Term | Definition |
---|---|
mandatario especialísimo (a) | Persona que en el contrato de mandato acepta realizar un acto específico, legalmente determinado, referente a aspectos esencialmente personales del mandante. ► mandante 2. mandato 2. mandato especialísimo. |
mandatario general (a) | Persona que, en el contrato de mandato, acepta la administración de todos o algunos de los negocios del mandante. ► mandante 2. mandato 2. mandato especial. |
mandatario general judicial (a) |
Profesional en Derecho que representa al mandante en todos los procesos que se tramiten en sede judicial, en los cuales el segundo es parte. ► mandante 2. mandato 2. mandato especial judicial. mandato general judicial. |
mandatario generalísimo (a) | Persona que, en el contrato de mandato, acepta la potestad de vender, hipotecar, enajenar o gravar toda clase de bienes del mandante; así como aceptar o repudiar herencias, gestionar judicialmente, celebrar contratos y ejecutar diversos actos jurídicos. ► mandante 2. mandato 2. |
mandato 1 | Contrato consensual, retribuido o gratuito, mediante el cual una de las partes entrega a la otra su representación personal y el encargo para el desempeño de una gestión, servicio o negocio. || Contrato de representación. |
mandato 2 | Orden o precepto que se le da a alguien para que lo cumpla. || Regla o disposición que se debe obedecer, observar y ejecutar. || Orden que se le da a un aparato para que realice una función. || En Costa Rica, representación dada en elección popular que se confiere al presidente, a los diputados, regidores y munícipes. || Tiempo que dura la presidencia de alguien. El mandato presidencial del doctor Abel Pacheco se extendió por cuatro años. |
mandato colectivo |
Contrato consensual, en el que hay pluralidad de mandantes, o mandatarios o diversidad de unos y otros. > mandatario. (a).2. mandante.2. mandato.2.
|
mandato especial | El que se realiza para que el mandatario pueda ejecutar o efectuar uno o varios negocios determinados. "El mandato especial para ciertos actos de una naturaleza determinada debe limitarse a los actos para los cuales ha sido dado, y no puede extenderse a actos análogos, aunque estos podrían considerarse como consecuencia natural de los que el mandante ha encargado hacer". ► mandante 2. mandato 2. mandatario (a) 2. |
mandato especial judicial | El que se realiza para que el mandatario o abogado representante pueda efectuar diversas y determinadas actividades judiciales. Con un mandato especial judicial, el mandatario puede apersonarse como actor y seguir un juicio o juicios en diversas instancias. La jurisprudencia costarricense ha dispuesto que “[…] el contrato de mandato especial judicial es de carácter formal, en tanto sólo puede ser otorgado, por quien tiene la representación, únicamente a quien ostenta la profesión de abogado”. (Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, N.° 7 de 11:20 h de 24 de abril de 2013). ► mandante 2. mandatario 2. mandato 2. mandato especial. mandato general. |
mandato especialísimo | El realizado para que se ejecuten actos específicos, legalmente determinados, y que tratan de aspectos esencialmente personales del mandante. El poder otorgado para contraer matrimonio o tramitar un divorcio es ejemplo de un mandato especialísimo. |
mandato general | Contrato mediante el cual el mandante le otorga al mandatario poder para la administración de alguno o de varios negocios. |
mandato general judicial | El que se realiza para que una persona, profesional en Derecho, represente los intereses del mandante en todos los procesos que se tramiten en sede judicial. ► mandato 2. mandato especial judicial. mandato general. |
mandato generalísimo |
El que posibilita al mandatario para vender, hipotecar, enajenar o gravar toda clase de bienes del mandante, así como aceptar o repudiar herencias, gestionar judicialmente, celebrar toda clase de contratos y ejecutar diversos actos jurídicos.
|
mandato judicial |
El otorgado a un abogado o a quien la ley faculta excepcionalmente para que intervenga en un proceso en defensa de los intereses del mandante. En ocasiones el mandato judicial fue denominado "poder para pleitear".
|
mando |
Autoridad del superior jerárquico para con el subalterno. || Posibilidad de imponer un precepto u orden. || Facultad de asignar la realización de algo. || Aptitud de encargar que se haga una cosa. || Capacidad, legal o de hecho, que una persona o colectivo tiene para ordenar a otros. || Disposición para gobernar, regir, dirigir o regentar.
|
manejar |
Utilizar, usar o emplear personas, animales o vehículos. || Manipular o maniobrar cosas. || Dirigir, gobernar o mandar. || Guiar o gobernar un vehículo o máquina. || Comportarse de cierta manera en situaciones determinadas. Lucía se maneja muy bien en esos ambientes.
|
manejo | Utilización, uso o empleo de personas, animales o vehículos. || Manipulación o manipulación de cosas. || Dirección, gobierno, mando. || Guía o gobierno de un vehículo o máquina. || Intriga, maquinación o complot. |
manejo forestal | Acciones y prácticas con las cuales se aprovecha un bosque, a partir de regulaciones y tratamientos idóneos para la protección de los árboles. |
manía |
Trastorno o perturbación mental caracterizado por delirio, agitación y elevación extraordinaria del estado de ánimo. || Obsesión o preocupación extraordinaria por un tema, asunto o cosa determinada. || Deseo inmoderado. || Inclinación excesiva, inmoderada o impulso patológico.
|
manía persecutoria |
Padecimiento imaginativo en que la persona cree ser víctima de la mala voluntad, amenaza u odio de otro.
|
maniaco (a) |
> maniático (a).
|
maníaco (a) |
> maniático (a).
|
maníaco depresivo (a) |
Situación en que una persona sufre cambios bruscos de humor o estado de ánimo de gran intensidad. || Persona que sufre algún tipo de trastorno bipolar. > trastorno bipolar.
|
maniático (a) |
Persona que padece un trastorno o perturbación mental que se caracteriza por la agitación y elevación extraordinaria del estado de ánimo. || Se dice de quien tiene una obsesión o preocupación excesiva o extraordinaria por un tema, asunto o cosa determinada. || Sujeto que sufre de deseos inmoderados.
|
manicomio |
Hospital para locos. || Situación en que priman el desorden, el desconcierto o el caos.
|