Term | Definition |
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repartición |
Distribución de algo entre diferentes recibidores. || Acción y resultado de distribuir por lugares distintos. || Partición de bienes. || Entrega, a diferentes personas, de lo que deben recibir. || Orden, colocación conveniente de las cosas. || Asignación de funciones en una obra común. || Distribución uniforme de una sustancia sobre una superficie. || Prorrateo. || Dependencia de una organización administrativa.
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repartido (a) |
Distribuido entre varios. || Distribuido en distintos lugares. || Muy fraccionado.
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repartidor (a) |
Persona dedicada a la distribución de cosas. || Que distribuye. Repartidor eléctrico de cargar.
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repartimiento |
> repartición. || Registro documentado en que consta lo repartido. || Contribución con que se grava a cada uno de los que voluntariamente la aceptan. || En los tribunales, persona y oficina encargada de la distribución de cosas.
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repartir | Distribuir algo entre diferentes recibidores. || Distribuir por lugares distintos. || Hacer partición de bienes. || Entregar a diferentes personas lo que deben recibir. || Ordenar, dar a las cosas una colocación conveniente. || Asignar funciones en una obra común. || Extender una sustancia uniformemente sobre una superficie. || Prorratear. |
reparto | Distribución de algo entre varios. ► repartición. || En ciertas ciudades, barrio residencial. || Terreno destinado a la construcción de viviendas. || Relación de personajes, actores u otros participantes en la producción y realización de una obra escénica, radiofónica, televisiva, audiovisual o cinematográfica. |
repetición | Derecho y acción para reclamar y recibir lo indebidamente entregado o pagado. || Reclamo a consecuencia de evicción. ► evicción. repetición de pago. || En retórica, reiteración de palabras o nociones con afán expresivo o enfático. || Acción y efecto de volver a hacer o decir lo que ya se había hecho o dicho. || Acción y resultado de hacer siempre lo mismo. || En escuelas, colegios, universidades u otros, vuelta a cursar una materia en virtud de no haber obtenido la nota que permite aprobar. || de repetición. Se dice del artefacto que repite mecánicamente un proceso. |
repetición de pago |
Acción y derecho de quien ha pagado lo que no debe, por error o por creerse obligado, para reclamar y que se le reintegre lo que entregó.
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repetir |
Reclamar o recibir la devolución de lo indebidamente entregado o pagado. || Reclamar a consecuencia de evicción. > evicción. || Volver a hacer o decir lo que se había hecho o dicho. || Hacer siempre lo mismo. Ese pintor siempre se repite. || Volver a suceder. Las fallas en el puente La Platina se repiten a causa de una mala construcción. || Volver a cursar una materia por no haber obtenido la nota para aprobarla. || En comidas, servirse nuevamente dos o más veces.
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réplica |
Acción de argüir, rebatir u objetar un discurso. || Argumento, refutación u objeción contra una razón, motivo, fundamento o juicio. || En el proceso, segunda intervención de un interviniente para impugnar una demanda o reconvención. || Temblor de tierra que sucede a un terremoto. || Copia de una obra artística.
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réplica del defensor (a) | En el juicio penal, argumento o refutación que realiza el defensor contra los dichos del fiscal o la parte que pretende la reparación civil. ► defensor (a). |
réplica en asuntos de familia |
La que se efectúa en un proceso en que se conoce acerca de asuntos referentes adopción; régimen de alimentos; curatela; patria potestad; divorcios; maternidad, paternidad, hijos y filiación; matrimonio; régimen patrimonial de la familia; separación judicial; tutela; y uniones de hecho.
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replicar |
Argüir, rebatir, refutar u objetar contra un argumento o respuesta. || Contestarle a quien lo adversa a uno. || Responder con cierto descontento o desagrado. Andá niño, por el mandado y no me repliqués.
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reponer |
En el proceso, reformar un auto o providencia. auto.1. providencia. || Volver a colocar o poner a una persona o cosa, en el estado o lugar en que estaba. || Devolver a alguien en el empleo o cargo que antes ostentaba. || Restituir lo perdido. || Suplir lo extraviado. || Remplazar a una persona o cosa. || Sustituir lo que por daño o necesidad, ha dejado de ser útil. || Responder, replicar. -¡Entendé que no! -repuso ella. || Recuperarse de una enfermedad, padecimiento o de un mal. || Recobrar la calma o tranquilidad. || Volver a poner una obra escénica, radial, musical o cinematográfica.
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reportado (a) | En el contrato de reporto, parte que primeramente transfiere al reportador la propiedad de títulos de crédito de cierta especie, por un precio determinado. ► contrato de reporto. reportador (a). |
reportador (a) | En el contrato de reporto, parte que compra la propiedad de títulos de crédito y que asume la obligación, una vez vencido un término establecido, de transferir al reportado la propiedad de otros títulos de la misma especie y por precio determinado. ► contrato de reporto. reportado (a). |
reportar | Producir un beneficio o perjuicio. El negocio me reportaría grandes ganancias; pero la esa idea me reportó muchas dificultades. || Reprimir o moderar un sentimiento. Hay que aprender a reportar la indignación. || Llevar y traer cosas. || En gráfica, pasar una prueba litográfica a la plancha para hacer copias. || Transmitir noticias. Reportó que el huracán viene. || En Costa Rica, acusar ante una autoridad. El profe me reportó con el director. || En Costa Rica, manifestar inclinación hacia alguien. Luis estaba reportado con Teresa. || En Costa Rica, manifestar el deseo por participar en alguna actividad. El fulano se reportó para participar en la empresa. |
reporte | Noticia o información de un hecho o suceso. || En Costa Rica, informe, exposición o resumen de una labor, actividad o hecho. Me acosté tarde preparando el reporte mensual de labores. |
reporto | Acortamiento de “contrato de reporto”. ► contrato de reporto. |
reposición |
En el proceso, tipo de recurso con que se pretende que se reconsidere una resolución de trámite. > recurso de reposición. || Colocación de una persona o cosa en el estado o lugar en que se encontraba. || Devolución en el empleo o carga que se ocupaba. || Restitución o recuperación de lo perdido. || Remplazo de una persona o cosa. || Nueva puesta, a disposición de un público, de una obra escénica, radial, musical o cinematográfica.
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reposición de expedientes |
En Costa Rica, en el proceso judicial, ante la pérdida o extravío del expediente, resolución y diligencia, dictada por la persona que juzga, en la que ordena a las partes presentar copias de los escritos anteriormente presentados, copias de las actuaciones de prueba y las cédulas de notificación que se hubieren entregado, a fin de que el secretario certifique unas y otras. En la reposición de expedientes, aquellos que "se perdieren o extraviaren serán repuestos a costa del culpable, el cual pagará, además daños y perjuicios [.]. Antes de dictar sentencia, el juez, de oficio, ordenará las pruebas que considere necesarias para decidir con arreglo a derecho. > expediente.
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repositorio |
Lugar o archivo donde se guarda alguna cosa.
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Repositorio Único de Sentencias Judiciales Despersonalizadas |
RUSJD. En Costa Rica, archivo oficial para el almacenamiento de resoluciones o documentos que contengan datos sensibles. > datos sensibles.
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reprender | Amonestar, corregir con algún rigor y desaprobación. |
represalia | Reacción con la que se castiga o se toma venganza ante un determinado hecho que se considera dañoso para sí. || Acción u omisión que causa o puede causar perjuicio a quien participó en un hecho que el agente considera que le procuró, a sí, una afectación negativa. || Medida rigurosa que un Estado adopta contra otro como respuesta por actos o hechos que considera adversos para sí. |