Diccionario

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Term Definition
subsuelo

Capa del terreno que se encuentra debajo de la superficie terrestre. || Parte profunda de la corteza terrestre a la que los aprovechamientos superficiales de las tierras no llegan. En general, las leyes consideran que en el subsuelo se estatuye el dominio público. || Sección geológica de la Tierra a la cual, por su profundidad, no se tiene acceso visual de manera permanente y periódica.

subsumir

Incluir o considerar algo como parte de un conjunto más amplio. En muchos países, se subsumen las tradiciones y costumbres cristianas en el régimen legal. || Enlazar lógicamente los hechos ocurridos con lo previsto hipotéticamente en una norma. Se subsume la muerte acaecida en la figura del homicidio culposo.

subsunción

Inclusión de algo como parte de un conjunto más amplio. Según cierta doctrina, hay subsunción del delito de terrorismo en los delitos de lesa humanidad o en la categoría general de crímenes contra la humanidad. || Enlace lógico entre hechos acaecidos y la previsión hipotética que se hizo en una norma.

subvención
Auxilio que se da a alguien, por lo general económico, para aliviar una necesidad. || Cantidad que se otorga a una entidad o grupo de personas, sin que haya mayor retribución. || Ayuda, asistencia o colaboración periódica.
subvención administrativa
Ayuda o auxilio que la Administración entrega, sin retribución material, a un particular para que realice una actividad de interés público y que conviene mantener.
subvención estatal a centros de enseñanza privados

Estímulo o incentivo estatal consistente en pagar los salarios, en parte o en totalidad, del personal docente o administrativo de centros educativos privados. Con la subvención estatal a centros de enseñanza privados, se han estimulado centros educativos pertenecientes a organizaciones religiosas.

subvención estatal de pago salarial a educadores

En Costa Rica, en el Centro de Información Jurisprudencial del Poder Judicial, descriptor sinónimo de subvención estatal a centros de enseñanza privados. subvención estatal a centros de enseñanza privados.

subvencionar
Dar auxilio a alguien con el fin de aliviarle una necesidad. || Otorgar una cantidad a un grupo de personas o entidad, sin que haya mayor retribución. || Ayudar, asistir o colaborar de forma periódica.
subvenir
Acudir en auxilio de alguien para aliviar una necesidad. || Mantener a una entidad o grupo de personas, sin que haya mayor provecho económico.
subversión
Perturbación, alteración o trastorno de un estado o circunstancia. || Destrucción del orden moral. || Planeamiento y ejecución de una revuelta, levantamiento o revolución. || Estímulo a la rebeldía.
subversivo (a)
Que perturba, altera o trastorna un estado o situación. || Que destruye o daña el orden moral. || Que planea y ejecuta una revolución. || Que alienta la rebeldía.
subvertir
Perturbar, alterar o trastornar un estado o situación. || Destruir el orden moral. || Planear y ejecutar una asonada o revolución. || Alentar, estimular la rebeldía.
subvoz
Palabra que se encuentra subordinada a un término principal.
subyacente
Que existe como trasfondo de algo. La relación subyacente de los títulos valores. || Que está debajo de algo.
subyacer
Estar una cosa debajo de algo. || Existir algo como trasfondo de otra cosa.
succionar
Chupar, extraer algo con los labios. || Sacar o alcanzar algo por medio de la creación de un vacío o por atracción de aire.
suceder

Ocurrir un hecho espontáneamente. || Ocupar el lugar de alguien o algo. Juan sucedió a Antonio en la presidencia de la empresa.  || Seguir en el tiempo. La estación seca sucede a la lluviosa. || Colocarse una persona o cosa en lugar de otra. || Asumir como heredero o legatario —con posterior ejercicio de derechos y obligaciones— la posesión de los bienes de un difunto. || Proceder, provenir.

sucesión

Transmisión de derechos y obligaciones, por testamento o ley, que componen la herencia de un difunto. herencia. || Conjunto de bienes, derechos y obligaciones transmisibles a un heredero o legatario. heredero (a). legatario (a). || Acortamiento de “proceso sucesorio”. proceso sucesorio. || Hecho por el cual, al acaecer la muerte de alguien, se lega la continuación de derechos y obligaciones del difunto. || Herencia o legado testamentario. || Prosecución de personas, cosas o sucesos. || Descendencia, hijos de alguien.

sucesión ab intestato

Locución latinizada por ‘sucesión intestada’. sucesión intestada.

sucesión agraria

La que recae sobre el contrato de adjudicación de tierras, para suceder en una empresa agraria y posteriormente en la propiedad. “La sucesión agraria tiende a garantizar la integridad de la parcela y la indivisibilidad de la empresa agraria”.

sucesión con domicilio extranjero

En Costa Rica, transmisión que ocurre en otro país en el cual el difunto —costarricense o extranjero— estaba domiciliado y que dispone sobre bienes existentes en territorio nacional. Respecto a la sucesión con domicilio extranjero, el artículo 905 del Código Procesal Civil de Costa Rica dispone: “Si un costarricense o extranjero domiciliado fuera de la República dejare bienes en ésta, y si en el lugar de su domicilio se hubiere seguido el proceso sucesorio, serán válidas aquí las adjudicaciones, transmisiones y demás actos legales hechos en el domicilio de la sucesión, conforme con las leyes del lugar []”.

sucesión en estado de quiebra

La que sobreviene cuando se comprueba y declara que ha habido cesación en el cumplimiento de las obligaciones del difunto o la imposibilidad de la sucesión de hacer frente al pago de una o varias obligaciones. quiebra.

sucesión intestada

Transmisión de los derechos y obligaciones del difunto, cuando no hay testamento —o es ineficaz o nulo— y que se establece según lo dispuesto en normas legales. || La que se aplica ante la ausencia de disposición testamentaria de los bienes del causante.

sucesión legítima

Transmisión de bienes, derechos u obligaciones, por disposición de la ley, a determinados parientes de quien murió sin haber testado. Normalmente se considera que la noción de sucesión legítima es equivalente a la de sucesión intestada.

sucesión por causa de muerte

Transmisión de bienes, derechos y obligaciones por  la muerte del titular del patrimonio. “La sucesión por causa de muerte es un modo de adquirir el dominio del patrimonio de una persona difunta”.