Term | Definition |
---|---|
tribuna | Plataforma, estrado o tarima desde donde un orador se dirige al público. || Plataforma elevada, tarima o tablado, dispuesto generalmente al aire libre, destinado al público de alguna actividad. || Figurativamente, cualquier espacio desde el cual alguien se dirige a un público. A ese periodista su diario le da tribuna cada semana. Al permitir hablar al reo, le dieron una tribuna que jamás imaginaron. |
tribunal | Juez o conjunto de jueces que administra justicia en un proceso o instancia. || Sitio donde los jueces administran justicia. || Conjunto de personas que dictan una sentencia, sea judicial o administrativa. Tribunal administrativo de transporte. || Conjunto de profesores ante quien se rinde un examen. Mi tribunal de tesis estuvo integrado por magníficos docentes. |
Tribunal Administrativo de Transporte | En Costa Rica, órgano adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, encargado de decidir acerca de asuntos referentes a la tramitación de cuestiones relativas al transporte remunerado de personas. Goza de desconcentración e independencia funcional, administrativa y financiera. La finalidad del Tribunal Administrativo de Transporte es garantizar la eficiencia en materia de trámites. |
Tribunal Agrario | En Costa Rica, despacho judicial que resuelve en alzada lo dictado por los juzgados agrarios; conoce de los impedimentos, excusas y recusaciones de sus jueces propietarios y suplentes y de los conflictos de competencia en materia agraria, cuando no corresponda a otro tribunal. En Costa Rica, el tribunal agrario conoce los recursos que se interpongan contra las resoluciones del Instituto de Desarrollo Agrario, dictadas en materia de su competencia. ► juzgado agrario. || Despacho encargado de conocer asuntos concernientes al derecho agrario. ► derecho agrario. |
Tribunal Ambiental Administrativo | En Costa Rica, órgano desconcentrado del Ministerio del Ambiente y Energía con competencia exclusiva e independencia funcional en el desempeño de sus atribuciones. Conoce y resuelve, en sede administrativa, las denuncias establecidas contra todas las personas, públicas o privadas, por violaciones a la legislación tutelar del ambiente y los recursos naturales; tramita y resuelve, de oficio o a instancia de parte, las denuncias referentes a comportamientos activos y omisos que violan o amenazan violar las normas de la legislación tutelar del ambiente y los recursos naturales; establece, en vía administrativa, las indemnizaciones que puedan originarse en relación con los daños producidos por violaciones de la legislación tutelar del ambiente y los recursos naturales. Las resoluciones del Tribunal Ambiental Administrativo no se pueden recurrir y dan por agotada la vía administrativa. |
Tribunal Ambiental Internacional |
Tribunal regional, establecido en determinadas zonas geográficas, conformado de acuerdo con tratados de integración supranacional, el cual se encarga de resolver acerca de asuntos concernientes a la protección del ambiente y del desarrollo sostenible.
