| Term | Definition |
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| conciliación laboral judicial | En Costa Rica, procedimiento de solución de conflictos laborales que se realiza dentro de un proceso judicial y que, según el caso, lo pueden llevar a cabo juzgados y tribunales de diferente cuantía; en conflictos individuales y colectivos; en procesos ordinarios de trabajo, en procedimientos de riesgos del trabajo y en procedimientos de carácter económico-social. ► conciliación laboral. |
| conciliación y mediación en asuntos de familia | En Costa Rica, fórmula que aúna los mecanismos de la conciliación y de la mediación en asuntos concernientes a alimentos, tenencia de personas, visitas, gananciales, separaciones o divorcios. ► conciliación extrajudicial en asuntos de familia. mediación. |
| conciliador (a) | En materia de resolución alterna de conflictos, tercero imparcial facultado para conocer los asuntos que las partes voluntariamente someten a conciliación. ► conciliación. resolución alterna de conflictos. || Dicho de una persona: Tercero imparcial que en un conflicto concilia para que las partes, por sí mismas, resuelvan el problema. || Persona que es propensa a gestionar la resolución de conflictos. || Que facilita la resolución de un pleito o problema. |
| conciliar 1 | Dicho de las partes enfrentadas en un conflicto: Gestionar por ellas mismas, con el auxilio de un tercero calificado e imparcial, la resolución del problema. || Acordar, entre partes, para que se evite un pleito o para que se abandone y finalice el iniciado. || Ajustar las voluntades de quienes se encuentran enfrentados. || Armonizar las proposiciones, ideas o doctrinas que son o parecen contrarias. || Favor u hostilidad que alguien se consigue. Su pensamiento dio pie a la conciliación de odios contra él. || Acuerdo entre partes litigantes para evitar la prosecución de un proceso judicial o evitarlo. ► conciliación 1. |
| conciliar 2 | En la Iglesia católica, lo relativo o perteneciente al concilio. ► concilio. || Dicho de la persona que asiste a un concilio. |
| concilio | Congreso, junta o reunión que se realiza para tratar un asunto determinado. || En la religión católica, congreso de los obispos para decidir acerca de dogmas y disciplina. |
| concilio ecuménico | En la Iglesia católica, junta de obispos de todos los Estados, legítimamente convocados. |
| concluir | En el debate, poner fin a las razones o alegatos, por no tener más que decir ni exponer. || Terminar, finalizar o acabar alguna cosa. || Decidir acerca de algún asunto. La jueza no ha concluido acerca de la apelación presentada. || Derivar o deducir a partir de la consideración del contexto o de las circunstancias. Del análisis del texto se pudo concluir que el autor del anónimo era Perencejo. || Llegar a su fin una cosa. La película concluyó con un final feliz. |
| conclusión | Derivación o deducción realizada a partir de la consideración del contexto o de las circunstancias. || En el debate, finalización de lo que se expone en virtud de no tener más que exponer. || Decisión tomada acerca de algún asunto. || Afirmación conclusiva. || Proposición derivada o deducida de premisas. || Término, finalización o acabamiento. || en conclusión. En definitiva; a manera de resumen. |
| conclusión del debate | Finalización de la etapa donde las partes exponen al tribunal la comprobación de su teoría del caso, hacen un análisis de las pruebas existentes y derivan o concluyen cómo y cuál ha de ser la resolución de lo debatido. ► conclusiones del debate. |
| conclusiones del debate | En materia procesal, etapa donde las partes exponen al tribunal la comprobación de su teoría del caso, hacen un análisis de las pruebas existentes y derivan o concluyen cómo y cuál ha de ser la resolución de lo debatido. ► teoría del caso. || Conjunto de derivaciones o deducciones, a partir de la consideración del contexto o de las circunstancias, que las partes realizan en la audiencia judicial en la que terminan sus alegatos. || Cada una de las afirmaciones conclusivas con las que las partes terminan su participación en una audiencia. |
| conclusiones del debate en el proceso contencioso administrativo | |
| conclusiones del debate en el proceso contencioso-administrativo | Etapa donde —en un proceso incoado para el conocimiento y resolución de conflictos jurídicos producidos entre el particular y la Administración, cuando esta realiza actos de poder o autoridad— las partes exponen al tribunal la comprobación de su teoría del caso, hacen un análisis de las pruebas existentes y derivan o concluyen cómo y cuál ha de ser la resolución de lo debatido. ► teoría del caso. |
| conclusivo (a) | Se dice de lo que concluye o finaliza. || Que sirve para terminar o acabar algo. |
| concomitante |
Que actúa conjuntamente y en el mismo sentido con otra cosa.
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| concordancia | Relación o correspondencia entre una cosa con otra. || Ajuste entre personas o cosas. || Igualdad o semejanza. || En gramática, congruencia o conformidad de accidentes morfológicos o sintaxis entre las partes de una oración. |
| concordancia vizcaína | Relación gramatical incorrecta o defectuosa. |
| concordar | Relacionar o corresponder una cosa con otra. || Poner de acuerdo. || Ajustar a personas o cosas. || Igualar, semejar. || En gramática, estar en concordancia una unidad gramatical con otra. |
| concordato | Acuerdo entre los acreedores —generalmente quirografarios— y el concursado o quebrado, mediante el cual los primeros otorgan al segundo facilidades para que pueda realizar el pago de las deudas. ► acreedor quirografario (a). concursado (a). quebrado (a) 1. quirografario (a). || Tratado que se celebra entre un Estado y la Santa Sede, concerniente a asuntos eclesiásticos. || En general, tratado o convenio. |
| concubinato | Situación familiar y marital en la que dos personas conviven sin estar casadas entre sí. |
| concubino (a) | Aquel que convive maritalmente con otro sin estar casado. || Persona que vive con otra cual si fuera el cónyuge, pero sin que medie matrimonio civil o eclesiástico. |
| concurrencia | Coincidencia de personas, sucesos, circunstancias o cosas diferentes. || Acaecimiento, simultáneo o temporalmente próximo, de hechos que tienen relación entre sí. || Convergencia en una misma persona ciertas cualidades o circunstancias. || Grupo de personas que asisten a un acto o reunión. || Participación en alguna actividad. || Contribución dineraria. || Acción y resultado de ser de una misma opinión o parecer. |
| concurrir | Coincidir, a un tiempo, personas, sucesos, circunstancias o cosas diferentes. || Acaecer, simultánea o temporalmente próximos, hechos que tienen relación entre sí. || Converger en una misma persona cualidades o circunstancias. || Contribuir con dinero. || Ser de una misma opinión o parecer. |
| concursado (a) | Deudor en estado de insolvencia y declarado en concurso de acreedores. ► concurso de acreedores (as). |
| concursar | Declarar el estado insolvencia. ► concurso de acreedores (as). insolvencia. || Participar en una prueba o competencia. || Tomar parte en una competencia u oposición entre los aspirantes a realizar una obra o dar un servicio, para que se escoja la mejor oferta. |