Term | Definition |
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salvaguardar | Cuidar a alguien o algo. || Proteger, defender o amparar. || Señalar un sitio para que no sea dañado por fuerzas militares o policiales. |
salvaguardia | Persona o cosa destinada al cuido de alguien o algo. || Protección, defensa o amparo. || Señal que se coloca en pueblos o casas para que fuerzas militares o policiales no les hagan daño. || Salvoconducto o señal que se entrega a alguien para que pueda ejecutar una acción sin que se le ponga impedimento. || En Costa Rica, conjunto de mecanismos o garantías establecidas por el Estado, en el ordenamiento jurídico, para el reconocimiento de la igualdad jurídica y del derecho a la ciudadanía de todas las personas con discapacidad. ► discapacidad. || En Costa Rica, proceso judicial en el que se nombra al garante para la igualdad jurídica de las personas con discapacidad. ► Garante para la igualdad jurídica de las personas con discapacidad. |
salvar | Evitar o librar de un peligro, riesgo o daño. || Poner en seguro. || Indicar que algo de lo que se dice o hace se deja aparte. || Exceptuar. || Obtener la absolución de un acusado o el indulto para un condenado. || Vencer un obstáculo. || Recorrer la distancia que media entre dos lugares. || En deportes, evitar un tanto inminente del equipo contrario. || En algunos deportes, recobrarse o recuperarse de una puntuación o situación que era adversa. || Para algunas religiones o creencias, librarse de un mal eterno. |
salvedad | Excusa, reserva o limitación. || Excepción que se advierte en cuanto a lo que se va a decir. || Nota que se inserta en un documento para corregir un error o advertir de una enmienda. |
salvoconducto | Permiso o autorización que una autoridad expide para que el portador del documento que la acredita pueda transitar por zonas cuyo tránsito está limitado o restringido. || Permiso o libertad para hacer algo. |
sambenitar | Quitar la reputación u honra de alguien. || Acto inquisitorial consistente en ponerle al penitente reconciliado el sambenito. ► sambenito. |
sambenito | Descrédito, mancilla o estigma devenidos de una acción. || Prenda o capa que llegaba hasta la cintura y que se les ponía a los condenados o a los penitentes reconciliados por el Tribunal de la Inquisición. || Letrero que se ponía en las iglesias con el nombre y la pena de las personas castigadas por el Tribunal eclesiástico de la Inquisición. |
samoano (a) | Perteneciente o propio de Samoa. |
samueleador (a) | En Costa Rica, persona que mira o procura mirar, con sigilo y afán libidinoso, la piel descubierta de alguien. |
samuelear | En Costa Rica, contemplar o procurar ver, con cierto sigilo y afán libidinoso, la piel descubierta de alguien. |
saña | Ira o furor desmedido. || Intención cruel, feroz o brutal. |
sana crítica | |
sana crítica en materia penal | En asuntos sancionatorios, coherencia lógica y razonabilidad con las que el juez o la jueza evalúa las pruebas, evidencias y elementos de convicción, de forma que la conclusión sea la consecuencia necesaria de las premisas de las que parte. || Método de análisis que permite controlar el recorrido mental —o iter lógico— que un juez o una jueza ha seguido para llegar a la convicción de lo cierto o falso de un caso concreto. ► reglas de la sana crítica. sana crítica racional. |
sana crítica racional | Fórmula de juicio razonado o método de análisis y valoración que se apoya en la lógica, la psicología y la experiencia. Suma la aplicación de los principios de identidad, contradicción, tercero excluido, derivación, congruencia y suficiencia de la prueba, para producir un razonamiento certero o probable acerca del hecho o situación controvertida. Es límite a la libre convicción. Se ha indicado que la sana crítica racional es una fórmula que pretende armonizar la libertad de criterio y la necesidad de fundarse en la experiencia y en la razón de la apreciación de la prueba judicial. ► experiencia. íntima convicción. lógica. principio de identidad. principio de contradicción. principio de tercero excluido. principio de derivación. principio de congruencia. principio de suficiencia de la prueba. psicología. reglas de la sana crítica. |
sanable | Que se puede curar o enmendar. |
sanar | Restituir la normalidad o el equilibrio físico o psíquico perdido. || Recobrar la salud. ► salud. || Curar o curarse una herida. |
