Diccionario

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Term Definition
reconvenir

En el proceso, ejercer una acción el demando contra el actor, al momento que contesta la demanda. Nuestra legislación procesal civil permite a quien es demandado en un proceso reconvenir al actor, siempre y cuando […], la demanda y la reconvención sean conexas en sus objetos”. || Contrademandar. || Recriminar, reprochar. || Regañar, desaprobar lo que alguien dice o hace.

RECOPE
 > Refinadora Costarricense de Petróleo, S. A. 
recreación
Entretención, diversión. || Actividad destinada a la distracción o a la relajación. || Satisfacción de deseos de descanso, entretenimiento, aventura o socialización. || Imitación o copia de un arquetipo. || Creación de algo nuevo a partir de un prototipo.
recreación laboral
En centros laborales o lugares de trabajo: Conjunto de actividades de entretención, distracción o relajación que se realizan para desarrollar o equilibrar los asuntos sociales, emocionales y físicos dela persona trabajadora.
recrear
Entretener, divertir, alegrar el ánimo. || Distraerse, relajarse. || Satisfacer deseos de descanso, entretenimiento, aventura o socialización. || Imitar, copiar o seguir un arquetipo. || Crear algo nuevo a partir de un prototipo.
recreativo (a)
Que entretiene, divierte o alegra. || Que distrae o relaja. || Que satisface deseos de descanso, entretenimiento, aventura o socialización.
rectificación
 Corrección de un error. || Enmienda de un proceder. || Subsanación de defectos. || Ajuste de algo a la exactitud debida. || Modificación de lo que se pensaba o decía. || Aclaración de lo manifestado.
rectificación de medida

Procedimiento catastral, registral, notarial o judicial mediante el cual se corrige un defecto o se subsana la información en cuanto a la dimensión de la cabida de un bien inmueble.

rectificación y respuesta

► derecho de rectificación y respuesta.

rectificar
 Corregir un error o lo que se considera errado. || Enmendar un proceder. || Subsanar defectos. || Ajustar algo a la exactitud debida. || Modificar lo que se pensaba o decía. || Aclarar lo manifestado.
recurrir

Acudir a una autoridad con una petición o demanda. || En materia procesal, solicitar o pedir motivadamente a un juez u órgano jurisdiccional que dicte una resolución que reemplace a otra que se objeta. || Buscar el favor, socorro o ayuda de alguien. || Usar una cosa para la consecución de un objetivo. || Dirigirse a un lugar para protegerse. || Volver una cosa al lugar de donde salió. || En cuestiones médicas, síntomas o enfermedad que reaparece después de haber cesado sus manifestaciones.

recurso

Acción y efecto de acudir ante autoridad competente con una petición o demanda. || Solicitud o petición motivada que se le hace a un órgano jurisdiccional o administrativo para que dicte una resolución que reemplace a otra que se impugna. || Solicitud o petición escrita. || Utilización de una cosa para la consecución de un objetivo. ► recursos. || Vuelta al lugar de donde se salió.

recurso ante casación en materia agraria
En Costa Rica, descriptor del Digesto de Jurisprudencia que se refiere al recurso que se interpone ante la Sala de Casación contra resoluciones definitivas de un tribunal agrario inferior, cuando se suponen transgredidas garantías de legalidad en materia referente a la regulación de la propiedad y organización de las explotaciones agrícolas y las relaciones concernientes a la agricultura. El recurso ante casación en materia agraria es de recibo sólo por motivos de fondo, aceptándose por motivos procesales la incongruencia y la reforma en perjuicio (numerales 559 Código de Trabajo y 61 Ley de la Jurisdicción Agraria), siendo defectos de la sentencia que ameritan el pronunciamiento de nulidad cuando se detectan.
recurso ante casación en materia de familia
En Costa Rica, descriptor del Digesto de Jurisprudencia que se refiere al recurso que se interpone ante la Sala de Casación contra fallos de segunda instancia dictados en la ejecución de sentencia en proceso ordinario o abreviado, u otras que produzcan autoridad de cosa juzgada -siempre que exceda de la cuantía fijada por la Corte Plena-, además de cuando se resuelvan puntos no controvertidos en el pleito ni decididos en la sentencia, así como cuando se provea en contradicción con lo ejecutoriado en materia referente a adopción; régimen de alimentos; curatela; patria potestad; divorcios; maternidad, paternidad, hijos y filiación; matrimonio; régimen patrimonial de la familia; separación judicial; tutela; y uniones de hecho.
recurso ante casación en materia laboral
En Costa Rica, descriptor del Digesto de Jurisprudencia que se refiere al recurso que se interpone ante la Sala de Casación contra las sentencias de tribunales superiores que hubieren sido pronunciadas en conflictos individuales o colectivos de carácter jurídico, de cuantía inestimable o mayor de la suma fijada por la Corte Plena, o cuando, si no se hubieren estimado, la sentencia importe para el deudor la obligación de pagar una suma que exceda la cifra indicada. El recurso ante casación en materia laboral "no estará sujeto a formalidades técnicas especiales, pero necesariamente contendrá: a) Indicación de la clase de juicio, del nombre y apellido de las partes, de la hora y fecha de la resolución recurrida y de la naturaleza de ésta; b) Las razones, claras y precisas, que ameritan la procedencia del recurso; y c) Señalamiento de casa para oír notificaciones".
recurso de alzada

