| Term | Definition |
|---|---|
| ramas del derecho |
Divisiones de la disciplina jurídica. Encontramos, como una primera división, dos grandes ramas del Derecho: el derecho público y el derecho privado. || Se dice de las subdivisiones de la disciplina jurídica. El derecho penal, el derecho civil y el derecho laboral, son ramas del derecho.
|
| ramas del derecho penal |
En Costa Rica, descriptor del Digesto de Jurisprudencia que engloba las diferentes divisiones del derecho sancionatorio o punitivo. > derecho penal.
|
| ramera |
Prostituta; mujer que tiene relaciones sexuales a cambio de dinero.
|
| ramería |
Casa o lugar en el que ofrecen, o desarrollan, sus servicios las prostitutas.
|
| ranchear |
Hacer uno o varios ranchos. > rancho. || Ocupar o comenzar a vivir en un rancho. > rancho. || En Costa Rica, en jerga, vomitar.
|
| rancho | Casa muy pobre y generalmente falta de servicios básicos. || Casa sencilla de paredes de madera y techo de paja. || Casa de habitación rústica. || En Costa Rica, edificación rústica —o que simula serlo— situada en patios o extensiones amplias, que se destina a fiestas, preparación de comidas o al simple esparcimiento. || Granja —y casa principal de la propiedad— destinada a la producción de cuadrúpedos. || Comida sencilla que se hace para muchos. Ayer a los presos les sirvieron el rancho una hora antes. || Comida mal hecha. || Se dice, coloquialmente, de la casa. || En Costa Rica, en jerga, vómito. || hacer rancho aparte. Locución que indica que una actividad, negocio o empresa que alguien hacía conjuntamente con otro, la desarrollará de forma autónoma o por separado. || Locución coloquial que indica que dos o más personas que vivían juntas, actualmente lo hacen, o harán, de forma separada. |
| rancura |
Demanda judicial. || Rencor, odio.
|
| ránsito aduanero |
En Costa Rica, régimen bajo el cual, las mercancías sujetas al control aduanero, son transportadas de un lugar a otro, dentro o fuera del territorio nacional.
|
| raptar |
Substraer, llevarse, sacar de su ámbito -mediante engaño o violencia- a una persona y retenerla, por lo general con fines sexuales o sentimentales. || De forma equívoca y coloquialmente, secuestrar. Se dice que 'raptar' comprende un fin lascivo, libidinoso o sentimental; mientras 'secuestrar' tiene otros objetivos. > secuestrar.
|
| rapto |
Substracción y retención de una persona, mediante engaño o violencia, generalmente con un fin sexual o sentimental. || > rapto propio. || Arrebato, impulso vehemente. Un rapto de locura. || Pérdida del conocimiento resultante de un accidente. || Intensa emoción mística.
|
| rapto con fin de matrimonio |
Figura que atenúa las penas del delito de rapto propio o impropio si se cometen con el fin de matrimoniar -y no existe impedimento legal para hacerlo-; o cuando la persona que lo comete restituye su libertad a la víctima y la pone en lugar seguro sin haber intentado un acto de naturaleza sexual. > matrimonio. rapto impropio. rapto propio.
|
| rapto impropio |
Delito consistente en sustraer o retener a una mujer -con fines sexuales o sentimentales- mayor de doce y menor de quince años de edad, con su consentimiento.
|
| rapto propio |
Delito consistente en sustraer o retener a una mujer con fines sexuales o sentimentales cuando media engaño; hay violencia o intimidación; la víctima es menor de trece años de edad; se encuentra en estado de vulnerabilidad o está incapacitada para resistir.
|
| ras | Igualdad en la superficie. || A igual altura. ► a ras. |
| rastro |
Indicio, pista o señal que deja alguien o queda de algo. No son tan claros los rastros del delito. || Vestigio, resto, huella. Los rastros del centro y parque arqueológico Guayabo. || Herramienta de jardín o para labores agrícolas que sirve para recoger la hierba cortada o esparcir la piedra menuda. || Lugar donde se mata, desuella, seleccionan y venden los productos y subproductos del ganado. || Lugar en que se vende carne al por mayor.
|
| rata 1 | Mamífero roedor del orden rodentia, de la familia Muridae, del género Rattus. La ‘Rattus norvegicus’ y la ‘Rattus rattus’ son especies de ratas que se encuentran prácticamente en todo el mundo. || Hembra del ratón. |
| rata 2 | Ladrón, maleante, delincuente. || ► ratero (a). || En Costa Rica, persona muy mala. || En Costa Rica, se dice de la persona desleal, traicionera o perjura. || ► tormento de la rata. || más pobre que una rata. Expresión que indica que la situación financiera de alguien es precaria, generalmente de forma permanente. |
| ratería |
Sustracción de cosas que no valen mucho. || Hurto realizado con maña. || Traición en contratos o pactos. || Bajeza, infamia, vileza.
|
| ratero (a) | Ladronzuelo; ladrón de poca monta. || Ladrón que roba o hurta mediante arrebato, sigilo o furtividad. || Que sustrae bienes o servicios con malas mañas. || Se dice de la persona o conducta despreciable o vil. || Que vuela a ras del suelo. |
| ratificación |
Aprobación de un acto ajeno relativo a derechos o cosas propias. || Confirmación de un dicho o hecho de manera que se da por valedero o cierto. || Insistencia o reiteración de una manifestación o consentimiento. || En asuntos jerárquicos, declaración de un superior con la que aprueba lo hecho o resuelto por un inferior.
|
| ratificación de los tratados internacionales |
Acto que pone en vigencia el acuerdo entre Estados o entidades internacionales y constituye, a partir de ese momento, un instrumento exigible. > tratado internacional. || Aprobación solemne que autoridad competente da a un convenio suscrito por entre Estados.
|
| ratificar |
Aprobar un acto ajeno relativo a derechos o cosas propias. || Confirmar un dicho o hecho de forma que se tiene por valedero o cierto. || Insistir o reiterar una manifestación o consentimiento. || Dicho de un superior jerárquico: Declarar que aprueba lo hecho o resuelto por el inferior.
|
| ratio aequitatis* | Locución latina que, libremente traducida, significa 'por razón de equidad'. |
| ratio agendi* | Locución latina que, libremente traducida, significa 'razón de proceder o hacer'. |
| ratio decidendi* | Locución latina que, libremente traducida, significa ‘razón para decidir’. “IV.- […], resulta determinante observar que el recurrente no dirige su reproche contra el fundamento central de la sentencia impugnada, el cual constituye su ratio decidendi, es decir, el motivo esencial en que se sostiene la decisión desestimatoria de su pretensión”. (Tribunal de Casación de lo Contencioso-Administrativo y Civil de Hacienda, N.° 88 de 09:22 h de 26 de junio de 2025). |