Term | Definition |
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ámbito de intimidad | Esfera especial de reserva, dentro de la cual la persona humana puede desenvolverse sin la injerencia de terceros. “[E]l ámbito de intimidad no es sólo la vivienda, sino todo lugar —aunque no se viva allí— donde se tengan cosas en tal disposición que se deduzca de ellas la vida privada —íntima— de la persona; así p.e., en una oficina o área no pública de un local comercial podrían encontrarse botellas de licor, ropa, correspondencia, fotografías, libros, contabilidades, etc., de la que podría deducirse información que sólo atañe a quien allí las tiene”. (Sentencia del Tribunal de Casación Penal de San Jose, N.º 62 de 11:30 h de 1 de febrero de 2002). || Lugar personal, privado y restringido al público. “… [L]a perturbación al ámbito de intimidad se produce aunque ese no hubiese sido el objetivo específico y directo de aquél (el agente activo)... carece de razón lo que se ha interpretado en cuanto a la necesidad de que la casa de negocios esté habitada para que haya delito, ya que de ser así no tendría sentido la distinción que dispone la ley entre morada y casa de negocios, pues habitada la última, se la tutelaría como morada, siendo distinto el caso en que el tipo penal así lo exige. De lo anterior puede derivarse que si una institución, como la referida en autos, se encuentra cerrada al público en razón del horario correspondiente, quien penetre a ella contra la voluntad —presunta o directa— de quienes tendrían derecho a excluirlo, comete el delito de Violación de Domicilio [sic] aunque su motivación o propósito específico no fuese perturbar o lesionar el ámbito de intimidad (...) lo que hace factible que un sujeto viole un domicilio motivado en muy diferentes circunstancias (por ejemplo para dañar una pizarra, o destruir libros, etc.) pero no por ello desaparece su conducta dolosa constitutiva de la infracción al haber perturbado el ámbito de intimidad en los términos anteriormente expuestos ...” . (Sentencia de la Sala Tercera, N.º 66 de 10:10 h de 31 de enero de 1997). |
ambulante |
Que se mueve de un lugar a otro. || Sin asiento; que con frecuencia cambia de sitio. || Actividad cuya realización obliga a trasladarse continuamente. Venta ambulante.
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ambular |
Moverse o trasladarse continuamente de un sitio a otro.
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ambulatorio (a) | Lo susceptible de movimiento o traslado. Libertad ambulatoria. || En Medicina, tratamiento o enfermedad que no exigen o precisan que el paciente permanezca internado en un hospital u otro tipo de centro de salud. |
amedrentar |
Causar miedo. || Amenazar y, en consecuencia, infundir temor.
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amenaza |
Aviso, por medio de acciones o palabras, de que se va a causar un daño. || Indicio de un perjuicio inminente.
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amenaza a un funcionario público |
Delito que comete quien, a sabiendas de su calidad, amenaza a un funcionario público a causa de sus funciones.
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amenaza contra una mujer | En Costa Rica, delito enmarcado en la violencia psicológica, consistente en amenazar con lesionar un bien jurídico de una mujer —o de una tercera persona íntimamente vinculada a ella o a su familia—, con quien se mantiene una relación de matrimonio o en unión de hecho, declarada o no. |
amenazar |
Avisar o anunciar la intención de que se va a causar un daño o mal.
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amenazas agravadas |
Circunstancia de agravamiento de la pena por amenazas cometidas con armas de fuego, por dos o más personas reunidas o si son anónimas o simbólicas.
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amenazas personales |
Conducta ilícita consistente en avisar que se le va a causar un daño a otro o a la familia de este.
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amigable | Que tiende a la afabilidad y al trato amistoso. ► amistad. || Que es amable y posibilita la amistad. || En informática, que es de fácil utilización. |
amigable componedor (a) | Persona que las partes enfrentadas eligen, sin mayores formalidades y sin acudir a tribunales, para que decida según su entender acerca de la disputa puesta en su conocimiento. |
amigable composición | Resolución adoptada por el amigable componedor. Según la legislación, la fuerza ejecutiva de lo decidido, con la amigable composición, varía. ► amigable componedor (a). |
amigo (a) |
Persona conocida y querida que no pertenece a nuestra familia y con la cual se tiene una relación de cercanía. || En ciertos contextos, tratamiento de confianza. || Que es o está inclinado a algo o a alguien. Pedro es amigo de las revistas del corazón.
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