Diccionario

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Term Definition
servidor docente (a)

En Costa Rica, categoría que engloba a profesores en el ejercicio de su profesión y que imparten lecciones en cualquier nivel; a funcionarios que realizan labores de planificación, asesoramiento, orientación y formulación de políticas de educación pública nacional; a servidores que realizan labores de dirección, supervisión y administración relacionadas con el proceso educativo y para cuyo desempeño se requiere título o certificado que faculta para la función docente.docente.

servidor judicial (a)

En Costa Rica, nominación general de todas aquellas personas que laboran para el Poder Judicial. Con respecto a la noción de servidor judicial, la Ley Orgánica del Poder Judicial establece: “Quienes laboran en el Poder Judicial se denominan, en general, ‘servidores’. Sin embargo, cuando esta Ley se refiere a ‘funcionarios que administran justicia’ ha de entenderse por tales a los magistrados y jueces; el término ‘funcionarios’ alude a los que, fuera de los antes mencionados, tengan atribuciones, potestades y responsabilidades propias, determinadas en esta Ley y por ‘empleados’, a todas las demás personas que desempeñen puestos, remunerados por el sistema de sueldos”. empleado judicial (a). funcionario judicial (a). funcionario que administra justicia (a).

servidor posesorio (a)

Ejecutor material del mando posesorio del titular de la posesión o del dueño de un derecho o de un bien. El criado que se encarga del cuido de un caballo que pertenece a otro es un servidor posesorio del dueño. posesión en nombre ajeno.

servidor público (a)

Persona que presta servicios a la Administración o a nombre y por cuenta de esta, como parte de su organización, en virtud de un acto válido y eficaz de investidura, con independencia del carácter imperativo, representativo, remunerado o permanente de la actividad respectiva. funcionario público (a).

servidumbre 1

Gravamen o derecho limitativo del dominio ajeno o constituido en predio ajeno y que se concreta en una finca a favor de otra. fundo dominante. fundo sirviente.

servidumbre 2

Condición y trabajo del siervo o del que se encuentra en estado de esclavitud. || Personas que prestan servicios regulares o permanentes de carácter doméstico. || Obligación inexcusable. || Restricción física o moral que coarta la libertad.

 

servidumbre administrativa

Derecho público real constituido por una entidad estatal sobre un inmueble ajeno, con la finalidad de que este sea de uso público. Por sus características, es natural que la servidumbre administrativa se transforme en un bien de dominio público, con las características de ser inembargable, imprescriptible e inalienable. || Ocupación coactiva, legalmente calificada e indemnizada, por parte de la Administración pública, de un bien de propiedad privada, y que se dispone para satisfacer exigencias de utilidad pública.

servidumbre agraria

Derecho real sobre un fundo agrario ajeno, para servirse parcialmente de él en algún aspecto. Para el dueño del predio sirviente, la servidumbre agraria implica un límite al ejercicio de su derecho de propiedad. acción confesoria agraria. fundo agrario.

servidumbre aparente

Aquella que se manifiesta, o puede ser sabida, por un signo exterior de carácter permanente. Por ser servidumbre aparente, ese tendido eléctrico que atraviesa los cerros me indica que ahí se constituyó la servidumbre.

servidumbre continua

Servidumbre que se presenta cuando su uso persiste, o que puede persistir, sin acto alguno del ser humano. Ejemplos de la servidumbre continua son la de acueducto y la de vistas: esté o no esté ahí una persona, el uso del derecho persiste.

servidumbre de abrevadero

La que grava una propiedad de forma tal que ha de permitirse que el ganado, perteneciente a quien no es el dueño del predio, vaya a beber agua.

servidumbre de acueducto

La que grava un predio a fin de proveer de agua a la finca que carezca de ella, por medio de los ingenios u obras adecuadas para la conducción de aguas.

servidumbre de aguas

La constituida sobre predios o propiedades inferiores que están sujetas a recibir las aguas que naturalmente —sin intervención humana— descienden de las fincas superiores. Al constituirse una servidumbre de aguas, el dueño de la finca inferior no podrá realizar obras que impidan el curso del agua, ni el dueño de la finca superior realizar obras que agraven dicho curso.

