Term | Definition |
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reserva natural | Zona prioritaria para la conservación de la naturaleza en virtud de las características particulares de su fauna, flora, geología y mineralogía. Uno de los elementos diferenciadores entre reservas nacionales y parques nacionales es que las primeras son administradas por grupos conservacionistas y la comunidad en que se encuentran, mientras que el parque nacional es de administración eminentemente estatal. ► área protegida. parque nacional. patrimonio forestal. reserva nacional. |
reserva privada |
Área protegida cuya propiedad, manejo y coordinación está a cargo de personas, físicas o jurídicas, que no representan ninguna entidad estatal. > área protegida. bosque. forestal. reserva nacional. reserva biológica. reserva natural. parque nacional. patrimonio forestal. sostenibilidad ambiental.
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reserva pública |
Área protegida cuyo manejo y coordinación está a cargo, de las entidades estatales. > área protegida. bosque. forestal. reserva nacional. reserva biológica. reserva natural. parque nacional. patrimonio forestal. sostenibilidad ambiental.
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reservar |
Exceptuar a alguien o algo en una ley. || En un contrato, asegurar un derecho de libre ejercicio. || En un reparto, separar algo para sí. || Tener o conservar algo para lo que esté por venir. || Guardar provisiones. || Ahorrar, economizar. || Dejar para después. Reservá energía, que todavía queda mucho camino. || Destinar para una persona o uso particular. Reservar los asientas para ver el espectáculo. || Consignar algo para un uso o persona determinada. El Gobierno decidió reservar aquel territorio para esa comunidad indígena. || Recelar o desconfiar de alguien o algo. || Precaverse de alguien o algo. || Mantener silencio o no comunicar lo que se siente, piensa o sabe.
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reservas de tratados internacionales |
> reserva de tratado internacional.
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reservas forestales |
> reserva forestal.
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reservas nacionales |
> reserva nacional.
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residencia |
Acción y efecto de vivir en algún lugar. Referido a la residencia y al domicilio, "sería más correcto decir, [.] que la residencia es una situación o hecho carente de específica relevancia para los efectos jurídicos del domicilio (aunque sí sea relevante para otros efectos jurídicos, por ejemplo, laborales cuando se refieren a la residencia del trabajador en una determinada zona de trabajos, contractuales como en el caso de la regulación de arrendamientos urbanos, etc. Ella consiste en la estadía más o menos duradera de una persona en un lugar". > domicilio. || Casa, morada o habitación en donde uno vive. || Casa donde, por razones de necesidad o conveniencia, conviven temporalmente personas que tienen un interés o actividad común. Residencia estudiantil. La empresa tiene, para sus empleados, una residencia en la playa. || Especialización y período que los médicos realizan posteriormente a su graduación.
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residencia conyugal | ► hogar conyugal. |
residir |
Vivir en algún lugar. || Habitar, morar en un sitio. || Estar habitualmente en un lugar. || Tener domicilio. > domicilio. || Tener una persona o cosa una característica, facultad o derecho. En la asimetría de su rostro reside la belleza de ese hombre. En la estructura muscular de ese animal reside su fuerza. || Referido a lo esencial o más importante de un asunto, estar o radicar. La ventaja de ese negocio reside en la confianza.
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residuo |
En materia ambiental, material sólido, semisólido, líquido o gaseoso del cual hay que deshacerse. || En minería, en la extracción de metales, material pétreo, o similar, que es producto de deshecho. || Resto de la descomposición o destrucción de una cosa. || Material inservible que queda después de un trabajo. || Cantidad separada y que resta de un todo. || Parte separada de un todo.
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residuo de manejo especial |
En materia ambiental, resto o deshecho que por su composición particular, necesidad de transporte, condición de almacenaje y forma de recuperación, implica un riesgo significativo a la salud y a la degradación del ecosistema.
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residuo ordinario |
En materia ambiental, resto o deshecho generado en viviendas o que es de carácter doméstico.