Recurso de apelación. alzada 1. recurso de apelación.

recurso de amparo

El que busca la protección y el respeto de los derechos esenciales. || En Costa Rica, el que se interpone y tramita ante la Sala Constitucional a fin de garantizar los derechos y libertades fundamentales, salvo los resguardados por el recurso de habeas corpus. Procede contra la disposición, acuerdo, resolución, acción, omisión o actuación que no se fundamente en un acto administrativo eficaz y que quebrante, o amenace quebrantar, un derecho constitucionalmente consagrado. El recurso de amparo procederá no sólo contra los actos arbitrarios, sino también contra las actuaciones u omisiones fundadas en normas erróneamente interpretadas o indebidamente aplicadas”. ► amparo. amparo contra actuaciones y resoluciones jurisdiccionales. amparo contra sujetos de derecho privado. amparo de legalidad. recurso de habeas corpus.

recurso de amparo electoral
En Costa Rica, derecho fundamental y mecanismo procesal que procede contra toda disposición, acuerdo, resolución, acción, omisión o actuación que quebrante, o amenace quebrantar, los derechos político-electorales de los ciudadanos. Se interpone ante el Tribunal Supremo de Elecciones. > Tribunal Supremo de Elecciones. || Modalidad del recurso de amparo que se interpone ante la jurisdicción constitucional para el conocimiento y revisión de proclamación de candidaturas, de declaración de personas electas y de acuerdos de juntas electorales. > recurso de amparo.
recurso de apelación

 Medio procesal con que se solicita motivadamente, a un juez u órgano jurisdiccional superior, que se conozca y resuelva nuevamente acerca de lo discutido ante el inferior y que la resolución de este sea rectificada o revocada, total o parcialmente. ► apelación.

recurso de apelación de sentencia penal
 Medio procesal con que se solicita a un juez u órgano jurisdiccional superior que conozca nuevamente acerca de lo resuelto en un fallo judicial dictado por un inferior, en cuanto a la condena o absolución de un acusado, de las infracciones imputadas, de las penas solicitadas, de su responsabilidad civil y de las costas del proceso.
recurso de apelación de sentencia penal juvenil
 Medio procesal con que se solicita a un juez u órgano jurisdiccional superior que conozca nuevamente lo determinado en un fallo judicial dictado por un inferior, cuando se dispuso una sanción, o una restricción a la libertad ambulatoria, de una persona menor de 18 años y mayor de 12.
recurso de apelación electoral
En Costa Rica, categoría que comprende el régimen de impugnaciones que establece la posibilidad de que un partido político, o quien ostenta un derecho subjetivo, pueda apelar una resolución que, en materia electoral, dicta cualquier funcionario o dependencia del Tribunal Supremo de elecciones con potestades decisorias. El código electoral costarricense establece: "Artículo 240. Tipos de recursos Cabrá el recurso de apelación electoral contra los actos que, en materia electoral, dicten: a) El Registro Electoral. b) Las juntas electorales. c) El funcionario (a) encargado (a) de autorizar las actividades en lugares públicos. d) Las delegaciones cantonales de policía. e) Cualquier otro funcionario o dependencia del Tribunal, con potestades decisorias en la materia, o cualquier persona que colabore en una u otra forma en el ejercicio de la función electoral". > apelación electoral.
recurso de apelación en asuntos de familia
 Medida procesal que busca que un órgano jurisdiccional superior conozca, y resuelva nuevamente, lo decidido por un inferior en un asunto en que haya relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran una familia, entre sí o con terceros. || El que se interpone en cuestiones relativas a adopción; régimen de alimentos; curatela; patria potestad; divorcios; maternidad; paternidad; hijos; filiación; matrimonio; régimen patrimonial de la familia; separación judicial; tutela; y uniones de hecho. > apelación.
recurso de apelación en la ejecución penal juvenil
 Medida procesal que busca que un órgano jurisdiccional superior conozca y resuelva nuevamente lo decidido por un inferior en un asunto referente al cumplimiento de las sentencias firmes de condena, dictadas en un proceso que resuelve sobre imputaciones delictivas o contravencionales hechas a personas menores de edad.
recurso de apelación en materia agraria
 Medio procesal con que se solicita motivadamente, a un juez u órgano jurisdiccional superior, que se conozca y resuelva nuevamente acerca de lo discutido ante el inferior y que la resolución de este sea rectificada o revocada, total o parcialmente, en conflictos o procesos cuya materia esté relacionada con la operación o tareas de producción, transformación, industrialización y enajenación de productos agrícolas.