Term | Definition |
---|---|
profesar |
Trabajar, ejercer o dedicarse a una ciencia, arte u oficio. || Ejercer una actividad lucrativa. || Enseñar una ciencia, técnica, disciplina o arte. || Creer o confesar una doctrina. || Sentir y demostrar un afecto o tener una inclinación por alguien o algo. || Ingresar a una orden religiosa.
|
profesión |
Trabajo, ejercicio o dedicación a una ciencia, arte u oficio. || Empleo u oficio que se realiza regularmente. || Ocupación habitual con la que una persona se gana la vida. || Ejercicio de un trabajo o una actividad lucrativa. || Conjunto de personas que ejercen un mismo trabajo o labor. || Confesión o creencia en una doctrina.
|
profesión liberal | Quehacer profesional, autónomo o con plena independencia laboral, que supone el ejercicio de una actividad intelectual o técnica, mediante la aplicación de reglas sistemáticas o pericias científicas, previa habilitación por medio de título y, eventualmente, la incorporación a un colegio profesional. “La singularidad de las profesiones liberales surge de la inexistencia de una relación de dependencia con su clientela, de modo que el profesional liberal tiene autonomía e independencia plena en la forma de prestar los servicios profesionales —horario, lugar, etc.— dado que lo hace por cuenta propia, razón por la cual sus servicios son remunerados mediante honorarios”. Los abogados, los médicos y los artistas ejercen profesiones liberales. || Dicho del ejercicio de una carrera para el que se fue capacitado en un centro de enseñanza universitario o especializado. Por lo general es actividad predominantemente intelectual. |
profesional | Relativo o concerniente al ejercicio de una ciencia, arte u oficio. || Se dice que la persona que ejerce un trabajo u oficio, de forma habitual, con el que se gana la vida. || Dicho de la persona que es particularmente hábil, capaz y aplicada en el ejercicio de un trabajo. |
profesional en ciencias agropecuarias | En Costa Rica, profesionales, con grado académico, que sea ingeniero agrónomo —ya sea generalista, en producción, en fitotecnia, en Zootecnia, o en Economía Agrícola—, ingeniero forestal, o administrador de empresas agropecuarias. |
profesional en ciencias de la salud |
El que ejerce habitualmente un trabajo u oficio conexo a disciplinas relacionas con la promoción y conservación del bienestar físico o psicológico de una persona o comunidad. Fisioterapeutas, médicos y farmecéuticos son profesionales en ciencias de la salud. > ciencias de la salud.
|
profesional en derecho |
> abogado.
|
profesional liberal |
Persona que ofrece sus servicios y brinda su trabajo de forma autónoma e independiente. "El profesional liberal aplica, para un caso concreto, sus conocimientos científicos o técnicos sin someterse a ninguna dirección y bajo su exclusiva responsabilidad, esto es, de acuerdo a su leal saber y entender". > profesión liberal.
|
progenitor (a) | Antepasado en línea directa de alguien. || Ser que origina a otro. || En plural, el papá y la mamá. Los progenitores de Raúl son doña Tatiana y don Emilio.
|
programa |
Aviso público. || Edicto. || Exposición ordenada de lo que se piensa hacer. || Conjunto reglado de acciones necesarias para la consecución de un fin. || Plan, proyecto. || Tema de una obra o manifestación. || Anuncio de las actividades que se realizarán en un acto dirigido al público. || Hoja o cuadernillo que contiene información acerca de un espectáculo o representación. || Relación de la materia que se impartirá en un curso o asignatura. || Emisión televisiva o radiofónica, generalmente serial y con unidad temática. || En informática, secuencia o conjunto de instrucciones unitarias y codificadas que permite a una computadora realizar determinadas operaciones.
