Term | Definition |
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ofender | En derecho penal y procesal penal, perpetrar un delito o cometer una acción ilícita. || Humillar, afrentar, actuar contra la dignidad. || Agraviar, vejar, burlarse. || Molestar, enojar, desagradar a una persona. || Actuar en contra de lo que es considerado bueno o conveniente. Sus observaciones ofenden la inteligencia de cualquiera. || Hacer daño físico, psicológico o patrimonial. |
ofendículo |
Obstáculo, impedimento.
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ofendido (a) | En derecho penal y procesal penal, víctima de un delito o acción ilícita. ► víctima. || Persona que sufre humillación, afrenta o acción contra su dignidad. || El que sufre agravio, vejación o burla. || Sujeto que sufre daño. |
ofensa | Humillación, afrenta, acción contra la dignidad. || Agravio, vejación, burla. || En general, daño. || Dicho del resultado de una acción ilegal. |
ofensa a la memoria de un difunto | En Costa Rica, contravención que comete quien afrenta el recuerdo de una persona muerta con injurias o difamaciones. El derecho de acusar, en caso de ofensa a la memoria de un difunto, comprende al cónyuge, hijos, padres, nietos y hermanos consanguíneos del muerto. ► difamación. injuria. |
ofensa grave |
En derecho de familia, infracción al deber de respeto mutuo de los cónyuges, consistente en el dicho de una locución, o serie de ellas, por escrito, gestual o de palabra, que contiene injurias, agravios, ultrajes, humillaciones o maltratos.
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ofensas a la dignidad | En Costa Rica, delito enmarcado en la violencia psicológica, que comete quien ofende de palabra en su dignidad o decoro a una persona con quien se mantiene una relación de matrimonio o en unión de hecho, declarada o no. ► violencia psicológica. |
ofensas en juicio |
Conducta contra el honor que perpetran los litigantes, apoderados o defensores ante los tribunales, cuando profieren o formulan injurias, agravios, ultrajes o humillaciones en escritos, manifestaciones o discursos concernientes al objeto del juicio.
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ofensor (a) |
En derecho penal y procesal penal, persona que perpetra un delito o comete una acción ilícita contra alguien. || Persona que causa un daño físico, psicológico o patrimonial. || Quien humilla, afrenta o actúa contra la dignidad. || Sujeto que agravia, veja o se burla. || Individuo que molesta, enoja o desagrada a otro.
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ofensor sexual (a) | En Costa Rica, en el Centro Electrónico de Información Jurisprudencial del Poder Judicial, descriptor sinónimo de ‘agresor sexual’. ► agresor sexual (a). |
oferente |
La persona que propone, promete o se obliga a cumplir algo.
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oferta |
Propuesta o promesa de dar o cumplir con algo. || Iniciativa que se expone con el fin de contratar. || Producto que se ofrece para la venta. || Venta a un precio rebajado que se hace de un producto o servicio. || En economía, los conjuntos de bienes o servicios que se ponen a consideración de compra y de venta en un mercado y momento determinado.
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oferta de servicios | Declaración de un trabajador para demostrar la idoneidad para efectuar una labor y estar dispuesto a prestar sus servicios. ► concurso de antecedentes en el empleo público. |
oferta de trabajo |
Manifestación de un empleador de que requiere empleados, colaboradores o auxiliares, en condiciones determinadas. || Declaración de un trabajador de estar dispuesto a desempeñar labores pagadas bajo condiciones definidas.
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oferta pública de valores | Ofrecimiento hecho o anunciado por cualquier medio de publicidad, expreso o implícito, que busque emitir, colocar, negociar o comerciar valores. En Costa Rica, “únicamente podrán hacer oferta pública de valores en el país los sujetos autorizados por la Superintendencia General de Valores, salvo los casos previstos en esta ley”. ► valores. |
oferta real de pago | Declaración de voluntad y actuación concreta de un deudor, dirigida a su acreedor, en la que manifiesta la decisión de cumplir de inmediato una obligación. “Lo establecido en el artículo 807 y siguientes del Código de Procedimientos Civiles, en cuanto a que la oferta real de pago debe ser hecha por un notario público, es para que conste de un modo auténtico, con certeza, que ese pago fue realmente ofrecido con los demás requisitos que señala la ley”. |
ofertar | Ofrecer en venta o compra un bien o servicio. || Dar o prometer una cosa. || Brindar un oferente, por tiempo limitado, ventajas al comprador. |
offshore | Palabra en inglés que literalmente significa ‘lejos de la costa’. En el mundo empresarial, la voz refiere a la extraterritorialidad, o a la disposición en el extranjero, de un recurso o una parte del proceso productivo. La contratación “offshore” se llevó a cabo pese a la crisis financiera de esa región del mundo. || Dicho financiero que se refiere a ventajas fiscales o transacciones fiscales y financieras hechas en el extranjero. ► paraíso fiscal. |
oficial | Que procede de una autoridad estatal, legítima y en ejercicio de sus atribuciones. Documento oficial. || Que emana o deviene de una agencia pública o gubernativa. Boletín oficial. Prensa oficial. || Que proviene de quien está autorizado o facultado para actuar. Comunicación oficial del equipo. || Persona que desempeña un oficio y que ha superado los conocimientos básicos. || En Costa Rica, agente público de seguridad. || En Costa Rica, coloquialmente, agente privado de seguridad. Ayer fui al condominio de René, pero el oficial no me dejó pasar. || En lo militar, graduación que generalmente comprende desde el alférez hasta el capitán. |
oficial de la Fuerza Pública | Miembro de un cuerpo armado, estatal y gubernamental, encargado de la seguridad y el ejercicio de derechos y libertades de los habitantes de un país. ► Fuerza Pública. policía. |
oficial de tránsito | En Costa Rica, en el Centro Electrónico de Información Jurisprudencial del Poder Judicial, descriptor sinónimo de ‘inspector de tránsito’. ► inspector de tránsito. |
oficialidad | Cualidad de lo que procede de una autoridad estatal o legitimada y en el ejercicio de sus atribuciones. || En cuestiones de militares, conjunto de oficiales. |
oficialismo |
Tendencia política de quienes apoyan al Gobierno. || Fuerza que está en el Poder.
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oficina |
Lugar de trabajo, público o privado, en donde se conocen, dirigen, ordenan, informan o tramitan asuntos determinados. || Departamento de carácter burocrático o administrativo en el que trabajan empleados estatales o privados. || Administración de una empresa. En varios países latinoamericanos, a principios del siglo XX, la Oficina solo permitía cambiar las fichas del salario en los comisariatos de la empresa misma. || Lugar donde despachan ciertas profesiones liberales. Ese edificio está ocupado por oficinas de abogados y contadores.
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Oficina de Defensa Civil de la Víctima | En Costa Rica, departamento adscrito al Ministerio Público, encargado de la protección del derecho de la víctima a ser compensada económicamente, mediante la acción civil resarcitoria, por los daños y perjuicios causados por un delito. En Costa Rica, quienes tienen derecho a delegar el ejercicio de la acción civil en la Oficina de la Defensa Civil de la Víctima son “todas las personas que han sido víctimas directas de un delito (homicidio, estafa, robo, violación, abusos deshonestos, lesiones culposas, etc.) y que no tienen medios económicos para contratar a un abogado que les ayude a cobrar los daños y perjuicios ocasionados con el delito. ► acción civil resarcitoria. Ministerio Público. víctima. |