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Term Definition
registro informático
> registro electrónico.
Registro Inmobiliario
Institución encargada de dar publicidad y otorgar seguridad jurídica mediante la inscripción de los actos o situaciones de constitución, transmisión, modificación y extinción de los derechos reales sobre fincas. > Registro de la Propiedad de Bienes Inmuebles.
registro institucional 1

En Costa Rica, descriptor del Digesto de Jurisprudencia que contiene las sentencias que se refieren a la inspección o revisión de archivos, documentos, correos postales o electrónicos y, en general, de toda información que pueda haber en una institución pública. || Inspección, examen o intervención de la actividad o información que hay en una institución pública.

registro institucional 2

Inscripción que realizan instituciones estatales, privadas o no gubernamentales, de su personaría jurídica en un Registro Público.

Registro Judicial de Delincuentes
En Costa Rica, dependencia del Poder Judicial que tiene como función la comprobación de los antecedentes penales de los habitantes del país y la colaboración con los diversos organismos y oficinas públicas. > Archivo Criminal.
registro magnético
Grabación de sonidos o imágenes realizada en una cinta, hilo, disco o tarjeta con material ferromagnético que permite la impresión en forma de imanación permanente. > registro electrónico.
Registro Nacional

En Costa Rica, oficina pública, dependiente del Ministerio de Justicia y Paz que integra el Registro Inmobiliario, el Registro de Personas Jurídicas, el Registro de Bienes Muebles y el Registro de Propiedad intelectual —que aúna el Registro de Propiedad Industrial y el Registro de Derechos de Autor y Derechos Conexos—. Tiene la función de unificar criterios de registro, coordinar funciones, facilitar trámites, agilizar labores y mejorar las técnicas de inscripción.

Registro Público

Dependencia oficial en la que se da fe de determinados actos o situaciones. || Institución pública encargada de dar publicidad a determinados hechos o circunstancias. El Registro Público cumple una función vital para la sociedad, consistente en garantizar la seguridad jurídica en materia de bienes inscritos; esta materia es de interés público. || En Costa Rica, Registro Nacional. ► Registro Nacional.

registro sanitario de productos
 Documentación de los datos de un producto, artículo, género, mercancía u objeto con la que se tramita la regulación y permiso de su producción, comercialización y venta, en virtud de haberse demostrado la calidad y condiciones de salubridad. || Inscripción o autorización que se tramita para la comercialización y uso de productos vinculados con alimentos, cosméticos, equipo y material biomédico, medicamentos, plaguicidas, productos naturales, productos para higiene, productos químicos y tintes para tatuajes. || Órgano de la Administración encargado de la inscripción de establecimientos y productos que precisan supervisión y control sanitario.
registro, control, importación y publicidad de medicamentos

En Costa Rica, fórmula jurídica que comprende la reglamentación del establecimiento de requisitos y trámites de inscripción; inspección; transacción internacional y anuncio de medicinas. ► medicamento.

regla 1

Norma o pauta que debe seguirse. || Principio o precepto normado. || Criterio establecido en una ordenación normativa. || Juicio hipotético de contenido general. || Método o procedimiento para hacer algo. || Máxima. || En ciencias o artes, manera de hacer. || Razón a las que se adapta la decisión o la acción. || Conjunto de procedimientos que se realiza para inferir o deducir algo. || En cuestiones de moral, moderación. || Formulación teórica de un procedimiento. || Modo uniforme y previsible en que se manifiesta un fenómeno. || Orden o disposición de cómo debe practicarse un deporte. || Método para resolver una operación matemática.

regla 2

Instrumento que sirve para trazar líneas o para medir distancias, generalmente cortas. || Menstruación.

regla catoniana
Precepto del derecho romano que postula que la muerte del testador se presume inmediatamente después de haber testado, de manera que si en ese momento el legado era nulo, no habrá hecho posterior que le pueda dar validez. Dice la regla catoniana: 'Quod, si testamenti facti tempori decesserit testatur, inutile foret, id legatum cuandocumque decesserit, non valere'. "(El legado que habría sido nulo, de morir el testador inmediatamente después de hacer el testamente, lo es en cualquier momento)".
regla general
Principio o norma legal. La regla general puede tener sus excepciones. || Forma uniforme y previsible en que se manifiesta un fenómeno. || Modo en que suele producirse habitualmente algo. || Lo comúnmente acontecido u observado.
regla monástica
Conjunto de normas y preceptos que rigen diversas órdenes eclesiásticas.
reglado (a)
Ordenado según normas, pautas o preceptos. || Con arreglo a un criterio establecido normativamente. || Conforme a un método o procedimiento. || Sujeto a una ley o reglamento. || Moderado, prudente.
reglamentación
Sujeción de una actividad o materia a un conjunto de reglas o preceptos. || Regulación de algo mediante preceptos jurídicos de rango inferior a la ley. || Complementación de una ley con normas o cláusulas de rango inferior. || Formulación de criterios o normas para regular una actividad. || Acción y efecto de dictar normas para la administración o gobierno de una institución o empresa. || Conjunto de reglas. > reglamento.
reglamentar

Someter una actividad o materia a un conjunto ordenado de reglas o preceptos. || Regular una gestión, operación o función mediante preceptos jurídicos de rango inferior a los legales. ley. || Complementar una ley con un conjunto de normas o cláusulas de rango inferior. || Formular y ordenar criterios o normas técnicas para regular una actividad. || Dictar normas para la administración o gobierno de una institución o empresa.

reglamento

Disposición jurídica de carácter general dictada por la Administración pública y con un valor subordinado a la ley. ley. || Precepto jurídico de rango inferior a la ley, dictado por una autoridad administrativa. || Conjunto ordenado de reglas o preceptos. || Instrucción que contiene el régimen de dirección, gerencia o gobierno de una entidad o empresa. || Conjunto de normas o cláusulas complementario o supletorio de una ley. || Criterios y normas técnicas que se dictan para la regulación de una actividad determinada.

reglamento autónomo
Reglamento dictado por una entidad pública -sin necesidad de ley previa- con el fin de normar su organización interna o los servicios que se brindan. "Los reglamentos autónomos se dividen o clasifican en reglamentos autónomos de organización y reglamentos autónomos de servicio". > reglamento autónomo de organización. reglamento autónomo de servicio.
reglamento autónomo de organización
Reglamento que organiza -sin necesidad de ley previa- el régimen interior de los departamentos u oficinas de una entidad pública; además, crea órganos internos y dispone las relaciones entre ellos. Los destinatarios del reglamento autónomo de organización son los órganos y dependencias de la entidad, sin incidencia fuera del ámbito en que fueron dictados. > organización.
reglamento autónomo de servicio
Reglamento dictado por una institución pública -sin que necesariamente se sustente en una ley previa- con la finalidad de regular la prestación de servicios a los administrados. > servicio.
reglamento de fábrica
> reglamento de trabajo.
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela Centroamericana de Ganadería

En Costa Rica, disposición jurídica que regula el quehacer administrativo y académico de la Universidad Técnica Nacional. || En Costa Rica, descriptor del Centro de Información Jurisprudencial que remite a las sentencias que se refieren a la Escuela Centroamericana de Ganadería. ► Escuela Centroamericana de Ganadería. Universidad Técnica Nacional.

Reglamento de Regencias Agropecuarias del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica
En Costa Rica, descriptor del Digesto de Jurisprudencia contiene las sentencias que se refieren al Colegio de Ingenieros Agrónomos. > Colegio de Ingenieros Agrónomos.