|
tribunal arbitral | El conformado por árbitros —de derecho, equidad o amigables componedores— previamente designados por convenio escrito de las partes, para que resuelvan las controversias relacionadas con el contrato o relación jurídica que someten a arbitraje. Podrán someterse a un tribunal arbitral las controversias de orden patrimonial, presentes o futuras, pendientes ante los tribunales comunes o no, fundadas en derechos respecto de los cuales las partes tengan plena disposición y sea posible excluir la jurisdicción de los tribunales comunes. ► amigable componedor (a). arbitraje. arbitraje de derecho. arbitraje de equidad. árbitro (a). |
tribunal colegiado | Tribunal integrado por tres o más jueces o árbitros. ► tribunal unipersonal. |
tribunal constitucional | El encargado de resolver asuntos referidos a las consultas acerca de la constitucionalidad de una norma o disposición, los recursos de inconstitucionalidad, los recursos de amparo y los recursos de hábeas corpus. Parte del quehacer de un tribunal constitucional es servir como tribunal de garantías constitucionales. ► Sala Constitucional. |
Tribunal Contencioso Administrativo | En Costa Rica, despacho judicial que conoce lo referente a los procesos contencioso-administrativos, así como los civiles de Hacienda y ejecuciones de sentencia. Decide acerca de los asuntos donde existe un interés directo del Estado o de otra Administración pública, cualquiera que sea su carácter; del recurso de apelación contra sentencias o autos con carácter de sentencia dictados por los juzgados de lo contencioso administrativo y civil de hacienda contra las cuales cabe recurso de casación; de los recursos de alzada contra cualquier otra resolución dictada por el juzgado de la materia; de la impugnación a ciertos acuerdos municipales y de los impedimentos y las excusas y recusaciones de sus jueces propietarios o suplentes. ► contencioso administrativo. |
tribunal de apelación penal | Tribunal penal que resuelve los recursos de apelación interpuestos contra resoluciones de un tribunal inferior. ► recurso de apelación. || En Costa Rica, despacho judicial que tiene a su cargo el conocimiento de la materia penal, conformado por secciones independientes integradas por tres jueces, el cual conoce el recurso de apelación contra sentencias dictadas por los tribunales unipersonales y colegiados de juicio; de los impedimentos, excusas y recusaciones de sus integrantes; de los conflictos de competencia entre tribunales de juicio de su circunscripción territorial y de los recursos de apelación en la jurisdicción especializada de lo penal juvenil. El tribunal de apelación penal es competente para revisar la valoración de la prueba que el tribunal de juicio hizo. ► debate. recurso de apelación. recurso de apelación en materia penal. tribunal de juicio. |
tribunal de apelaciones de lo contencioso administrativo y civil de hacienda | Despacho judicial que conoce los recursos de apelación de las resoluciones que dictan los juzgados y tribunales de lo contencioso administrativo y civil de Hacienda. ► Tribunal de Casación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda. |
Tribunal de Carrera Docente | En Costa Rica, órgano que se instituye en el Ministerio de Educación Pública con el fin de que conozca acerca de todos los conflictos que se originan con motivo del ejercicio de la función docente, tanto por el incumplimiento de las obligaciones, como por el no reconocimiento de los derechos que la carrera docente determina. Asimismo, conoce, en apelación, de lo resuelto por el director del Departamento de Personal, en relación con las peticiones de mejoramiento individuales que los servidores docentes formulan, referentes a derechos inherentes a ellos. Algunas decisiones del Tribunal de Carrera Docente agotan la vía administrativa para que los interesados puedan recurrir al Tribunal de Servicio Civil. ► carrera docente. |
tribunal de casación | Tribunal encargado de conocer y resolver recursos de casación y de revisión, además de algunos asuntos jerárquicos, disciplinarios y administrativos. ► recurso de casación. procedimiento de revisión. |
Tribunal de Casación Contencioso Administrativo y Civil De Hacienda | En Costa Rica, despacho judicial, conformado por secciones independientes que, en general, conoce del recurso de casación interpuesto contra una sentencia emitida por la jurisdicción contenciosa administrativa. Resuelve los recursos de casación en donde intervienen colegios profesionales y cualquier ente de carácter corporativo, de entes públicos no estatales, de juntas de educación u otras con personalidad jurídica sustancial y de empresas públicas que asumen formas de organización o actividad distintas de las del derecho público. Asimismo conoce del recurso de casación en los procesos en que se discuten las sanciones, multas y condenas en sede administrativa con independencia del ente u órgano autor del hecho. Decide sobre las apelaciones interpuestas contra las resoluciones que dictan los tribunales de lo contencioso administrativo y civil de hacienda y de los juzgados de dicha materia; de los impedimentos, excusas y recusaciones de sus jueces propietarios y suplentes y de los conflictos de competencia que se suscitan entre los órganos que componen su jurisdicción. |