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Term Definition

rebeldía

Condición procesal penal del imputado que, sin impedimento grave, no comparece a una citación, se fuga de una cárcel o se ausenta de su domicilio sin avisar. || Situación de quien después de haber sido citado para comparecer en un juicio, no lo hace. || Figura procesal que ante la resistencia de un demandado para contestar la demanda, clausura esa posibilidad y permite seguir con las actuaciones, a fin de que no haya suspensión del proceso. || Situación en la que una persona demandada, durante un plazo conferido, no contesta la demanda. Tiene como corolario que se considerarán contestados como ciertos los hechos y el proceso continúa. demanda. demandado. || Dirección o participación en una sublevación o levantamiento contra un orden establecido o estatuido. || Insumisión, indocilidad. || Indisciplina. || Incomparecencia a una citación judicial.

rebeldía del demando civil

En Costa Rica, en el proceso penal y dentro de los trámites de la acción civil resarcitoria, situación que acaece cuando al demandado civil, mediante la debida notificación, se le comunica o traslada la demanda y, en la audiencia preliminar, no la contesta. Se tendrá por contestada afirmativamente en cuanto a los hechos -o que los da por ciertos- en ella consignados. En cuanto a la rebeldía del demandado civil: "Es la ausencia de respuesta al traslado de la acción y la incomparecencia injustificada a la audiencia preliminar lo que, dentro del proceso penal, hará incurrir al demandado civil en rebeldía". > acción civil resarcitoria. audiencia preliminar. demandado civil.

rebeldía del imputado (a)

 En el proceso penal, situación en la que un acusado no comparece en el término de las requisitorias o no se presenta, sin que haya impedimentos graves, ante el juez o tribunal que conoce la causa.

rebeldía en materia contencioso administrativa

En Costa Rica, en el proceso contencioso administrativo, situación y declaración oficiosa que acaece cuando un demandado no contesta dentro del emplazamiento de la demana. La rebeldía en materia contencioso administrativa conlleva que "se tenga por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos, sin perjuicio de que [el rebelde] pueda apersonarse, en cualquier tiempo, tomando el proceso en el estado en que se encuentre".

rebus sic stantibus

recalificación

Acción y efecto de conceptuar, catalogar o clasificar nuevamente una cosa. || Resultado de volver a determinar el grado de aptitud o competencia de algo. || Nueva valoración de circunstancias, autorías y naturaleza de una acción que se tenía por analizada. || Cambio en la calificación de un predio rústico a urbano o de uno urbano a rústico.

recalificación de puesto

Nueva consideración, evaluación o valoración que se realiza para determinar las cualidades o características de un puesto de trabajo. > reasignación de puesto. || En ciertos contextos de la práctica judicial, designación equívoca que se hace de 'reclasificación de puesto'. Al no ser lo mismo 'calificar' que 'clasificar', se puede decir que la recalificación de puesto se refiere a la valoración de las características del puesto; mientras reclasificación de puesto enuncia su ordenación o disposición dentro de una organización o estructura. > reclasificación de puesto.

recalificación jurídica de los hechos

Nueva apreciación o valoración normativa y legal que se hace de una acción o acontecimiento que ya se tenía analizado. || Cambio del encuadre o inclusión de una conducta o hecho hipotético que en un ordenamiento jurídico hace el legislador. || Variación de criterio de un juez o jueza en cuanto a la determinación de la norma legal aplicable a ciertas conductas o sucesos.

recalificar

Conceptuar, catalogar o clasificar nuevamente una cosa. || Volver a determinar el grado de aptitud o competencia de algo. || Dicho de las partes o de la persona que juzga: Valorar de nuevo las circunstancias, autorías y naturaleza de una acción que ya se tenía por analizada. || Cambiar la calificación de un predio rústico a urbano o de uno urbano a rústico.

recarga

Acción y resultado de volver a colocar un peso sobre alguien o algo. || Nuevo aumento de la carga o del trabajo. || Acción de suministrar nuevamente a una cosa lo necesario para que funcione. || Acción y efecto de volver a almacenar energía en un condensador o acumulador. || Nuevo aprovisionamiento de munición. || En telefonía celular, pagar anticipadamente los servicios de comunicación o de acceso a alguna red informática.

recargar

Volver a colocar un peso sobre una persona, animal o vehículo. || Imponer o sumar una función extraordinaria a la labor que normalmente se realiza. || Aumentar la carga o el trabajo, más allá de lo que puede hacer. || Suministrar nuevamente a una cosa lo necesario para que funcione. Hay que recargar gasolina o no llegamos. || Volver a almacenar energía en un condensador o acumulador. || Aprovisionar nuevamente de munición. || Incrementar una cantidad a pagar. || Agravar un impuesto. || Poner mucha cantidad de algo en una persona o cosa. || Adornar excesivamente una obra. Aquel pianista tiende a recargar, hasta el ridículo, lo que escribe. || En telefonía celular, pagar anticipadamente los servicios de comunicación o de acceso a alguna red informática.

