida o detrimento patrimonial acaecido en el ámbito de un vínculo de trabajo caracterizado por una prestación personal remunerada y subordinada. |
| daño material emergente | El que incide sobre las cosas o bienes materiales, que conforman el patrimonio de la persona, como consecuencia directa de un delito, o del incumplimiento de contrato o de una acción u omisión negligente.
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| daño moral | Lesión incorporal y extrapatrimonial que sufre una persona en su honor, dignidad, reputación, afectos, sentimientos o intereses de orden inmaterial. El daño moral “[...] proviene de la lesión a un derecho extrapatrimonial. Sea, no repercute en el patrimonio de manera directa. Supone una perturbación injusta de las condiciones anímicas. No requiere de una prueba directa y queda a la equitativa valoración del juez”. (Sala Primera, N.° 537 de 10:40 h de 3 de septiembre de 2003). |
| daño moral derivado de hecho punible | Lesión incorporal y extrapatrimonial que sufre una persona en su honor, dignidad, reputación, afectos, sentimientos o intereses de orden inmaterial con motivo de una acción delictiva. ► daño moral. |
| daño moral derivado de relación laboral | Lesión incorporal y extrapatrimonial procedente de un vínculo de trabajo caracterizado por una prestación personal remunerada y subordinada. || Daño irrogado por abusos del derecho de la persona empleadora, quien en el ejercicio de la potestad disciplinaria se excede y causa un daño distinto a los efectos naturales del despido justificado. El daño moral derivado de relación laboral se da, “por ejemplo, [cuando se provoca] un sufrimiento adicional al despido que el trabajador no está obligado a soportar, ya sea porque le afecte en su imagen personal o profesional mediante algún medio de comunicación, señalando que el trabajador fue despedido por robo, sin que sea cierto, o que no le recomienda por ser un mal trabajador o se refiere a cualquier aspecto relacionado con la intimidad de la persona, entre otros supuestos. También cuando, además de despedirlo con justa causa, ejerce maltrato físico o verbal contra este, humillándole frente a los demás trabajadores u otra clase de público, faltando así al principio de buena fe que debe regir aun en el momento del ejercicio de la potestad disciplinaria. En cualquiera de esas hipótesis, el daño sería por excesos en las potestades del empleador y aflicción en la psiquis del empleado, […]”. (Sala Segunda, N.º 173 de 10:25 h de 10 de febrero de 2017). |
| daño moral en el recurso de amparo | En Costa Rica, lesión incorporal y extrapatrimonial que sufre una persona en su honor, dignidad o intereses de orden inmaterial, ante el menoscabo indebido de un derecho constitucionalmente consagrado —salvo los que sean conocidos por el recurso de habeas corpus—, que puede ser reconocida en la jurisdicción constitucional. ► recurso de amparo. recurso de habeas corpus. |
| daño moral en el recurso de hábeas corpus | En Costa Rica, lesión incorporal y extrapatrimonial que sufre una persona en su honor, dignidad o intereses de orden inmaterial, ante el menoscabo indebido, por parte de la Administración, de la libertad ambulatoria, salida e ingreso del territorio nacional o la integridad física, y que puede ser reconocida en la jurisdicción constitucional. ► recurso de amparo. recurso de habeas corpus. |
| daño moral en materia de familia |
Lesión incorporal y extrapatrimonial procedente de un vínculo establecido por relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran, o integrarán, una familia, entre sí y respecto de terceros.
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| daño moral en materia laboral | |
| daño moral objetivo | Lesión extrapatrimonial que genera consecuencias económicamente mesurables. El imputado difamó a su dentista y por ello ese profesional perdió su clientela; se configuró un daño moral objetivo. |
| daño moral subjetivo | O de afectación. El que se produce cuando hay lesión extrapatrimonial que no repercute en el caudal de la persona afectada y supone una perturbación injusta en las condiciones anímicas del individuo. “Respecto al daño moral, que reprocha el actor, conviene en primer término señalar, que la jurisprudencia nacional, ha sido constante en sostener, que si bien en esta clase de procesos, el juez debe apreciar las pruebas en los términos establecidos en la legislación procesal, lo cierto es también, que la única excepción en cuanto a la prueba, lo es lo relativo al daño moral subjetivo (que incluye la imagen y el honor personal), pues este no requiere prueba directa, como lo ha hecho ver el juez de instancia en su resolución de fondo”. “El daño moral subjetivo se refiere a aquella perturbación injusta en la psique del sujeto afectado, que incide negativamente en su aspecto emocional”. (Tribunal Contencioso Administrativo, Sección I, N.° 347 de 09:45 h de 7 de julio de 2010). ► daño al proyecto de vida. || Afectación negativa de las condiciones anímicas del sujeto. |
| daño moral y material derivados de detención o medida cautelar | Menoscabo, a los bienes morales o patrimoniales, devenido de una aprehensión o un sometimiento ilegal a una medida cautelar impuesta por una actuación arbitraria, o con culpa grave, de un funcionario público. ► medidas cautelares. medidas cautelares en materia penal. |
| daño moral y material derivados de la actuación administrativa | |
| daño moral y material derivados de prisión | Lesión producida a los bienes, morales o patrimoniales, de una persona a quien se le haya sometido a privación de libertad y luego es sobreseída o absuelta, con plena demostración de inocencia. |
| daño moral y material derivados de prisión o detención | |
| daño moral y material derivados de privación de libertad | Aquellos daños procedentes o surgidos de una captura, aprehensión, arresto o encarcelamiento ilegal. ► daño moral y material derivados de detención o medida cautelar. daño moral y material derivados de prisión. responsabilidad civil derivada de prisión o detención ilegal. |
| daño necesario | Perjuicio derivado, de manera forzosa, de la conducta dañina. Es modo de daño indirecto. ► daño indirecto. |
| daño negativo | |
| daño o destrucción de patrimonio arqueológico | En Costa Rica, daño perpetrado contra muebles o inmuebles producto de culturas indígenas anteriores o contemporáneas al establecimiento de la conquista española en América, así como a los restos humanos, flora y fauna relacionados con estas culturas. ► monumento arqueológico. |
| daño particular |
Perjuicio que afecta, en concreto, a la víctima, sin tomar en cuenta al resto de la sociedad. El robo produce un daño particular.
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