sanción | Pena o castigo que se impone por la infracción a una norma legal o reglamentaria. || Amonestación, reprensión o reproche que se realiza como reacción a una conducta que se considera inadecuada. Lo sancionaron de manera que no volvieron a invitarlo a la fiesta de cumpleaños. || Ley, reglamento, estatuto. || Solemnidad por la que un jefe de Estado confirma una ley o norma. || Permiso o autorización que se da a un acto, uso o costumbre. || || Medida económica, jurídica o militar que una nación o conjunto de ellas establecen contra uno o varios países. |
sanción administrativa | Acto administrativo que determina la imposición de una pena por transgresión a disposiciones administrativas imperativas o de abstención. Se ha definido la sanción administrativa como cualquier represión ejercida por la Administración a un administrado como consecuencia de una conducta ilegal realizada por él. La sanción administrativa más característica es la multa. ► derecho sancionador administrativo. || Mal causado por la Administración a un administrado como consecuencia de una conducta ilegal. |
sanción administrativa disciplinaria | Castigo que la Administración les impone a funcionarios responsables de faltas o incorrecciones cometidas en el ejercicio de sus funciones. La sanción administrativa disciplinaria tiene carácter interno. |
sanción administrativa tributaria | Pena que se impone ante la acción u omisión que importe la transgresión de normas legales, reglamentarias o estatutarias de carácter tributario. La sanción administrativa tributaria puede implicar penas pecuniarias, comiso, cierre de establecimiento, suspensión de permisos o licencias, cancelación de concesiones o autorizaciones. ► sanción tributaria. |
sanción alternativa | Pena optativa, legalmente permitida que puede imponerse frente a una sanción principal. || En Costa Rica, en la práctica forense, sanción no privativa de la libertad ambulatoria que se impone, generalmente de forma condicionada, como opción a la pena de cárcel o a otra que admita alguna restricción a esa libertad. La multa, la libertad asistida, la prohibición de conducir vehículos motorizados, la reparación de daño y los servicios en beneficio de la comunidad son ejemplos de sanciones alternativas. |
sanción alternativa en materia penal juvenil | Modalidad que puede asumir la aplicación de sanciones penales juveniles, cuando existe la viabilidad de optar por una pena alterna, generalmente condicionada, en vez de la que la ley establece como principal. Ha de tener una finalidad primordialmente educativa. || En Costa Rica, en la práctica forense, sanción no privativa de la libertad ambulatoria, que se impone al menor de edad que ha delinquido, generalmente de forma condicionada, como opción a la pena que admite alguna restricción a esa libertad. La amonestación y advertencia, la libertad asistida, la prestación de servicios a la comunidad, la reparación de daños y las órdenes de orientación y supervisión son ejemplos de sanciones alternativas en materia penal juvenil. |
sanción de la infracción aduanera | Pena administrativa, tributaria o penal que se impone ante el quebrantamiento o tentativa de quebrantamiento de la legislación aduanera. Generalmente la sanción de la infracción aduanera se circunscribe a multas y suspensiones. || Sanción de tipo administrativo con que se pena una acción u omisión que transgreda la legislación aduanera, que no cause perjuicio fiscal ni constituya delito. || Sanción de tipo tributario con que se castiga la comisión u omisión de la legislación aduanera que causa o puede causar perjuicio fiscal y no constituye delito. || Sanción de tipo penal con que se castiga la acción u omisión de la legislación aduanera que signifique delito.
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sanción disciplinaria | Castigo discrecional, limitado por normas legales, reglamentarias o estatutarias, el cual impone un jerarca al subordinado, en virtud de una conducta que, por acción u omisión, signifique una falta o incumplimiento en las obligaciones. || Sanción que se le impone a quien, en una relación jurídica de sujeción con la Administración, comete una infracción contra la disciplina que rige aquella relación. || Punición que la Administración impone al administrado con el fin de que este enmiende una conducta o repare un daño.
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sanción disciplinaria a abogado (a) | En Costa Rica, castigo administrativo que se impone a quien ejerce la abogacía y haya cometido una falta. Puede consistir en amonestación privada, apercibimiento por escrito, suspensión en el ejercicio profesional y prevención de devolución de monto pecuniario y documentos. La autenticación de una firma falsa, la falsificación de un documento privado y el cobro excesivo de honorarios son faltas graves ante las cuales se impone una sanción disciplinaria a un abogado.
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