| Term | Definition |
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| balear 1 | Herir o matar con balas. || Disparar balas. |
| balear 2 | Relativo a las islas Baleares. |
| balística |
Ciencia o técnica que estudia y calcula el movimiento y los efectos de los proyectiles expelidos por arma de fuego.
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| baliza |
Señal o marca terrestre, acuática o aérea que sirve para orientar.
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| balizamiento |
Acción y efecto de señalar o marcar. || Grupo de balizas, marcas o señas.
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| balizar |
Señalar pistas para aviones, rutas terrestres o marcar puntos determinados en las aguas.
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| balotaje |
En elecciones, segunda vuelta que se realiza entre los dos candidatos con mayor votación, cuando no se logra el porcentaje legal necesario para determinar un vencedor.
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| bañar | Limpiar el cuerpo con agua y alguna cosa que elimine la suciedad. || Sumergir el cuerpo o alguna cosa en un líquido. || Referido al agua de un río, del mar, etc. tocar una costa, edificación o poblado. El mar Caribe baña la costa noreste de Costa Rica. El lago Lemán baña las bases del castillo de Chillon. San Miguel, La Virgen y Puerto Viejo son bañados por el río Sarapiquí. |
| bañazo | En Costa Rica, situación ridícula. La forma en que llegó vestido a la cena fue un bañazo. || En Costa Rica, conducta risible o ridícula. Juan quiso aparentar que sabía mucho y reflejó que lo ignoraba todo: fue un bañazo. || En Costa Rica, persona ridícula. Wilson no hace más que llorar por todo; es un bañazo. |
| banca 1 | Actividad o comercio consistente en operaciones financieras que los bancos realizan. ► banco 1. || Conjunto de entidades bancarias. || En juegos de naipes, quien lleva la baraja. |
| banca 2 | Asiento simple, por lo general de madera o metal, con respaldo, en el que varias personas se pueden sentar. || En los deportes, conjunto de jugadores suplentes de un equipo. || En los deportes, lugar en que están los jugadores suplentes del equipo. |
| banca central | |
| banca estatal | Sistema de entidades bancarias de derecho público que pertenecen al Estado o a sujetos públicos. || En Costa Rica, conjunto de bancos conformados como instituciones autónomas de derecho público, con personería jurídica propia e independencia administrativa. En materia de gobierno, se encuentran sujetos a lo que la ley establece y deben actuar en colaboración con el Poder Ejecutivo. || En Costa Rica, sistema bancario integrado por el Banco Central de Costa Rica, el Banco de Costa Rica, el Banco Crédito Agrícola de Cartago, el Banco Nacional de Costa Rica y el Banco Popular y de Desarrollo Comunal. |
| banca privada | Conjunto de bancos o entidad financiera, cuyos propietarios son sujetos privados. || Servicio que entidades financieras prestan, consistente en asesorar acerca de la manera de optimizar las inversiones de grandes capitales o patrimonios. Servicio de la banca privada es la gestión de patrimonios. |
| bancada | En Costa Rica, conjunto de diputados de un mismo partido. |
| bancario (a) |
Relativo a los bancos o a sus actividades.
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| bancarrota | Situación económica en la que una persona física o jurídica se ve imposibilitada de continuar su actividad financiera. || Ruina, generalmente económica. || ► quiebra. |
| banco 1 | Empresa o establecimiento financiero que realiza y regula operaciones monetarias, de intermediación, de comercio y de ahorro y crédito. || Entidad mercantil que negocia con dinero. |
| banco 2 | Asiento sin respaldar. |
| Banco Anglo Costarricense | En Costa Rica, banco que perteneció al Sistema Bancario Nacional. Se fundó en 1863 como entidad privada. El capital inglés y costarricense dio pie a su nominación. Fue el primer banco que estableció en el país el cheque como medio de pago. Por un tiempo emitió sus propios billetes. En 1948 se expropiaron y pagaron legalmente sus acciones, y el Estado toma posesión de él. En 1994 cierra. El motivo que dio el Gobierno para el cese de operaciones fue la acumulación de grandes pérdidas, debido a inversiones desacertadas en bonos de la deuda externa venezolana. |
| banco central | El que en una nación ejecuta la política monetaria. |
| Banco Central de Costa Rica | En Costa Rica, organización financiera que se encarga de la ejecución de la política monetaria del país, así como de la emisión y administración de los billetes. Tiene como cometido mantener la estabilidad interna y externa de la moneda nacional y asegurar su conversión a otras monedas. Asimismo, debe procurar la promoción del desarrollo de la economía a fin de lograr la ocupación plena de los recursos productivos, además debe gestionar la eficiencia del sistema de pagos internos y externos y mantener su normal funcionamiento. |
| Banco Centroamericano de Integración Económica | Entidad financiera, creada en 1960, de carácter internacional, cuyo objetivo es la promoción de la integración económica y desarrollo económico y social de los países centroamericanos, por medio del impulso y tratamiento del territorio y sus recursos. Los países fundadores son Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua y Costa Rica. |
| banco comercial estatal | En Costa Rica, entidad financiera que integra el Sistema Bancario Nacional. Se constituye como institución autónoma de derecho público, con personería jurídica propia e independencia en materia de administración, y con responsabilidad propia en la ejecución de sus funciones, emanadas de sus juntas directivas, cuyos miembros están obligados a actuar conforme con su criterio en la dirección y administración, acorde con las disposiciones constitucionales, legales reglamentarias y técnicas. ► banca estatal. |
| banco cooperativo | En Costa Rica, entidad bancaria, parte del Sistema Bancario Nacional que puede efectuar operaciones, autorizadas por las leyes y reglamentos, con los bancos comerciales del Estado y las asociaciones cooperativas costarricenses. Con relación a los demás particulares, el Estado y sus instituciones, los bancos cooperativos pueden llevar a cabo todas las operaciones que las leyes y reglamentos permitan a los bancos de capital privado. Para la constitución y funcionamiento de un banco cooperativo deberán concurrir, al menos, diez asociaciones cooperativas costarricenses, sean económica, financiera y administrativamente solventes y que paguen la cuota de aportación. |