recargo

Nuevo peso que se coloca sobre alguien o algo. || Aumento del peso que se dispone sobre alguien o algo. || Nuevo imposición o suma de funciones extraordinarias a la labor que por lo común se realiza. || Aumento de la carga de trabajo. || Nuevo almacenamiento de energía. || Incremento porcentual de una deuda por variaciones del contrato de crédito o por incumplimiento en el pago de las cuotas.

recargo de funciones en el empleo público

Imposición, mandato u orden con la que se le suman funciones extraordinarias a la labor de un funcionario, de alguna entidad que conforma la Administración pública, para sustituir al titular de un cargo durante vacaciones, incapacidades o licencias. El recargo de funciones en el empleo público deberá “hacerse en el servidor de la categoría inmediata inferior de quien se ausenta. Solo por excepción se aprobarán en empleados de menor categoría, en cuyo caso la gestión debe estar debidamente fundamentada”.

recargo de funciones en la función pública

► recargo de funciones en el empleo público.

recaudador (a)

Que cobra dinero. || Persona que cobra los tributos. || Quien percibe dinero, caudales o efectos.

recaudar

Cobrar dinero. || Cobrar tributos. > tributo. || Percibir dinero o bienes similares. || Custodiar, asegurar.

recaudo

Cobranza de dinero. || Cobranza de tributos. || Recepción de dineros o caudales. || Custodia, aseguramiento. || a buen recaudo. Locución que indica que alguien o algo está custodiado o seguro; que se le da cuido.

recepción

La acción y el resultado de tomar lo que dan o envían. || Recibimiento. || Obtención de un sueldo, renta o suma. || Admisión o aceptación de una cosa. || Efecto de padecer un daño. || Admisión dentro de sí. || Aceptación de la obra, construcción o trabajo. || Acción de acoger a quien visita. || Captación de una señal, onda o frecuencia. Hay una buena recepción de esa estación de radio. || Ceremonia o reunión social con la que se celebra a alguien. || En el proceso judicial, recibimiento de testigos con el fin de examinarlos y averiguar una verdad. || En hoteles y otros centros de reunión, lugar de admisión e información.

recepción y distribución de señales de satélite codificadas portadoras de programas

En Costa Rica, delito contra los derechos de autor y derechos conexos, consistente en recibir y distribuir una señal portadora de programas originada como señal de satélite codificada, con conocimiento de que ha sido descodificada sin la autorización del distribuidor legítimo de dicha señal. ► derechos de autor. derechos conexos.

recepción, adquisición y negociación ilegal de ganado, productos y subproductos

En Costa Rica, conducta punible que comete quien recibe, adquiere o negocia ganado previamente movilizado sin la guía de movilización legal. || En Costa Rica, hecho ilícito que perpetra el propietario, arrendante, socio, gerente, representante legal, empleado o encargado de un establecimiento mercantil que recibe, adquiere o negocia productos y subproductos de ganado bovino sin contar con la factura comercial y -en caso de canales y medios canales de ganado- sin el sello de matanza impreso. > guía oficial de movilización. productos y subproductos de ganado bovino. transporte y movilización de ganado.

receptación

 Recepción o tomadura de lo se envía o da. || Escondite o encubrimiento de personas o cosas relacionadas con una conducta delictiva. || Aprovechamiento de los efectos de un delito. || Delito consistente en adquirir, recibir u ocultar dinero, cosas o bienes provenientes de un delito en que no se participó o se intervino en su adquisición, recepción u ocultación.

receptación de cosas de procedencia sospechosa

 Conducta delictiva que comete quien, sin promesa anterior a un delito, reciba cosas o bienes que debían presumirse provenientes de una actividad ilícita.

receptación, legalización o encubrimiento de bienes

Delito consistente en administrar, adquirir, asegurar, custodiar, invertir, ocultar, transferir, transformar o dar apariencia de legitimidad a bienes o derechos, que se saben producto del enriquecimiento ilícito o de las actividades delictivas de un funcionario público, cometidas con ocasión del cargo, o por medios u oportunidades que el puesto facilita. > encubrimiento. legalización. receptación.

receptar

Recibir; tomar lo que dan o envían. || Esconder o encubrir a personas o cosas relacionadas con una conducta delictiva. || Aprovechar los efectos de un delito.

receptor (a)

Que recibe o toma lo que le envían o dan. || Quien esconde o encubre a personas o cosas relacionadas con una conducta delictiva. || En materia de trasplante de órganos y tejidos, persona que recibe el trasplante de un órgano o tejido con fines terapéuticos. || Persona que se aprovecha de los efectos de un delito. || En conversaciones o comunicaciones, quien recibe el mensaje. || Aparato que recibe señales eléctricas, telegráficas, telefónicas o cibernéticas. El aparato de televisión como receptor de señales electromagnéticas. || Motor que recibe la energía de un generador.