Term | Definition |
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reasignación |
Efecto de señalar dos o más veces lo que le corresponde a una persona o cosa. || Variación de la cantidad que, para un fin determinado, primeramente se entregó o se tenía que entregar. || Cambio de la fijación o determinación de un cargo, trabajo u obra.
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reasignación de puesto |
Cambio que se ejecuta o efectúa en la clasificación de un cargo o trabajo con motivo de variaciones sustanciales y permanentes en las tareas y responsabilidades. "Cuando el jerarca o jefe autorizado estime que en un puesto se han dado cambios sustanciales y permanentes en sus tareas, actividades y responsabilidades, como consecuencia de modificaciones en los objetivos y/o procesos de trabajo, que impliquen la obtención de productos o servicios más eficientes, salvo casos de excepción a juicio de la instancia competente podrán gestionar ante la Oficina de Recursos Humanos respectiva, el trámite de la reasignación de puesto, o el estudio de clasificación que corresponda". > revaloración de puesto.
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reasignar | Fijar o señalar dos o más veces lo que le corresponde a una persona o cosa. || Variar la cantidad que, para un fin determinado, primeramente se dio o se tenía que dar. || Cambiar la fijación o determinación de un cargo, trabajo u obra. || Volver a establecer, precisar o determinar. |
rebelde | Quien no comparece a una citación judicial. El procedimiento sólo se paralizará con respecto al rebelde y continuará para los imputados presentes. || En materia procesal, persona demandada que durante un plazo conferido, no contesta la demanda. || El que no comparece a juicio. || Quien dirige o participa en una insurrección, sublevación o levantamiento. || Insumiso, indócil. || Indisciplinado. || El que no obedece a lo que se le manda. |
rebeldía | Condición procesal penal del imputado que, sin impedimento grave, no comparece a una citación, se fuga de una cárcel o se ausenta de su domicilio sin avisar. || Situación de quien después de haber sido citado para comparecer en un juicio, no lo hace. || Figura procesal que ante la resistencia de un demandado para contestar la demanda, clausura esa posibilidad y permite seguir con las actuaciones, a fin de que no haya suspensión del proceso. || Situación en la que una persona demandada, durante un plazo conferido, no contesta la demanda. Tiene como corolario que se considerarán contestados como ciertos los hechos y el proceso continúa. ► demanda. demandado. || Dirección o participación en una sublevación o levantamiento contra un orden establecido o estatuido. || Insumisión, indocilidad. || Indisciplina. || Incomparecencia a una citación judicial. |
rebeldía del demando civil |
En Costa Rica, en el proceso penal y dentro de los trámites de la acción civil resarcitoria, situación que acaece cuando al demandado civil, mediante la debida notificación, se le comunica o traslada la demanda y, en la audiencia preliminar, no la contesta. Se tendrá por contestada afirmativamente en cuanto a los hechos -o que los da por ciertos- en ella consignados. En cuanto a la rebeldía del demandado civil: "Es la ausencia de respuesta al traslado de la acción y la incomparecencia injustificada a la audiencia preliminar lo que, dentro del proceso penal, hará incurrir al demandado civil en rebeldía". > acción civil resarcitoria. audiencia preliminar. demandado civil.
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rebeldía del imputado (a) | En el proceso penal, situación en la que un acusado no comparece en el término de las requisitorias o no se presenta, sin que haya impedimentos graves, ante el juez o tribunal que conoce la causa. |
rebeldía en materia contencioso administrativa |
En Costa Rica, en el proceso contencioso administrativo, situación y declaración oficiosa que acaece cuando un demandado no contesta dentro del emplazamiento de la demana. La rebeldía en materia contencioso administrativa conlleva que "se tenga por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos, sin perjuicio de que [el rebelde] pueda apersonarse, en cualquier tiempo, tomando el proceso en el estado en que se encuentre".
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rebus sic stantibus | |
recalificación |
Acción y efecto de conceptuar, catalogar o clasificar nuevamente una cosa. || Resultado de volver a determinar el grado de aptitud o competencia de algo. || Nueva valoración de circunstancias, autorías y naturaleza de una acción que se tenía por analizada. || Cambio en la calificación de un predio rústico a urbano o de uno urbano a rústico.
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recalificación de puesto |
Nueva consideración, evaluación o valoración que se realiza para determinar las cualidades o características de un puesto de trabajo. > reasignación de puesto. || En ciertos contextos de la práctica judicial, designación equívoca que se hace de 'reclasificación de puesto'. Al no ser lo mismo 'calificar' que 'clasificar', se puede decir que la recalificación de puesto se refiere a la valoración de las características del puesto; mientras reclasificación de puesto enuncia su ordenación o disposición dentro de una organización o estructura. > reclasificación de puesto.
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recalificación jurídica de los hechos |
Nueva apreciación o valoración normativa y legal que se hace de una acción o acontecimiento que ya se tenía analizado. || Cambio del encuadre o inclusión de una conducta o hecho hipotético que en un ordenamiento jurídico hace el legislador. || Variación de criterio de un juez o jueza en cuanto a la determinación de la norma legal aplicable a ciertas conductas o sucesos.
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recalificar |
Conceptuar, catalogar o clasificar nuevamente una cosa. || Volver a determinar el grado de aptitud o competencia de algo. || Dicho de las partes o de la persona que juzga: Valorar de nuevo las circunstancias, autorías y naturaleza de una acción que ya se tenía por analizada. || Cambiar la calificación de un predio rústico a urbano o de uno urbano a rústico.
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recarga |
Acción y resultado de volver a colocar un peso sobre alguien o algo. || Nuevo aumento de la carga o del trabajo. || Acción de suministrar nuevamente a una cosa lo necesario para que funcione. || Acción y efecto de volver a almacenar energía en un condensador o acumulador. || Nuevo aprovisionamiento de munición. || En telefonía celular, pagar anticipadamente los servicios de comunicación o de acceso a alguna red informática.
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recargar |
Volver a colocar un peso sobre una persona, animal o vehículo. || Imponer o sumar una función extraordinaria a la labor que normalmente se realiza. || Aumentar la carga o el trabajo, más allá de lo que puede hacer. || Suministrar nuevamente a una cosa lo necesario para que funcione. Hay que recargar gasolina o no llegamos. || Volver a almacenar energía en un condensador o acumulador. || Aprovisionar nuevamente de munición. || Incrementar una cantidad a pagar. || Agravar un impuesto. || Poner mucha cantidad de algo en una persona o cosa. || Adornar excesivamente una obra. Aquel pianista tiende a recargar, hasta el ridículo, lo que escribe. || En telefonía celular, pagar anticipadamente los servicios de comunicación o de acceso a alguna red informática.
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