|
Programa de Pago por Servicios Ambientales | En Costa Rica, plan de reconocimiento financiero por parte del Estado, a través del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, a los propietarios y poseedores de bosques y plantaciones forestales por los servicios ambientales que proveen y que inciden directamente en la protección y mejoramiento del medio ambiente. ► contrato de reforestación. contrato de servicios ambientales. Fondo Nacional de Financiamiento Forestal. servicio ambiental. |
progre | Acortamiento de ‘progresista’. Forma coloquial, y en ocasiones peyorativa, de referirse a una persona de izquierda o que no es conservadora. ► conservador (a). izquierda. progresista. |
progresar | Mejorar, desarrollarse en determinado ámbito, actividad o materia. || Estar en una condición superior a la anterior. || Avanzar, superar etapas. Progresar en el análisis. Progresar en el estudio. |
progresista | Dicho de una persona o de una visión política o sociológica: De izquierda, que no es conservadora. ► conservador (a). izquierda. |
progresividad | Cualidad de lo que avanza paulatina, escalonada o gradualmente. || Carácter de lo que aumenta en cantidad o fuerza. || En derecho, acortamiento de la nominación de diversos principios que comprenden la palabra “progresividad”. ► principio de progresividad. |
progresivo (a) | Que avanza de forma paulatina, escalonada o gradual. Un análisis progresivo de los elementos del delito. || En lo penitenciario, se dice del cumplimiento de etapas dentro del sistema carcelario en cuanto al cumplimiento de la pena y la recuperación de la libertad ambulatoria. || En materia tributaria o impositiva, que aumenta el porcentaje, o tipo impositivo exigido, en cuanto son mayores los ingresos o beneficios. ► impuesto progresivo. || Que aumenta continuamente. Una enfermedad progresiva. || Que aumenta en cantidad o fuerza. La presión política era progresiva. |
progreso | Mejora, desarrollo en determinada materia. || Superación de una condición inferior a la que se encuentra actualmente. || Avance, adelante, mejora. || Superación de etapas. |
prohibición | Impedimento normativo para la ejecución de algo. ► beneficio salarial por prohibición. || Oposición o negativa a que se realice algo. || Imposibilidad de efectuar una acción. |
prohibición de discriminación por raza | Imposibilidad o interdicción de separar, segregar, relegar o diferenciar negativamente a ningún ser humano a causa de su pertenencia a un grupo étnico o raza. ► discriminación étnica. discriminación racial. etnia. grupo étnico. raza.
|
prohibición de discriminación por religión | Imposibilidad fáctica, interdicción o impedimento normativo de diferenciar negativamente a ninguna persona a causa de sus creencias, dogmas o doctrinas referentes a divinidades, ritos o ceremonias litúrgicas |
prohibición de discriminación por sexo | Imposibilidad fáctica o impedimento normativo de diferenciar negativamente en perjuicio de los derechos y dignidad de un ser humano en virtud la condición anatómica y fisiológica que lo distingue como mujer u hombre. |
prohibición de doble valoración | En derecho penal, criterio que establece que el juez no puede, para efectos de determinación e imposición de la pena, valorar nuevamente elementos ya considerados por el legislador en el tipo penal. A partir de la prohibición de doble valoración, es inadmisible agravarle la pena a quien cometió un robo simple por haber empleado fuerza en las cosas o violencia sobre la víctima, ya que el tipo penal contempla esas circunstancias como elementos configurativos del delito. || En derecho penal, criterio que determina la imposibilidad de valorar en dos momentos distintos un mismo elemento que incide en la determinación de la pena. La prohibición de doble valoración “implica que no es posible utilizar en la medición judicial de la pena —para aumentarla o disminuirla— elementos que ya ha tenido en cuenta el legislador al tipificar una conducta, ni aquellos que afectan a todos los delitos de la misma naturaleza; en ambos casos se trata de situaciones ya valoradas por el legislador y esa valoración se ha traducido en un cierto marco punitivo concreto”. |
prohibición de regreso | Criterio doctrinal que procura determinar la responsabilidad penal de quien realiza una conducta inocua o inocente que ayuda al hecho delictivo de otro. Según la teoría de prohibición de regreso todo favorecimiento imprudente de una conducta dolosa y culpable es impune. || En derecho penal, postulado teórico que refiere al carácter impune del favorecimiento imprudente de un delito. La prohibición de regreso excluye la imputación objetiva de la conducta. ► imputación objetiva. |
prohibiciones posteriores al servicio del cargo |
Conducta ilícita que comete el funcionario público que, dentro del año siguiente a la celebración de un contrato administrativo mayor o igual que el límite establecido para la licitación pública en una entidad en la que prestó servicios, acepte empleo remunerado o participación en el capital social con la persona física o jurídica favorecida, si tuvo participación en alguna de las fases del proceso de diseño y elaboración de las especificaciones técnicas o de los planos constructivos, en el proceso de selección y adjudicación, en el estudio y la resolución de los recursos administrativos contra la adjudicación, o en el proceso de inspección y fiscalización de la etapa constructiva o la recepción del bien o servicio adjudicado.
|
prohibir | Imposibilitar una acción. || Impedir normativamente la ejecución de algo. || Oponerse o negarse a que algo se realice. |