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residuo peligroso |
En materia ambiental, resto o deshecho que por reactividad química y carácter tóxico, explosivo, corrosivo, radiactivo o bioinfeccioso, puede causar daños a la salud o al medioambiente.
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residuos ordinarios |
> residuo ordinario.
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resiliencia |
Capacidad de un organismo, o sistema vivo, de adaptarse o restituirse, después de haber estado expuesto a un agente perturbador o situación adversa. || Capacidad de un material de recuperar su estado o forma inicial después de haber sido sometido a una perturbación externa.
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resilvestración | En asuntos referentes a la protección medioambiental, procedimiento de volver una zona a su estado natural, mediante la reintroducción de especies de flora y fauna que había ahí. |
resistencia 1 | Delito que comete quien emplea intimidación o violencia contra un funcionario público —o contra la persona que presta asistencia a requerimiento de aquel, o en virtud de un deber legal—, para impedir u obstaculizar la ejecución de un acto propio del ejercicio legítimo de sus funciones. “Conceptualmente podría hacerse radicar la diferencia entre el atentado y la resistencia, en que ésta supone una actitud de oposición al cumplimiento de un acto del funcionario público, el que comúnmente era dirigido contra él. En el atentado el funcionario puede o no haberse propuesto hacer o dejar de hacer nada, y es el sujeto activo quien se lo impone. En la resistencia, en cambio, el funcionario va a ejecutar o comienza a ejecutar algo a cuyo cumplimiento el autor se resiste. Por eso la opinión más generalizada sostiene que, en tanto el funcionario no haya tomado la resolución, el atentado es posible; después de tomada, sólo es imaginable la resistencia”. ► atentado.1. || Acción ilícita consistente en emplear fuerza contra los equipamientos policiales utilizados por autoridad policial para realizar su labor. |
resistencia 2 | Oposición, física o moral, que se ejerce con fuerza o violencia. || Oposición que se le hace a la fuerza o violencia de otro. || Lucha defensiva. || Firmeza de un cuerpo para soportar una acción o energía violentas. || Dominio de pasiones o impulsos. || Aguante, firmeza. La resistencia a las inclemencias del tiempo de aquel sujeto, era notable. || Organización clandestina que lucha contra un invasor o dominador. |
resistencia agravada |
En Costa Rica, en derecho penal, tipo de resistencia cuya pena aumenta si es cometida a mano armada; si es perpetrada por dos o más personas en el mismo hecho; si la persona autora es funcionaria pública; o si el autor agrede a la autoridad. En Costa Rica, se reputa funcionario público al particular que trata de aprehender o hubiera aprehendido a un delincuente en flagrante delito. > resistencia.1.
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resistencia de la autoridad |
> resistencia.1.
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resistir 1 | En derecho penal, emplear intimidación o violencia contra un funcionario público, o persona que presta asistencia, por requerimiento o deber legal, para impedir u obstaculizar la ejecución de un acto propio del ejercicio legítimo de sus funciones. || En derecho penal, emplear fuerza contra los equipamientos que una autoridad policial utiliza para realizar su labor. |
resistir 2 | Oponerse con fuerza o violencia. || Oponerse a la fuerza o a la violencia de otro. || Luchar para defenderse. || Mantenerse firme un cuerpo para soportar una acción o energía violenta. || Dominar pasiones o impulsos. || Aguantar, tolerar. Resiste largas jornadas de trabajo. || Presentar algo dificultad para su compresión, conocimiento, manejo o realización. |
resolución 1 | Acto o declaración de voluntad con la que se deja sin efectos un acto o negocio jurídico. Resolución del contrato. |
resolución 2 | Sentencia de una autoridad judicial. || Fallo, decreto, auto o providencia de una autoridad administrativa o judicial. || Solución de algo. || Acción y efecto de solventar. || Decisión, determinación. || Término de una cosa. || Valor, ánimo. || Calidad de una imagen en cine, televisión, videos o pantallas de computadoras u otros artefactos digitales. |