servidumbre de luces y claraboyas

Derecho constituido para aumentar la luz natural, o bien proporcionarla, al inmueble beneficiado. La servidumbre de luces y claraboyas, en la práctica, consiste en el derecho de abrir ventanas, balcones u otros claros que dan sobre el fundo gravado. || Servidumbre que limita la edificación o remodelación del inmueble afectado cuando dificulta gravemente el paso de luz hacia el bien beneficiado.

servidumbre de paso

En caso de fundo enclavado, derecho a transitar por una propiedad ajena para tener salida a una vía o camino público.

servidumbre de vistas

La que se constituye a favor de un inmueble para que pueda tener ventanas u otras aberturas en los muros, desde donde se puede ver la propiedad afectada. || La que restringe la construcción o la altura de un edificio, con el fin de que no merme, se dificulte o se impida el campo visual del dueño o morador de una propiedad.

servidumbre discontinua

La que se utiliza a intervalos y requiere de actos de una persona. La servidumbre de paso es ejemplo de servidumbre discontinua.

servidumbre forzosa

La que se puede imponer, en virtud de un mandato legal, contra la voluntad del dueño del fundo sirviente. Por disposición del artículo 396 del Código Civil de Costa Rica, la servidumbre de paso es una servidumbre forzosa.

servidumbre legal

La que, por posibilidad legal o por disposición de la ley, se constituye sin otorgamiento expreso de título para establecerla, ante la necesidad o utilidad pública. La  servidumbre que se constituye para la disposición de un cableado eléctrico, o paso de electricidad en general, es ejemplo de servidumbre legal.

servidumbre minera

Servidumbre, o conjunto de ellas, que se constituye sobre los predios ubicados dentro de una zona minera o fuera de ella, con el fin de facilitar el ejercicio de la minería en todas sus etapas. Si hablamos de la servidumbre minera, debemos citar el artículo 50 del Código de Minería de Costa Rica, el cual indica: “Con el único fin de facilitar al minero los medios necesarios para efectuar, cómodamente, las labores inherentes a su permiso de explotación y concesión de explotación, los terrenos superficiales en que estén ubicados los yacimientos podrán ser gravados con las servidumbres indispensables. A iguales gravámenes estarán afectos los predios inmediatos y las otras concesiones de explotación o de explotación vecina, siempre que, en este último caso, no se impidan o dificulten las labores”. Se discute mucho si está bien que la servidumbre minera tenga el carácter de servidumbre forzosa. minería.

servidumbre natural

La que se constituye a favor de un predio en virtud de su disposición topográfica o por obra de la naturaleza. Se dice que, propiamente, solo existe una servidumbre natural, que es la que pesa sobre los terrenos inferiores de recibir las aguas de lluvia o las que son producto espontáneo de la naturaleza —sea, sin intervención humana— que descienden de los terrenos superiores, así como la tierra, arena o piedras que arrastren en su curso. Y, se agrega, el que está en la obligación de sufrir una servidumbre natural, si bien no tiene derecho a limitar o estorbar en ninguna forma su ejercicio, goza de la facultad de hacer las obras necesarias a efecto de disminuir el perjuicio que reciba.

servidumbre negativa

La que le impide o prohíbe al dueño del fundo sirviente hacer algo o ejercitar un derecho que sería legítimo, si no existe el gravamen. En virtud de una servidumbre negativa que pesa sobre ese fundo, el dueño no puede construir un edificio de cinco pisos.

servidumbre no aparente

Servidumbre que no se manifiesta por un signo exterior. Obviamente no se puede ver que sobre ese terreno pesa una servidumbre que impide edificar, ya que es un tipo de servidumbre no aparente.

servidumbre por destino de padre de familia

Servidumbre que surge cuando dos heredades de un mismo dueño —en los cuales una de ellas brindaba un beneficio a la otra—, son separadas de la propiedad de este, y no hubo disposición respecto a servidumbre alguna. Se considera que para la constitución de una servidumbre por destino de padre de familia, esta debe ser continua y aparente. destino de padre de familia.

servidumbre positiva

La que permite al dueño del fundo dominante realizar ciertos actos sobre el fundo sirviente. Y el conferencista explicó por qué la servidumbre de vistas era una servidumbre positiva. || La que impone al dueño del fundo sirviente realizar ciertos actos en beneficio del titular de la servidumbre.